Una reciente Resolución de la CIDH amplía el debate sobre la responsabilidad del Estado para garantizar los derechos de las personas con cáncer.
El 14 de octubre de 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (la Comisión), mediante Resolución 68/2020, dictó la Medida cautelar 545-19, a favor de doce venezolanas con cáncer de mama, una de ellas diagnosticada en 2015.
La Comisión solicitó al Estado venezolano la adopción de las medidas necesarias que posibilitaran el acceso al tratamiento médico adecuado, medicamentos y exámenes diagnósticos requeridos que permitieran evaluar regularmente la salud de las afectadas.
La medida cautelar se sustenta en dos aspectos significativos. En primer lugar, la situación de gravedad y urgencia de daño irreparable a los derechos a la vida, integridad física y salud de las beneficiarias, quienes no tenían acceso a los tratamientos médicos necesarios dada su enfermedad.
En segundo lugar, las barreras que enfrentaban —y enfrentan— estas mujeres para acceder a un tratamiento médico adecuado y oportuno, constituyen una violación a varios de sus derechos. Por una parte, suponen una forma adicional de violencia en su contra, y, por la otra, afectan el principio de igualdad y no discriminación, que permea el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, ya que esta diferenciación obedece a su condición de mujer.
Venezuela sufre una crisis multidimensional y multifactorial, que en lo sanitario abarca la falta de insumos y material médico-quirúrgico de uso cotidiano y especializado, interrupciones en la entrega de tratamientos para enfermedades crónicas y suspensión de la radioterapia para personas con cáncer. La gravedad de esta situación ha sido admitida, con matices, por sus más altas autoridades nacionales, desde al menos 2009, hasta llegar a 2018, cuando los principales organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas señalaron la existencia de una crisis política, económica, social y humanitaria que se ha ido expandiendo hasta convertirse en un “problema humanitario muy real”.
La Comisión destacó en su análisis que la emergencia humanitaria venezolana afecta particularmente a las mujeres que requieren tratamiento oncológico, lo que se expresa en el aumento, para el momento en que se dictó la medida cautelar, de 14.87% en los índices de mortalidad de las pacientes con cáncer de mama, ya que al menos 5.668 venezolanas con este tipo de cáncer no estaban teniendo acceso a quimioterapias ni a otros tratamientos contra la enfermedad.
Se refirió igualmente la Comisión a la “falta casi total de insumos y equipos para la realización de exámenes de rutina, que pudieran determinar tratamientos adecuados, evitar diagnósticos tardíos, prevenir graves afectaciones e incluso, muerte”. Lo que, para ese momento, había incidido en que muchas de ellas se realizaran mastectomías radicales, “como un medio desesperado para salvar sus vidas”.
En términos generales, un diagnóstico de cáncer requiere de un abordaje terapéutico que disminuya el riesgo o lo elimine. Cuando la Comisión dictó las medidas cautelares aquí referidas, dos de las eventuales beneficiarias ya habían fallecido. Para estas mujeres, que murieron esperando a tener acceso a los medicamentos y tratamientos necesarios para enfrentar el cáncer de mama, su derecho se hizo ilusorio, porque el Estado venezolano no lo garantizó de manera efectiva.
La realidad de los pacientes con cáncer en Venezuela, y particularmente las mujeres, constituye un problema de derechos humanos, desde el momento en que no se les garantiza atención oportuna y de calidad. Se trata de una violación al derecho a la vida, a la salud, a la no discriminación de género y a la equidad en el acceso a los servicios, e incluso a sus derechos económicos.
