La Contraloría como instrumento de censura: Impacto sobre la libertad académica en Brasil

13 de abril del 2021
La Contraloría como instrumento de censura: Impacto sobre la libertad académica en Brasil

El pasado 2 de marzo, la Contraloría General de Brasil adoptó una resolución prohibiendo a dos profesores universitarios criticar públicamente al gobierno federal por un período de dos años. Esta disposición, conocida como termo de ajustamento de conduta, fue adoptada luego de que un diputado federal presentara una denuncia contra ambos profesores, pidiendo que fueran despedidos.

¿Qué motivó esta amonestación? El 7 de enero, los profesores Pedro Rodrigues Curi Hallal y Eraldo dos Santos Pinheiro, participaron en una actividad de la Universidad Federal de Pelotas – UFPel-, difundida por redes sociales. En esta presentacióncriticaron el nombramiento de la nueva rectora, elegida por el presidente Jair Bolsonaro, a pesar de haber recibido el menor número de votos de la lista final propuesta para elegir a la nueva rectoría. También reprocharon el manejo de la pandemia que, hacia el fin de la primera semana de abril, ha causado la muerte de aproximadamente 335,000 personas en Brasil. 

La decisión de la Contraloría muestra a los órganos de control como entes que pueden ser usados por el gobierno para acallar críticas frente a asuntos públicos: en este caso, el nombramiento de autoridades universitarias y el manejo de la pandemia del coronavirus en el país. Esta censura es contraria a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (CADH), y afecta tanto a la libertad de expresión, la autonomía universitaria como a la libertad académica.

Ataques a la libertad de expresión en el gobierno de Jair Bolsonaro

En el informe de Article 19, The Global Expression Report 2019-2020, esta organización concluyó que, tras la llegada de Jair Bolsonaro al poder en Brasil en 2019, la desinformación, la reducción en el acceso a fuentes oficiales, los ataques contra las voces independientes, la persecución de la prensa, la criminalización de las ONGs y el acallamiento de las opiniones contrarias al Gobierno han sido los métodos más usados en su gobierno.

La pandemia sólo ha aumentado esta polarización. Mientras voces expertas declaran que el coronavirus está fuera de control, con un número de casos creciente de más de 12 millones de personas, el Presidente Bolsonaro preguntó a inicios de marzo hasta cuándo el país iba a seguir “llorando”, instando los gobiernos locales a levantar el confinamiento de la población para restablecer la economía. 

Los dos profesores amonestados han sufrido los efectos de esta polarización. Hallal, como coordinador del estudio EPICOVID-19 BR, ha señalado las fallas en la coordinación política para enfrentar la crisis de salud. Esto, desde su punto de vista, ha creado un malestar creciente en el gobierno y una campaña de censura cada vez más fuerte. Pinheiro, por su parte, ha sido un asiduo crítico de los ataques del gobierno de Bolsonaro contra la autonomía universitaria y la libertad académica, que en su opinión han minado las estructuras de las instituciones educativas brasileras. 

En este contexto se enmarcan las resoluciones de la Contraloría contra los académicos. En el Diario Oficial, sólo se publicó un extracto de las resoluciones, pero la motivación es que ambos emitieron “expresiones irrespetuosas dirigidas al Presidente de la República” a través de canales oficiales desde sus recintos de trabajo. A pesar de haberse visto forzados a firmar esta resolución, ambos profesores han dicho que continuarán expresando sus opiniones desde sus redes privadas. A su vez, organismos de la sociedad civil han manifestado que presentarán una acción de inconstitucionalidad contra esta resolución ante el Supremo Tribunal Federal. 

La norma utilizada por esta entidad fue la Ley 8112 de 1990, relativa a la conducta de servidores públicos, la cual incluye a docentes de universidades públicas. Esta ley, adoptada antes que los órganos del Sistema Interamericano desarrollasen gran parte del contenido del derecho al debido proceso y a la libertad de expresión, prohíbe en su artículo 117 que funcionarios públicos promuevan “expresiones de aprecio o desaprobación en los recintos de trabajo”. 

