El matrimonio igualitario en Costa Rica y la reacción conservadora

26 de Junio de 2020
El matrimonio igualitario en Costa Rica y la reacción conservadora
Foto: Unsplash

El 26 de mayo de 2020 fue un día histórico para Costa Rica y Centroamérica. Este país se acaba de convertir en el primero en la región centroamericana, el séptimo en Latinoamérica y el vigésimo noveno en el mundo en reconocer el matrimonio igualitario, es decir, el derecho que tienen las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio y a gozar de todos los derechos derivados de esta institución, en igualdad de condiciones al resto de parejas heterosexuales de su país.

Este hecho representa de por sí una victoria importante para los derechos humanos y el movimiento LGTBIQ+ en Costa Rica y en América, que desde hace diez años viene ejerciendo una serie de acciones reivindicatorias a lo largo y ancho de nuestro continente, con algunos resultados positivos. También representa una esperanza para los movimientos centroamericanos que a diario luchan por mejorar las condiciones de las personas LGTBIQ+ en Centroamérica, reconocida en el mundo por ser una región sumamente conservadora frente a estos temas.

Lo cierto es que esta decisión de Costa Rica no fue repentina. El Estado costarricense realizó en 2016 una consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, como resultado, la Corte IDH emitió en 2017 una respuesta (Opinión Consultiva 24/17) en la que recomendó al país centroamericano reconocer/regular el matrimonio entre personas del mismo sexo; a la misma vez que hizo el llamado a los países del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) a remover los obstáculos para que estas personas pudieran gozar de los mismos derechos que el resto de grupos de la sociedad.

Cabe destacar que aunque en el Sistema Interamericano no existe un consenso sobre el carácter obligatorio de las opiniones consultivas, según lo ha establecido la Corte IDH, estas tienen “efectos jurídicos innegables” tanto para los Estados que realizan la consulta, como para el resto de Estados, en la medida en que estas opiniones consultivas crean estándares regionales que sirven de guía orientadora sobre el espíritu/alcance de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), vigente en 35 países de América y fundamento de las decisiones de la Corte IDH. De ahí la importancia de esa Opinión Consultiva no solo para Costa Rica sino para el resto de países de nuestro continente. Uno de los principales argumentos jurídicos del tribunal interamericano para solicitar este cambio se basa en el derecho humano a la igualdad y no discriminación, reconocido tanto en la Declaración Americana de los Derechos Humanos (DADH) como en la CADH.

A raíz de la Opinión Consultiva 24/17, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica emitió una sentencia en la que le dio un plazo de dieciocho meses a la Asamblea Legislativa del país, para que legislara sobre el matrimonio igualitario en atención a las recomendaciones de la Corte IDH. De no hacerlo, la disposición legal que lo prohíbe quedaría derogada y, por tanto, el matrimonio igualitario sería jurídicamente válido. De esta manera, el país dio el salto cualitativo que ubicaría a Costa Rica en el privilegiado lugar que hoy ocupa, es decir, en el lugar de un Estado democrático, respetuoso de los derechos humanos y, en particular, de las decisiones del máximo órgano regional que se encarga de la vigilancia de los derechos humanos en las Américas. 

La centralidad que ocupa el ser humano y su dignidad en la democracia costarricense es cada vez más incuestionable. A las cero horas y ocho minutos de la madrugada del mismo día en que el matrimonio igualitario entró en vigencia, se produjo el primer matrimonio de este tipo en Costa Rica y Centroamérica, cuya transmisión en vivo se proyectó a través de uno de los principales medios de comunicación del país y llegó a miles y miles de personas en Costa Rica y en la región centroamericana.

Pese a lo anterior, no todo fue color de rosa. La trasmisión y la misma noticia de la entrada en vigencia del matrimonio igualitario puso en evidencia a una sociedad fragmentada y con posiciones divididas respecto a este tema. Como suele ocurrir en leyes morales, existen posturas radicalmente opuestas respecto a este reconocimiento y no hay un consenso general sobre el matrimonio igualitario ni en Costa Rica, ni en la región, aunque como bien lo ha expresado la Corte IDH, los consensos sociales respecto a estos asuntos no son necesarios, ni son condiciones 
previas para que se avance en el reconocimiento de los DDHH a colectivos como el LGTBIQ+, y los Estados no pueden utilizar esta “falta de consenso” paranegarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar o reproducir la discriminación histórica y estructural que estos grupos o personas han sufrido

Lo anterior, sin embargo, no deja de generar preocupación sobre un posible incremento de un ambiente hostil y de intolerancia o de mayor rechazo/violencia hacia las personas LGTBIQ+. Es ahí donde debemos ser conscientes de que este tipo de conflictos morales abre un doble dilema para las democracias: primero, ¿cómo procesar estas divergencias, sin renunciar a la posibilidad de aprobar una ley o dictar una sentencia que sea compatible con los derechos humanos? Segundo, una vez reconocidos estos derechos, ¿cómo contribuir a que las sociedades procesen este tipo de decisiones y las acepten en la medida en que son resultado de un proceso justo y deliberativo, y de un triunfo de los derechos humanos?

Es aquí donde se abre uno de los retos más importantes para Costa Rica y Centroamérica: responder con mayor democracia y apertura a esta situación de conflictividad que envuelve al matrimonio igualitario, no para convencer a otro/as de que respalden esta medida, sino para revestirla de la legitimidad propia de los Estados democráticos, en los que la deliberación y el diálogo permanente son la clave de toda decisión. Ningún Estado puede renunciar a su compromiso de respetar los derechos humanos, pero debe asegurarse de generar un equilibrio entre éstos y las reglas de la democracia, porque no hay democracia sin derechos humanos, ni viceversa.

Citación académica sugerida: Tórrez, Mario Isaías. El matrimonio igualitario en Costa Rica y la reacción conservadora. Agenda Estado de Derecho. 26/05/20. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-matrimonio-igualitario-en-costa-rica-y-la-reaccion-conservadora/

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ACERCA DEL AUTOR
Mario Isaías Tórrez

Abogado y académico nicaragüense. Profesor titular de la Universidad Politécnica de Nicaragua y maestrando en Derechos Humanos y Democracia por el Centro Internacional de Estudios Políticos de la Universidad de San Martín, Argentina. Es colaborador internacional del Centro Estratégico en Justicia y Derecho para las Américas. Actualmente se desempeña como director del Instituto Centroamericano de Estudios Jurídicos y Políticos. 

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.