Esto se traduce en una violación sistemática del derecho a la vida, porque esas muertes pudieron ser evitadas, siempre que se hubieran tomado medidas oportunas y eficaces. Los datos evidencian que los fallecimientos de mujeres con cáncer de mama en vez de disminuir han aumentado. Para el año 2014, las cifras oficiales mostraban que el cáncer de mama fue la tercera causa de muerte del país; y en la actualidad, es la primera. De hecho, cada día nueve mujeres pierden la vida por esta patología, lo que supera en más del 30% al promedio de todos los demás países suramericanos
Igualmente, esta crisis se traduce en la violación del derecho a la salud porque no hay accesibilidad física ni asequibilidad económica a tecnología médica, conocimiento clínico y medicamentos necesarios. El acceso de estas doce mujeres a bienes y servicios sanitarios les hubiera permitido un diagnóstico oportuno o un tratamiento adecuado y de calidad, con lo cual, probablemente, su padecimiento no hubiera avanzado.
También se configura discriminación porque, en el caso sobre el que se pronunció la Comisión, dos de las mujeres que ya habían muerto, lo hicieron por razón de su género. La incidencia de esta patología se da en mujeres, y la ocurrencia de una mayor mortalidad ocurre en aquellas que pertenecen a las clases menos favorecidas. El tratamiento del cáncer de mama puede ser muy eficaz, en particular cuando la enfermedad se detecta temprano. No obstante la desigualdad de género desfavorece que las mujeres tengan tiempo y recursos para cuidar de su salud mamaria, oportuna y adecuadamente.
Adicionalmente, se presenta un evidente caso de desigualdad de género estructural que impone a las mujeres condiciones culturales, familiares, educacionales, y en el caso venezolano, incluso, económicas y políticas que son desfavorecedoras y dificultan —o impiden— que tengan el tiempo y los recursos necesarios para cuidar de su salud mamaria.
La conducta omisiva del Estado venezolano fue —y ha sido— reiterada. No garantizó el acceso oportuno a servicios de salud y con ello al tratamiento adecuado, con las consecuencias ya indicadas; ni respondió, en su oportunidad, a los requerimientos de la Comisión.
En dos ocasiones, el 8 de octubre de 2019 y el 13 de enero de 2020, como punto previo a su decisión, la Comisión solicitó al gobierno venezolano información que permitiera controvertir los hechos alegados a lo largo del procedimiento. En ninguna de ellas obtuvo respuesta. Esta omisión produjo un “daño irreparable” a los derechos de las beneficiarias de la decisión; derechos que, por su propia naturaleza, no son susceptibles de reparación, restauración o adecuada indemnización.
El silencio oficial a los llamamientos de la Comisión se mantuvo, ante la petición para conocer los avances, en la protección de los derechos de las beneficiadas por las medidas cautelares. La ausencia de respuesta del Estado venezolano indica un menoscabo de sus instituciones democráticas, como se desprende del incumplimiento de los principios y obligaciones derivadas de su pertenencia al Sistema Interamericano, uno de los cuales es el acatamiento de las decisiones, sentencias o pronunciamientos de organismos internacionales en materia de derechos humanos.
La Resolución de la Comisión admite varias lecturas. Constituye un antecedente jurídico favorable, tanto para Venezuela como para la región, al posicionar el cáncer de mama como un problema de derechos humanos. Por otra parte, muestra la brecha existente entre la enunciación de las garantías constitucionales, en materia de derechos humanos, y su efectiva realización en Venezuela. Más allá, arroja pruebas sobre la falta de voluntad política para alcanzar sus objetivos en tanto un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.
Citación académica sugerida: Delgado Blanco, Andy. Mujeres y cáncer de mama en Venezuela: cuando una medida cautelar no es suficiente, Agenda Estado de Derecho, 2022/02/11. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/una-medida-cautelar-no-es-suficiente-mujeres-y-cancer-de-mama-en-venezuela/
Palabras clave: cáncer de mama, derecho a la salud, derecho a la vida, mujeres
Abogada egresada de la Universidad del Zulia. Magister Scientiarum en Planificación del Desarrollo, Mención Política Social. Doctora en Estudios del Desarrollo de la Universidad Central de Venezuela. Jefe del Área Desarrollo y Salud del Centro de Estudios del Desarrollo de la Universidad Central de Venezuela.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.