Crisis constitucional en el Perú: Tres Presidentes en siete días

19 de Noviembre del 2020
Crisis constitucional en el Perú: Tres Presidentes en siete días

La democracia es el pilar sobre el que descansa el Estado Constitucional de Derecho; el mismo que tiene por finalidad la protección de los derechos fundamentales y el control del poder. No obstante, el modelo democrático semi-presidencial de gobierno de la Constitución peruana se viene desarrollando en una fuerte tensión entre la oposición parlamentaria y el Presidente de la República; lo cual explica -pero no justifica- la declaración de la vacancia del Presidente Martín Vizcarra el 9 de noviembre, por una supuesta causal de incapacidad moral por investigaciones en curso en la fiscalía.

Ello es así, porque se usa la acusación de incapacidad moral como una vía fraudulenta a la prohibición constitucional de que el Presidente de la República sólo puede ser acusado y destituido durante su mandato, por cuatro causales –traición a la patria; obstrucción a elecciones; disolución del congreso, salvo los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución u obstaculización al cumplimiento de su mandato–, debido a que no tiene una mayoría parlamentaria que lo respalde.

De modo que, los golpes de Estado militares y cívico-militares del siglo XX en el Perú, hoy se realizan mediante golpes parlamentarios producto de la unión coyuntural de las fuerzas parlamentarias en contra de las fuerzas del Poder Ejecutivo. Muestra de ello son: primero, el intento de la vacancia presidencial de Pedro Kuczynski, electo para el período 2016-2021, por supuesto financiamiento ilegal de Odebrecht; no obstante pasó el primer intento de vacancia en diciembre de 2017, gracias a que debilitó a la bancada de Keiko Fujimori, al otorgarle el indulto presidencial a su padre –ex Presidente Alberto Fujimori-. Pero, en el segundo intento de vacancia en marzo del 2018, le dieron un ultimátum de renunciar o ser vacado, debido a audios obtenidos subrepticiamente buscando debilitar los votos del partido fujimorista, optando por lo primero. 

Así, el Vicepresidente Martín Vizcarra asumió la Presidencia de la República, pero prontamente se desmarcó de las fuerzas parlamentarias que lo auparon, cuando él empieza una lucha contra la corrupción política y judicial; que llevó a un renovado e intenso uso de institutos del control y balance de poderes por el Congreso –interpelaciones, censuras, negación de voto de confianza y búsqueda de causales de vacancia presidencial, entre otras- y, el Ejecutivo –convocatoria a legislatura extraordinaria, pedidos de confianza, referéndum constitucional sobre la lucha contra la corrupción-. Así como, ante el intento del Congreso de nombrar a seis de los siete jueces del Tribunal Constitucional, el Poder Ejecutivo planteó como cuestión de confianza la reforma del sistema de elección de los jueces constitucionales; lo cual fue rechazado por la oposición parlamentaria, deviniendo en la causal –por segunda denegación de confianza- para la declaración presidencial de disolución del Congreso el 30 de setiembre de 2019.

Medida que el Congreso cuestionó mediante un conflicto de competencia ante el Tribunal Constitucional; pero, fue desestimado por no ser inconstitucional la disolución del Congreso. Lo cual llevó a la elección de nuevos congresistas el 26 de enero del 2020; dando lugar a la instalación de los 130 nuevos miembros del Congreso Unicameral, con una pluralidad de partidos, incluidos los anti sistema o en el borde del sistema. Ahora bien, debido a la acentuada coyuntura de crisis sanitaria, económica y social producto de la pandemia del Covid-19, la tensión entre el Congreso y el Poder Ejecutivo se reactivó de manera exponencial; más aún cuando el Presidente convocó a elecciones políticas generales –presidenciales y parlamentarias- para el 11 de abril del 2021 y el Jurado Nacional de Elecciones declaró que los actuales congresistas no podían ser reelectos por mandato de la reforma constitucional aprobada por referéndum.

Ello fue el detonante del desembalse de acusaciones e investigaciones parlamentarias contra Vizcarra sobre la contratación en un Ministerio de un personaje cercano al Presidente –caso Richard Swing-; sobre el cual en el Congreso se revelaron audios de las conversaciones del Presidente con su entorno administrativo sobre cómo responder ante la fiscalía y que fue materia de denuncia desde obstrucción a la justicia hasta falseamiento de información: siendo admitida la solicitud de vacancia, y votada el 18 de septiembre pasado. No obstante, no se llegó a los 87 votos reglamentarios para la vacancia, y solo se obtuvieron 32 a favor, 78 en contra y 15 abstenciones.    

