Desde que la enfermedad de Covid-19 alcanzó el nivel mundial de pandemia, la preocupación también ha alcanzado la esfera de las empresas y los derechos humanos. A raíz de los esfuerzos internacionales para minimizar los impactos negativos resultantes del nuevo coronavirus (Sars-Cov-2), empezaron iniciativas para evitar que las empresas utilizaran la perpetuación de la crisis como justificación para eludir sus responsabilidades de salvaguardar los derechos humanos. Entre las iniciativas, destacamos la publicación de un documento elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo que trata específicamente de los efectos de la Covid-19 en la aplicación de la debida diligencia en materia de derechos humanos (DDHH).
Con el fin de ayudar a las empresas a gestionar los riesgos e impactos sobre los derechos humanos a lo largo de la operación comercial, el documento proporciona una lista no exhaustiva de acciones potenciales, que permite una reflexión rápida pero continua acerca de los riesgos e impactos sobre los derechos humanos, comunes a muchas industrias. Sin embargo, la realidad brasileña acerca de la protección a los DDDH está muy por debajo de los parámetros internacionales.
Para entender mejor la situación brasileña, es importante saber que, en 2011, con la publicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, el planteamiento de que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos se difundió internacionalmente, mientras que los Estados tienen el deber de asegurarse de que lo hagan.
Con respecto a los Estados, los Principios recomiendan la creación de medidas apropiadas para prevenir, investigar y castigar los abusos contra los derechos derivados de la actividad empresarial, que pueden hacerse a través de políticas públicas, legislación, reglamentos legales y, en su caso, también exigiendo DDDH dirigidos al sector empresarial. En cuanto a las empresas, la implementación de programas de DDDH, capaces de identificar, prevenir, mitigar e informar sobre cómo las empresas abordan los impactos sobre los derechos humanos, es más necesaria en la medida en que la naturaleza de las actividades empresariales o los contextos operativos representan un riesgo significativo para esta gama de derechos.
Es evidente que la pandemia, además de la cuestión de salud pública, dio lugar a una grave crisis económica y, en muchos casos, las empresas comenzaron a operar con menor capacidad humana, lo que se tradujo en que las comunidades y los trabajadores se hicieran más vulnerables a las violaciones de los derechos humanos como resultado de la actividad empresarial. Ante esta vulnerabilidad, es recomendable fortalecer las prácticas comerciales de DDDH con el fin de evitar o mitigar los riesgos.
Precisamente por esta razón, varios gobiernos de la Unión Europea han introducido recientemente, o han anunciado su intención de considerar la posibilidad de introducir regímenes legislativos para exigir a las empresas y grupos corporativos que respeten los DDDH. Además de las iniciativas nacionales, desde abril de 2020, hay posibilidad de crear una norma legislativa para exigir a las empresas de toda la Unión Europea el respeto de los DDHH, ampliando el espectro de incidencia de los llamados regímenes obligatorios de diligencia debida en derechos humanos. El Estado brasileño, sin embargo, parece seguir un camino inverso.
En Brasil, aunque el término diligencia debida se encuentra en el artículo 3, VII, del Decreto n. 9.571 de 27 de noviembre de 2018, que establece las Directrices Nacionales sobre Negocios y Derechos Humanos, el hecho es que los DDDH aún no existen como una figura jurídica autónoma, ni siquiera existen reglamentos legislativos que establezcan un conjunto de normas o normas jurídicas específicas de dicha procesalización en el ámbito empresarial. El texto del Decreto comienza estableciendo que todas las disposiciones contenidas en el mismo son voluntarias, de modo que las empresas son libres de decidir si aplican (o no) los DDDH y, en caso afirmativo, también son libres de hacerlo de la forma que más les convenga.
Por lo tanto, no existe ningún instrumento legislativo que permita el requisito de cumplir las disposiciones establecidas en el Decreto, aunque la importancia y urgencia del tema requieren el servicio obligatorio de diversas disposiciones del Decreto, especialmente, pero no exclusivamente, las que se refieren al Plan de Debida Diligencia en Derechos Humanos.
También hay que subrayar que, contrariamente a lo que cabría esperar, el advenimiento de la pandemia no dio lugar a ningún endurecimiento normativo sobre la supervisión y la necesidad de la aplicación de los DDDH por parte del Estado brasileño, ni parece existir la posibilidad de crear un Plan de Acción Nacional, al contrario de lo que ha estado sucediendo a nivel mundial.
Con respecto al deber comercial del respeto de los derechos humanos, la situación también es preocupante para Brasil. Un estudio iniciado en 2019 por la Clínica de Derechos Humanos y Empresas de la Fundación Getúlio Vargas (FGV/CeDHE), con las 30 empresas más grandes en funcionamiento en el país, concluyó que menos del 20% de las acciones de derechos humanos de las empresas se relacionan con el control de riesgos y los impactos sobre los derechos humanos.
Pero más allá de eso, entre las empresas que cotizan en la bolsa de valores (Ibovespa) con el mayor valor de mercado en septiembre de 2020, el primer lugar es para la empresa Vale, que añadió un valor de mercado de R$55.377.046.051. En este caso, tras la ruptura de la presa situada en “Brumadinho” en enero de 2019, se produjo una fuerte presión de entidades brasileñas e internacionales para que la empresa se retirara del Pacto Mundial por incumplimiento de los principios establecidos por el Pacto sobre una serie de derechos, relacionados con el trabajo y el medio ambiente.
Entre las alegaciones de incumplimiento, se encuentran precisamente la falta de una evaluación adecuada del riesgo; la ausencia de las medidas necesarias de prevención y mitigación y, también, los fallos en la adopción de medidas de no repetición después de la ruptura de la presa en “Mariana”, en el estado de Minas Gerais, que ya se había producido en 2015. Oficialmente, el sitio web del Pacto de las Naciones Unidas ya no incluye a la empresa Vale como participante de este Pacto. Sin embargo, la historia de la empresa de violaciones de derechos humanos y la ausencia de un programa eficaz de DDDH no tuvieron el potencial de afectar negativamente el valor de mercado de la empresa.
Se puede observar, por lo tanto, que los impactos de la Covid-19 no tuvieron, en Brasil, el mismo efecto observado en la Unión Europea y en otros países ya considerados más avanzados con respecto a la aplicación, normalización y supervisión de los DDHH. Si el Estado y las empresas no se dedican a cumplir con lo mínimo —es decir, alentar e implementar los DDDH—, no causa extrañeza que no hayan promovido adaptaciones para prevenir riesgos a la salud de los trabajadores y las comunidades potencialmente más afectadas por el nuevo coronavirus.
Citación académica sugerida: Soares De Mattos, Nathália: Debida diligencia en derechos humanos: análisis de los efectos de la crisis pandémica de la Covid-19 en la realidad brasileña, 2020/10/23: https://agendaestadodederecho.com/analisis-de-los-efectos-de-la-crisis-pandemica-de-la-covid-19-brasil
Máster en Derecho por la Pontificia Universidad Católica de Paraná (PUCPR). Abogada. Miembro de la Global Business and Human Rights Scholars Association. Especialista en Derecho Aplicado por la Escuela del Poder Judicial de Paraná (EMAP). Licenciada en Derecho por la Universidad Estatal de Maringá (UEM).
Comparte tu trabajo o perspectiva con nosotros, sigue las opciones dando clic en el siguiente botón.
Para saber a profundidad lo que pasa con los derechos humanos en América Latina y el Estado de Derecho suscríbete a nuestro boletín digital.
Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.