La instrumentalización legal de los Derechos Humanos en Venezuela: un mecanismo para la impunidad

14 de Julio de 2022
La instrumentalización legal de los Derechos Humanos en Venezuela: un mecanismo para la impunidad
Crédito foto: Twitter Asamblea Nacional de Venezuela

En Venezuela se creó recientemente una comisión para garantizar la justicia y reparación de víctimas de violaciones a derechos humanos. ¿Es una solución real?

Ante los avances de los distintos procesos llevados a cabo por los organismos internacionales de protección de derechos humanos, y especialmente la fase de investigación en curso ante la Corte Penal Internacional (CPI), el Estado venezolano ha iniciado un aparente intento de transformación del Sistema de Justicia, incluyendo la revisión, reforma y creación de instrumentos legislativos bajo la apariencia de avanzar en la protección de los derechos humanos.

En este contexto, en diciembre de 2021 la Asamblea Nacional electa en 2020 aprobó una ley mediante la cual se creó la Comisión para la Garantía de Justicia y Reparación de las Víctimas de Delitos contra los Derechos Humanos, con el fin de “generar recomendaciones y facilitar mecanismos de estudio, seguimiento y verificación en esta materia”, alegando la conformidad con la Constitución Venezolana, como parte del referido proceso de reformas.

Historial negativo en los procesos de justicia ante violaciones de derechos humanos

Antes de profundizar en los aspectos de la nueva ley que nos atañe, es preciso recordar que en los últimos 20 años se han producido diversos momentos de crisis social en los que han ocurrido graves violaciones a los derechos humanos de la población. Durante estos momentos se han creado mecanismos, incluso a través de instrumentos normativos, con el presunto fin de dar seguimiento a los hechos y proveer verdad, justicia y reparación a las víctimas. Sin embargo, dichas acciones han sido infructuosas al estar viciadas por intereses políticos, en lugar de contar con un enfoque certero de protección de derechos humanos.

Por ejemplo, entre 2002 y 2017 se crearon al menos 5 “comisiones de la verdad”, que no cumplieron con los estándares internacionales establecidos, al fungir más como mecanismos para simular y aparentar avances en la búsqueda de justicia, favoreciendo intereses políticos en lugar de los derechos de las víctimas.

En esos casos se observaron varias irregularidades en torno a la creación, fines y funcionamiento de los mecanismos. La Comisión creada en 2017 es solo un ejemplo. Su estructura carecía de independencia, pues se trataba de un ente adscrito al Estado, cuyos miembros eran funcionarios, algunos de ellos incluso presuntos responsables por las violaciones que se pretendían investigar. Por otra parte, el objeto de las investigaciones se alejaba de los principios de imparcialidad y, por el contrario, se orientaba a investigar solo los hechos que fuesen favorables para el gobierno. De igual forma, se observaba el uso propagandístico de las comisiones con la intención de respaldar, incluso “legalmente”, la narrativa oficial: en lugar de investigar y sancionar a los perpetradores, se atribuía la responsabilidad a actores de oposición, actores considerados disidentes y actores extranjeros, e incluso se desacreditaba el trabajo de documentación y denuncia de las organizaciones de derechos humanos.

Lo descrito es solo una muestra de cómo el Estado Venezolano no ha dado pasos significativos en la búsqueda real de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Por el contrario, se demuestra un historial negativo, no solo por la falta de voluntad política real de cumplir con sus obligaciones internacionales en la materia, sino también por pretender hacer uso de los estándares para simular justicia.

Instrumentalización de los derechos humanos

Ahora bien, podemos decir que, en el caso venezolano, la instrumentalización de los derechos humanos ha sido constante. Desde los inicios de la gestión gubernamental de Hugo Chávez, extendiéndose a la actual de Nicolás Maduro, el Estado ha pretendido mostrar al mundo una cara de respeto a los derechos humanos; sin embargo, la realidad dista mucho de ello.

La conflictividad social en Venezuela, y particularmente las crisis de los años 2014, 2017 y 2019, con una serie de protestas masivas en exigencia de la reivindicación de derechos, y por la lucha para la recuperación de las libertades fundamentales, la democracia y el Estado de Derecho, así como las consecuencias que desde 2016 ha dejado la Emergencia Humanitaria Compleja, evidencian que el Estado no ha cumplido con sus obligaciones de respetar, garantizar y proteger derechos humanos.

Ante un escenario como el descrito, se espera que la respuesta de las autoridades sea la de generar mecanismos independientes, imparciales y efectivos que contribuyan al alcance de justicia, verdad y reparación. No obstante, se ha hecho uso de los derechos humanos para instrumentalizar los intereses políticos, promoviéndolos a conveniencia del Ejecutivo en los momentos en los que resulta oportuno o beneficioso referirse a ellos. Por un lado, cuando se señala que en el país no se cometen abusos en la materia o victimizándose ante determinadas situaciones, calificando las denuncias en la materia incluso como parte de una “agresión multiforme”.

