La violencia sexual constituye un grave problema que afecta a mujeres, niñas, niños y adolescentes. En este artículo, la autora analiza los factores que la perpetúan, así como los desafíos para erradicarla.
En abril de este año, el caso de la bebé Keibril conmocionó a Costa Rica. La niña nació por un embarazo forzado, producto de la violación del padrastro a su hijastra adolescente de 13 años. Tras la noticia de una prueba de ADN para demostrar la paternidad y el delito de violación, el agresor secuestró a la bebé, quien aún no ha sido encontrada.
La sociedad costarricense enfrenta problemas estructurales de misoginia, sexismo y racismo. A través de las instituciones como el Patronato Nacional de la Infancia y el Poder Judicial se perpetúan estereotipos sobre la violencia sexual que tienden a responsabilizar a las víctimas.
Además, el aumento de las narrativas de odio y prejuicio, -llamadas erróneamente defensores de la vida- por parte de los fundamentalismos evangélicos neopentecostales en puestos de poder público, medios y redes sociales, tiende a legitimar la violación de los derechos humanos de mujeres, adolescentes y niñas, mediante la creencia de que los embarazos forzados, resultado de violaciones, nunca deben ser interrumpidos.
A pesar de que el Código Penal costarricense en su artículo 121 permite el aborto impune o terapéutico cuando la vida o salud de la madre está en peligro, el miedo, las creencias religiosas y la falta de conocimiento de algunos profesionales de la salud ha llevado a una implementación deficiente o nula de esta normativa.
En el caso planteado, las instituciones estatales le fallaron a la madre de Keibril, a pesar de su situación de vulnerabilidad, condición de pobreza y embarazo adolescente. La discriminación institucional por género y edad tuvo efectos muy graves que pudieron haber sido evitados, si le hubieran practicado la interrupción del embarazo y condenado al agresor que la violó. Como este caso, hay miles de niñas que sufren cotidianamente abusos sexuales y violaciones en nuestra región y, precisamente, ocurren en el lugar más peligroso para las mujeres: el hogar.
La violencia sexual es una forma grave de discriminación cuyo bien jurídico protegido es la integridad corporal, la libertad y autonomía sexual de las víctimas.
Al igual que muchas otras formas de discriminación y violencias de género, está arraigada en la desigualdad del poder y los privilegios de género masculinos y, por ello, las niñas, niños y adolescentes de nuestro continente son las más vulnerables.
Un estudio realizado por la Organización Panamericana de Salud (OPS) sobre 12 países en América Latina y el Caribe analizó las cifras de la violencia contra las mujeres y niñas entre las edades de 15 y 49, y halló que la prevalencia de la violencia física o sexual entre parejas íntimas durante un periodo de 12 meses, era más alta entre adolescentes entre las edades de 15 y 19 años. Y, tanto en Costa Rica como en nuestra región las cifras de embarazo adolescente son muy altas.
Asimismo, el informe de Equality Now titulado Fracaso en la protección: Cómo las leyes y prácticas discriminatorias en materia de violencia sexual perjudican a las mujeres, niñas y adolescentes en las Américas, destaca las brechas legales que permiten la impunidad de los agresores. A saber:
i. La valoración de los hechos que constituyen la violación sexual calificados como estupro, a efecto de imponer penas menores y desvirtuar la gravedad de los hechos.
ii. Las definiciones de violación y agresión sexual centradas en el paradigma del uso la fuerza y la resistencia, en lugar de basarse en el consentimiento libre y voluntario, como lo establecen los estándares regionales e internacionales.
La Corte Penal Internacional ya reconoció que la fuerza no constituye un elemento per sé de la violación, al igual que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció en la sentencia del caso Angulo Losada vs. Bolivia que las normativas penales relacionadas con la violencia sexual deben contener la figura del consentimiento como su eje central, es decir, para que se perpetre una violación, no se debe exigir la prueba de amenaza, uso de la fuerza o violencia física, bastando para ello que se demuestre, mediante cualquier medio probatorio idóneo, que la víctima no consintió con el acto sexual.
Esto significa que la judicatura, al momento de valorar las pruebas, siempre debe analizar el contexto de las circunstancias coercitivas, así como las dinámicas de desigualdad de poder o autoridad, donde se explotan las situaciones de vulnerabilidad, confianza, influencia y dependencia, como en este caso donde, legalmente, jamás puede presumirse que hubo consentimiento de la madre de Keibril.
iii. Los plazos de prescripción para los delitos sexuales discriminan a las víctimas, ya que éstas necesitan un tiempo, más allá de la mayoría de edad, para romper el silencio y denunciarlos. Para que el derecho de acceso a la justicia sea una realidad, los delitos de violencia sexual deberían ser imprescriptibles.
Así lo estableció la Corte IDH en los casos Fernández Ortega et. al. vs. México y Linda Loaiza López Soto vs. Venezuela, donde determinó que la violación puede ser equiparada a tortura en ciertos casos.
Al comparar la imprescriptibilidad de la tortura, como un delito grave de lesa humanidad, con la violación, podemos concluir que es necesario impulsar urgentemente la imprescriptibilidad de los delitos sexuales como una reforma esencial. Sin estas reformas, las adolescentes violadas, como la madre de Keibril, no podrán acceder a la justicia.
Los desafíos para cerrar las brechas entre la ley y su implementación son enormes. Reformar la legislación no es suficiente, ya que existen creencias, mitos y estereotipos de género arraigados en el personal encargado de hacer cumplir la ley, como la policía, la fiscalía, los médicos forenses y los jueces que, a menudo, resultan en procesos legales viciados por su falta de credibilidad en el testimonio de las sobrevivientes.
Es importante destacar que, tanto la reforma legal como la creación de protocolos de atención integral, deben basarse en la obligación legal de los funcionarios estatales de incorporar los estándares regionales e internacionales en la materia.
Finalmente, sin la aplicación de una perspectiva de género e interseccional no será posible erradicar la discriminación y violencia institucional contra las sobrevivientes de violencia sexual.
Por esa razón, el Comité de la CEDAW en su Recomendación General N. 28, reconoció que la discriminación de las mujeres por motivos de sexo y género está indivisiblemente unida a otros factores como la raza, el origen étnico, las creencias políticas y religiosas, la salud, el estatus, la edad, la clase, la casta, la orientación sexual y la identidad de género, que afectan desigualmente a las mujeres en toda su diversidad.
Los Estados deben reconocer ambas perspectivas en sus leyes y aplicarlas en cada proceso judicial para evitar perpetuar las múltiples formas de discriminación que afectan gravemente la vida, salud e integridad física, sexual y psicológica de mujeres, adolescentes y niñas.
La implementación efectiva de los estándares y la jurisprudencia regional del Derecho Internacional de los Derechos Humanos es clave para contribuir a desmantelar la violencia institucional, la cultura patriarcal y la misoginia estructural que corroen los sistemas de justicia en nuestro continente.
Citación académica sugerida: Obando M, Ana Elena. Aspectos jurídicos sobre la violencia sexual: Una pandemia sin fin. Agenda Estado de Derecho. 2023/08/11. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/aspectos-juridicos-sobre-la-violencia-sexual/
Palabras clave: violencia sexual, violación, violencia de género.
Abogada, Master en Género y Derecho, y actualmente trabaja como asesora legal de Equality Now-LAC . Tiene más de 38 años como activista por los derechos humanos de las mujeres, y ha sido consultora para organismos internacionales de Naciones Unidas, así como para ONGs regionales. Ha sido docente en derecho e investigadora.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.