A pesar de que en mayo de 2020, el Tribunal Supremo Federal decidió que los actos que atentan contra la libertad de expresión del estudiantado y la planta docente y los intentos de prevenir la discusión y el debate dentro de las universidades son inconstitucionales, el uso político de los organismos de control para callar posiciones críticas frente al gobierno sigue vigente y constituye una amenaza para la democracia. 

La respuesta de la comunidad académica en Brasil

La respuesta de la comunidad científica ha sido de apoyo a ambos profesores, mediante una carta abierta, señalando que “la crítica es praxis científica y la actitud necesaria para el desarrollo y el enfrentamiento de los problemas de un país, ya que es a partir de la correcta interpretación de los hallazgos científicos que se pueden señalar los caminos a seguir y llamar la atención sobre los desvíos que se están cometiendo”.

La comunidad científica también ha rechazado “las acciones difamatorias, calumniosas, irrespetuosas e insultantes que han llevado a cabo los miembros del gobierno” frente a los investigadores y las instituciones educativas del país. En un comunicado, manifestaron que “[e]n un estado democrático, los aspectos políticos e ideológicos no pueden ser aceptados como justificación para coaccionar a los científicos que advierten sobre acciones indebidas o inacción por parte de agentes públicos en diferentes niveles de gobierno”.

Las asociaciones de funcionarios públicos de Brasil también han dicho que, desde las elecciones de 2018, han sido constantemente amenazados. El caso contra los dos profesores de la UFPel es uno más en una larga lista de medidas contra servidores públicos críticos del gobierno. Para ellos, esta amenaza a su libertad de expresión “(…) significa que nos están amordazando, [nos están sacando] del debate público. Y así todos pierden, la democracia, la población y el país”.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana para los Derechos Humanos ha criticado la decisión de la Contraloría de Brasil, resaltando la importancia de proteger la libertad académica como y “(…) el rol trascendental que tienen las universidades como centros de pensamiento crítico y de intercambio de ideas”.

Conclusiones

En octubre del año pasado, publicamos un artículo en este mismo portal, advirtiendo sobre la necesidad de fortalecer la libertad académica en las Américas. En aquel entonces, lo llamamos “un derecho olvidado” por la falta de conocimiento y de desarrollo normativo en la región. Hoy, es un derecho violado. 

La situación de Brasil es extrema pero no única. Los gobiernos latinoamericanos están utilizando las normas como instrumentos para limitar la crítica y el debate: en Honduras, un nuevo código penal criminaliza la protesta y penaliza los “crímenes de honor’ que pueden ser fácilmente utilizados contra los investigadores que se pronuncien contra el gobierno. En Venezuela, el decreto presidencial que declaró el “estado de alarma nacional” facilita la persecución política de las voces contrarias al régimen. 

La crisis ocasionada por la pandemia en América Latina requiere de la participación activa de la comunidad universitaria en el debate público. Sancionar o adoptar normas que limiten su participación afecta la razón de ser de la libertad académica y de la libertad de expresión. Las universidades y centros de investigación deben ser espacios autónomos, abiertos y seguros en las que las ideas puedan ser debatidas sin miedo a violencia o represalias.

En el caso de Brasil, es necesario que se adecúe el marco legislativo para que las normas sobre el servicio público, la autonomía universitaria, la libertad de expresión y la libertad académica estén de conformidad con la CADH. Dado que la actual crisis política dificulta cualquier reforma legislativa de fondo, el papel de los tribunales y el trabajo de organizaciones en litigio público estratégico ante el Supremo Tribunal Federal es la única alternativa viable en el corto plazo. 

Citación académica sugerida: Arango Patiño, Catalina & Herencia-Carrasco, Salvador:La Contraloría como instrumento de censura: Impacto sobre la libertad académica en Brasil, 2021/04/13, https://agendaestadodederecho.com/la-contraloria-como-instrumento-de-censura-impacto-sobre-la-libertad-academica-en-brasil/

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ACERCA DE LOS AUTORES
Catalina Arango Patiño

Es coordinadora del proyecto sobre Libertad Académica en las Américas de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa. 

Salvador Herencia-Carrasco

Es director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.