Definir el alcance del deber de aportar a la verdad y reconocer responsabilidad por crímenes internacionales es un reto al que se enfrenta la JEP en Colombia.
El sistema de justicia transicional colombiano otorga beneficios penales, condicionados a que se cumpla con los deberes de contar la verdad, asumir la responsabilidad por crímenes internacionales, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición. Los beneficios incluyen la restricción de la libertad de 5 a 8 años fuera de la cárcel para los máximos responsables de los crímenes no amnistiables, acompañada de actividades para reparar a las víctimas, y sanciones inferiores a 5 años, la amnistía o incluso la renuncia a la persecución penal para quienes no sean seleccionados como máximos responsables. Este esquema de incentivos y deberes ha sido denominado régimen de condicionalidad.
Suena razonable ofrecer incentivos a los máximos responsables de los crímenes internacionales para que, a cambio, se comprometan con la paz y el esclarecimiento de lo ocurrido. Sin embargo, tanto en Colombia como en el ámbito internacional, subsiste la necesidad de tener más claridad conceptual sobre lo que se debería exigir como aportes al esclarecimiento de la verdad y como reconocimiento de responsabilidad para justificar la concesión de beneficios extra carcelarios a los máximos responsables de crímenes no amnistiables.
Estos problemas se han planteado en otros contextos internacionales ante graves o masivas violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Por ejemplo, el Comité de Amnistías de la Comisión de la Verdad de Sudáfrica estimó que los solicitantes de amnistías no tenían que hacer una revelación completa de las operaciones sino solamente de los hechos relevantes y aceptó que existieran contradicciones o inconsistencias en las versiones siempre que no se refirieran a estos. Cuando encontró que los solicitantes no aportaban detalles sobre actos criminales específicos, sino que se limitaban a un reconocimiento general sin esclarecimiento, el Comité no concedió las las amnistías.
Aunque este precedente se dio en un contexto distinto al colombiano y cuando el derecho internacional con respecto a las amnistías no estaba tan desarrollado como en la actualidad, lo que sucedió en Sudáfrica sirve para ilustrar que la verdad que se debe aportar y el carácter del reconocimiento de responsabilidad son asuntos con alcances distintos que deben ser determinados según las necesidades y los objetivos de cada proceso transicional.
En Colombia, la reforma constitucional que incorporó el Acuerdo Final de Paz estableció que aportar a la verdad significa “relatar, cuando se disponga de los elementos para ello, de manera exhaustiva y detallada las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión, así como las informaciones necesarias y suficientes para atribuir responsabilidades”. Además, las normas que desarrollan la Constitución establecieron que la JEP debe “promover la construcción dialógica de la verdad entre los sujetos procesales e intervinientes”.
La amplitud de estas definiciones y la posibilidad de construir dialógicamente la verdad en el proceso judicial plantea cuestiones similares a las de la experiencia sudafricana, que la JEP deberá resolver en cada caso: ¿cómo evaluar la verdad subjetiva que aporta la persona si esta versión contradice la de las víctimas, pero sigue siendo parte de la versión del presunto responsable? ¿qué significa reconocer responsabilidad y cómo se debe hacer esto?
Por ejemplo, en el Caso 001, la JEP imputó crímenes internacionales a los máximos responsables de las FARC-EP por toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad contra civiles y agentes del Estado, e indicó que: “el reconocimiento que espera la Sala es el de haber dado las órdenes, y el aporte de buena fe de la información concreta a la que tuvieran acceso sobre el modo de ejecución de dichas órdenes, a partir de los reportes periódicos recibidos”. A su vez, indicó que los imputados tenían la posibilidad de negar su responsabilidad en hechos individuales, pero deberían aportar a la verdad sobre los mismos mediante evidencia que permitiera esclarecerlos y absolver las preguntas y demandas de las víctimas.
Los líderes de las FARC-EP aceptaron su responsabilidad, aunque hicieron algunas aclaraciones y observaciones a las imputaciones. Por ejemplo, aceptaron su responsabilidad por haber dado las órdenes y haber participado en la planeación de los secuestros, pero negaron su responsabilidad en algunos hechos por no tener conocimiento de los mismos o no haber ocurrido en sus áreas de operaciones. De otro lado, cuestionaron el peso dado a ciertos informes en desmedro de las versiones voluntarias de los comparecientes, a las cuales, en su sentir, la JEP dio un valor inferior. Específicamente, criticaron la narrativa oficialista de la decisión por despolitizar el conflicto y enfatizaron los límites de esta postura para acceder a la verdad plena al soslayar la verdad subjetiva de los responsables.
La respuesta de las extintas FARC-EP plantea varios retos, tales como la posibilidad de que en el escenario de “construcción dialógica de la verdad” se puedan controvertir los hechos o conductas determinados por la investigación de la JEP en función de lo que aportan los responsables, sin que esto signifique necesariamente la ausencia de reconocimiento de responsabilidad. A este respecto, hemos planteado algunas ideas. Por ejemplo, la necesidad de que exista espacio para narrar la verdad subjetiva de los comparecientes, que puede ser divergente a la de las víctimas. Aunque es una línea difícil de trazar, es importante que se distinga entre dar explicaciones de los crímenes y justificarlos revictimizando. Situaciones difíciles como estas requieren enfocarse en los hechos relevantes para establecer patrones y políticas de macrocriminalidad que sirvan como rasero para evaluar la verosimilitud de los aportes a la verdad.
También conviene que el reconocimiento de responsabilidad esté acompañado de aportes a la verdad. No debería ser aceptable un reconocimiento de responsabilidad vacío, sin contribuciones al esclarecimiento de lo que ocurrió. En este sentido, deben existir oportunidades para controvertir los hechos y las imputaciones durante el procedimiento dialógico que no sean interpretadas como negación de responsabilidad, pero dentro de las cuales se aporte al esclarecimiento. Estas oportunidades de diálogo permitirían determinar con más claridad cómo hacer el reconocimiento de responsabilidad y de qué manera evaluar si este es satisfactorio o no.
Estos retos conceptuales y prácticos que enfrenta la JEP pueden tener un impacto en el derecho internacional. La forma en que la jurisdicción defina los aportes a la verdad y el alcance del reconocimiento de responsabilidad sería la experiencia global más importante para definir las obligaciones de quienes sean perseguidos en tribunales internacionales o en otros contextos de justicia transicional. De ahí la importancia de estas discusiones.
Citación académica sugerida: Michalowski, Sabine; Cruz, Michael y Martínez, Hobeth. ¿Qué significa contar la verdad y asumir la responsabilidad por crímenes internacionales? Los retos de la JEP. Agenda Estado de Derecho. 2021/10/07. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/que-significa-contar-la-verdad-y-asumir-la-responsabilidad-por-crimenes-internacionales-los-retos-de-la-jep/
Palabras clave: verdad judicial, reconocimiento de responsabilidad, justicia transicional
Catedrática de Derecho en la Universidad de Essex y codirectora de la Red de Justicia Transicional de Essex (ETJN). Sus intereses académicos se enfocan, entre otros temas, en el proceso de justicia transicional colombiano.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.