Algunas de las consecuencias de la postura estatal las vemos en la creación de normas y mecanismos fácticos que tienen una apariencia de legalidad y que en teoría se promulgan para procurar justicia, pero que en la práctica son nuevas herramientas que contribuyen a la represión, la criminalización, el control social y, en consecuencia, promueven la impunidad ante las violaciones de derechos humanos.

Un nuevo mecanismo sin esperanza de alcance de justicia

La llamada Ley de la Comisión para la Garantía de Justicia y Reparación de las Víctimas de Delitos Contra los Derechos Humanos, aprobada en 2021, es un instrumento con estas características. En el texto, pese a su ambigüedad, pareciese, según su mandato, que existe un interés en brindar protección a las víctimas y garantizar sus derechos, cuando por ejemplo se señala que su objeto es “la Garantía de Justicia y Reparación de las Víctimas de Delitos contra los Derechos Humanos”, así como también alude a la imprescriptibilidad y necesidad de investigar penalmente cualquier abuso en la materia (artículos 1 y 5 de la ley). Pero otros elementos dan cuenta de que se trata de un nuevo mecanismo de instrumentalización de los derechos humanos, como los que se han descrito anteriormente. Por ejemplo, la falta de independencia del ente creado al estar directamente adscrito a órganos del Poder Público Nacional (artículo 6 y 10); la forma expedita en la que se promulga sin siquiera haber consultado a la sociedad civil o ser sometido a debate, además de promover la opacidad y posible discrecionalidad en su accionar (artículo 19); a lo que se suma la falta de credibilidad en las instituciones tomando en cuenta la cooptación de poderes y su rol en la represión, además de la falta de un Sistema Judicial en capacidad de investigar, juzgar y sancionar violaciones de derechos humanos (que tiene un papel activo en la impunidad), tal como ha denunciado la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela (FFM).

Un contexto como el descrito, donde se ha evidenciado en reiteradas oportunidades la instrumentalización de la justicia, la falta de investigaciones oportunas y expeditas, y los reiterados esfuerzos del Estado por mostrarse como un país garante de derechos sin siquiera garantizar la institucionalidad democrática, dificulta que pueda verse este instrumento como genuino, y lleva a pensar que es una herramienta más de simulación de justicia, empleada para retrasar u obstaculizar los procesos llevados a cabo en el derecho internacional.

El documento se suma a otras iniciativas que, como se ha mencionado, carecieron de efectividad y fueron insuficientes al no cumplir con los fines para los que se crearon, no involucrar a la sociedad civil o ser sometidos a debate, no ser independientes y ser meros instrumentos para aparentar justicia. Preocupa que esta nueva Comisión sea un elemento más para distraer y dilatar la lucha por la búsqueda de justicia, instrumentalizando los derechos humanos para contribuir con la impunidad.

La sociedad venezolana requiere de verdad, justicia y reparación frente a los abusos de los cuales ha sido objeto. Para ello, es esencial que el Estado no interfiera con los procesos para la rendición de cuentas y el establecimiento de responsabilidades. Los derechos humanos y los mecanismos creados para procurar su vigencia no deben obedecer a intereses políticos o instrumentalizarse.

Para avanzar en cambios significativos ante los abusos cometidos en Venezuela, la lucha contra la impunidad frente a graves violaciones de derechos humanos debe ser genuina, creíble y estar rigurosamente apegada a los estándares internacionales. Para que ello ocurra, alertamos que el Estado debe abstenerse de instrumentalizar los derechos humanos mediante la creación instrumentos legales que aparentan cumplimiento de obligaciones internacionales y que lejos de servir para cooperar con los procesos de justicia en curso, pueden obstaculizar, dilatar y afectar sus avances, como por ejemplo la investigación de la Corte Penal Internacional.

En este sentido, para que los mecanismos creados para la búsqueda y el alcance de la verdad contribuyan a un alcance efectivo de justicia, es fundamental el esclarecimiento de hechos de forma independiente, con la participación de la sociedad civil y de las propias víctimas, sin prejuicios, revictimizaciones o criminalización. De este modo, un modelo de Justicia Transicional debe contemplar los derechos a la Verdad y a la Reparación abordando causas, efectos e implicaciones del conflicto y a su vez promoviendo la reivindicación de los derechos de las víctimas y de la sociedad en general.

Citación académica sugerida: Romero Mosqueda, Marianna Alexandra. La instrumentalización legal de los derechos humanos en Venezuela: un mecanismo para la impunidad, Agenda Estado de Derecho, 2022/07/14. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-instrumentalizacion-legal-de-los-derechos-humanos-en-venezuela-un-mecanismo-para-la-impunidad/

Palabras clave: comisión de la verdad, impunidad, justicia, reparación, Venezuela

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ACERCA DE LA AUTORA
Marianna Alexandra Romero Mosqueda

Abogada, egresada de la Universidad Católica Andrés Bello – Venezuela (2014). Aspirante a Magister de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Humanitario de la American University. Directora del Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ). Coordinadora Académica y profesora investigadora del Centro de Derechos Humanos UCAB.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.