La población conocedora de las denuncias periodísticas sobre los audios del Presidente demandaba que se realicen investigaciones independientes, pero no aceptaba la vacancia presidencial; sino que al término de su mandato -28 de julio de 2021- la población exigía que cayera sobre él todo el peso de la ley. No obstante, la oposición parlamentaria se unió para admitir y tramitar un segundo pedido fraudulento de vacancia presidencial –en tanto no se configuran las causales contempladas en el artículo 117 de la Constitución Política–, ahora con base en una denuncia periodística sobre el Presidente Vizcarraquien como gobernador de la región Moquegua en el año 2015 habría recibido dinero de los contratistas de obras –caso del hospital y proyecto Pasto Grande-, materia que se encuentra en la fiscalía investigándose, como toda denuncia que se formula.

El Presidente Vizcarra asistió como en ocasión anterior al Congreso para realizar sus descargos; pero, esta vez de forma contundente en su defensa, al señalar que como él habían 68 congresistas que también se encontraban bajo investigación en el Ministerio Público, entre ellos, uno de los líderes de la vacancia ya con denuncia penal, con un pedido de cárcel de 12 años –Edgar Alarcón-, sin que ello haya llevado al Congreso iniciarles procesos de acusación constitucional. Y el entonces Presidente del Congreso, Manuel Merino, sobre quien recayó una denuncia en investigación sobre el pago a una electoral el año 2011 en la disputa del recuento de votos con otro candidato para representar a la región Tumbes. 

En la deliberación parlamentaria se expresó la vocación de auto defensa de los parlamentarios de distintas bancadas, que se reflejó en una votación rápida para declarar la vacancia presidencial, llegando a los 105 votos a favor, 19 en contra y 4 abstenciones y 2 ausentes. De esta forma, el Presidente del Congreso, Manuel Merino,  declaró la vacancia, con lo cual él mismo quedó como Presidente de la República provisorio, bajo el rechazo ciudadano que salió a las calles de todo el país. Pese a que el Presidente Vizcarra en su última declaración pública señaló,      al salir del Palacio de Gobierno, que no judicializará la decisión arbitraria del Congreso, la ciudadanía y las instituciones rechazan la usurpación del poder en las calles.

La ciudadanía y, en especial, los jóvenes han salido a protestar todos los días contra  la arbitraria decisión de la mayoría del Congreso y en defensa del Estado de derecho; el cual fue reprimido por el gobierno de Merino produciendo dos víctimas y, más de cien heridos y algunos  desaparecidos varios días. Lo que ha generado que el Presidente  Merino, como el Presidente del Congreso, haya renunciado a sus cargos. Así, luego de una primera frustrada sesión parlamentaria, al final, en una segunda sesión, se ha nombrado como Presidente del Congreso a un congresista de la minoría democrática –Francisco Sagastiy de acuerdo a la Constitución, ha asumido la Presidencia de la República hasta el 28 de julio de 2021. Cuenta con el pleno respaldo ciudadano e institucional dado  que  tiene  los pergaminos democrático y constitucionales para conducir al país hasta las elecciones políticas generales -parlamentarias y presidencial- del próximo 11 de abril, en medio de la lucha contra la pandemia del Covid-19. 

Por último, el Tribunal Constitucional ante el intento de vacancia del Presidente Vizcarra por parte de la oposición parlamentaria, recibió una demanda competencial que presentó el Poder Ejecutivo contra el Congreso por el uso abusivo de la causal de la vacancia presidencial por incapacidad moral; sobre la cual desestimó una medida cautelar para paralizar el primer intento de vacancia, porque no había el número de votos necesarios. 

Pero, con la vacancia consumada del Presidente Vizcarra,  la posterior renuncia del Presidente Merino aceptada por el Congreso y el nombramiento de Sagástegui como nuevo Presidente, se estimaba que el TC legitimase en su sentencia el cambio presidencial, respetando la solución democrática a la crisis constitucional habida cuenta del respaldo popular, sin perjuicio de declarar que la vacancia de Vizcarra fue inconstitucional. 

Sin embargo, por una decisión mayoritaria de cuatro votos –Miranda, Sardón, Ferrero y Blume- contra tres –Ledesma, Ramos y Espinoza- el Tribunal Constitucional ha declarado improcedente la demanda, porque al haber sido depuesto Vizcarra señalan que ya no hay nada sobre qué pronunciarse. Tal decisión constituye un grave perjuicio a la estabilidad democrática presente y futura, por el uso arbitrario que un Congreso pueda hacer del mismo  para vacar a un Presidente, además convalida el gobierno usurpador de cinco días de Merino y deshonra a las masas de jóvenes y fallecidos, que permitieron restaurar la gobernabilidad democrática y constitucional en el Perú.

Citación académica sugerida: Landa, César: Crisis constitucional en el Perú: Tres Presidentes en siete días, 2020/11/19, https://agendaestadodederecho.com/peru-tres-presidentes-en-siete-dias/

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ACERCA DEL AUTOR
César Landa

Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Vice Presidente de la Asociación Internacional de Derecho Constitucional. Ex Presidente del Tribunal Constitucional del Perú.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.