La reforma constitucional que busca la peligrosa elección del poder judicial por voto popular en México

8 de Febrero de 2024
La reforma constitucional que busca la peligrosa elección del poder judicial por voto popular en México
Foto. Twitter @Juan_OrtizMX

Polémica reforma se plantea en México para la elección del poder judicial federal.

El presidente de México presentó una iniciativa de reforma constitucional para elegir por voto popular al 100% de las personas juzgadoras que integran el Poder Judicial de la Federación, a saber: i. La Suprema Corte de Justicia de la Nación; ii. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; iii. El Consejo de la Judicatura Federal (se propone sustituirlo por el Tribunal de Disciplina Judicial y por el órgano de administración judicial) y iv. Magistradas (os) y juezas (ces) federales.

Sistema de elección popular de la Suprema Corte

El sistema de elección propuesto es mixto. Establece una fase inicial en la que participan los 3 Poderes de la Unión (ejecutivo, legislativo y judicial), los cuales postulan hasta 10 candidaturas cada uno, cuyos requisitos de elegibilidad son revisados y aprobados por el Senado. En una segunda fase, el Senado envía al Instituto Electoral la lista de aspirantes que se someten a votación popular.

Dicho Instituto organiza la elección para elegir 9 personas que ocuparán el cargo de ministras de la SCJN. Se prevé prohibir a aspirantes recibir financiamiento público para sus campañas políticas. También prohíbe a partidos políticos hacer actos de proselitismo. Solamente se permite participar en debates televisados organizados por el Instituto de Electoral o por medios de comunicación a quienes aspiren a la SCJN, a la Sala Superior del PJF y al Tribunal de Disciplina Judicial.

Sistema de elección popular para magistradas (os) y juezas (ces) federales

Con relación a magistradas (os) y juezas (ces) federales, se propone organizar las elecciones por circuito judicial. Actualmente hay 32 circuitos judiciales en México. Se calcula que existen más de 1,600 personas juzgadoras federales. Según la propuesta, cada uno de los tres Poderes de la Unión postulará hasta 2 personas por cada puesto vacante.

Es decir, si esta reforma es aprobada las (los) ciudadanas (os) en México votarían en una elección en la que habría miles de postulantes. En menos de un año, todas las autoridades jurisdiccionales federales del país serían removidas para darle lugar a las personas que resulten elegidas por el voto popular. No obstante, se permite que quiénes actualmente ocupan el cargo sean postuladas por este nuevo sistema.

Contenidos adicionales de la reforma

Se busca reducir el tamaño de la Suprema Corte de Justicia de 11 a 9 integrantes y eliminar sus Salas; también se prevé que el mandato de ministras (os) pase de 15 años a 12 años. En el caso de magistradas (os) y juezas (ces) federales se propone reducir su mandato a 9 años (actualmente el puesto es vitalicio); si bien pueden participar en el proceso electoral siguiente para su reelección.

La reforma también pretende sustituir al actual Consejo de la Judicatura Federal por un Tribunal disciplinario y por un órgano de administración judicial. Se propone que quienes integren el Tribunal disciplinario también sean electos por voto popular.

Análisis del sistema de elección popular a la luz de estándares internacionales

La parte más preocupante de la propuesta de reforma es la relacionada con el sistema de elección popular de integrantes del Poder Judicial Federal.

Solamente un país del mundo elije a los integrantes de sus altas cortes mediante voto popular: Bolivia. El experimento ha servido como herramienta para capturar la independencia del poder judicial, ha socavado su legitimidad y ha profundizado la crisis de justicia en aquel país.

En México, la exposición de motivos de la iniciativa de reforma atribuye la impunidad y la falta de acceso a la justicia a la «ausencia de verdadera independencia de las instituciones encargadas de impartirla» y al «distanciamiento […] que existe entre la sociedad mexicana y las autoridades judiciales».

De acuerdo con la exposición de motivos, con esta reforma las autoridades judiciales serán «responsables de las decisiones que adopten frente a la sociedad y [serán] sensibles a las problemáticas que aquejan a la ciudadanía».

Sin embargo, esta iniciativa debe ser leída tomando en cuenta el contexto en el que se produce. El presidente López Obrador ha atacado reiteradamente a la Suprema Corte de Justicia y a personas juzgadoras federales por sus decisiones. A la Suprema Corte por invalidar leyes contrarias a la Constitución y a las personas juzgadoras por liberar a personas que habrían sido víctimas de violaciones a derechos asociadas al debido proceso.      

Incluso, el partido del presidente ha anunciado que promoverá juicios políticos contra un juez federal y un ministro de la SCJN por sus sentencias. Es decir, la reforma busca socavar la independencia judicial.

Existe un vasto andamiaje en el derecho internacional de los derechos humanos relacionado con la importancia de la independencia judicial. Dicha garantía es un componente esencial del derecho humano al debido proceso como lo establece el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sin independencia de la judicatura, los procesos se tornan injustos.

De acuerdo con la Corte IDH, la independencia judicial debe ser garantizada en su faceta institucional que se relaciona con la separación de poderes y funge como una garantía colectiva para todas las personas; y en su faceta individual, que supone, entre otras cosas, que las personas juzgadoras cuenten con un adecuado proceso de nombramiento. Asimismo, abarca el derecho a la inamovilidad y a una duración establecida en el cargo de las personas juzgadoras.

La Corte IDH ha sostenido que un adecuado proceso de nombramiento de personas juzgadoras debe contemplar sus méritos y formación jurídica. Un proceso de selección de integrantes de altas cortes que se basa en los méritos debe, al menos, ser público, transparente y participativo; también debe incorporar a una entidad técnica que evalúe a las capacidades de las personas candidatas con criterios claros y previamente establecidos.

En virtud de lo expuesto, un sistema de elección de jueces y juezas que se basa en el voto popular como el que se propone en México hace difícil sino imposible garantizar que las personas electas sean las más profesionales e idóneas. Un proceso de estas características facilita que las personas juzgadoras sean escogidas por sus vínculos con el gobierno y no por sus méritos.

Conclusiones

La experiencia de Bolivia, único país del mundo que elige a sus más altas cortes por voto popular, muestra que este sistema de elección facilita la captura política del poder judicial además de afectar sus niveles de confianza.

Las nocivas consecuencias de ello saltan a la vista.

En 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia elegido por voto popular emitió un fallo que permitió la reelección presidencial indefinida en contra de la Constitución y de la voluntad popular expresada en un referendo. Además, de acuerdo con las cifras del Latinobarómetro 2021, el nivel de confianza en el poder judicial en Bolivia es del 20% y el 89% de las personas opinan que el acceso a la justicia es injusto en dicho país.

Es innegable que la justicia mexicana requiere cambios para mejorar. Sin embargo, sustituir la forma en que se eligen a los integrantes del Poder Judicial Federal por un sistema basado en el voto popular no apunta a ese objetivo.

Al contrario, genera condiciones para socavar la independencia judicial lo cual opera en detrimento del funcionamiento del sistema de justicia en su conjunto.

Citación académica sugerida: Tapia Olivares, Luis Eliud. La reforma constitucional que busca la elección del poder judicial federal por voto popular en México. Agenda Estado de Derecho. 2024/02/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/poder-judicial-por-voto-popular-en-mexico/

Palabras clave: reforma judicial; independencia judicial; reforma constitucional; México; voto popular

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ACERCA DEL AUTOR
Luis Eliud Tapia Olivares

Abogado y profesor mexicano. Es maestro en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario por American University Washington College of Law.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.