El caso de Gran Hermano Chile pone de manifiesto la falta de un protocolo efectivo para abordar la violencia contra la mujer en la televisión, lo que plantea cuestiones sobre el respeto a sus derechos humanos.
El reality show “Gran Hermano Chile”, se ha convertido en uno de los programas con más número de denuncias en la historia del Consejo Nacional de Televisión, alcanzando un total de 18.153 denuncias desde su inicio, el pasado 18 de junio. La mayoría de estas se realizaron a partir de una situación de violencia hacia una participante por parte de otro jugador.
La madrugada del lunes 14 de agosto, fuimos espectadores de quizá, una de las situaciones más violentas ocurridas durante los últimos años en televisión abierta. Mientras se desarrollaba el episodio de eliminación que se transmite los domingos, y ad-portas de que los conductores dieran a conocer el nombre de la nueva eliminada, el ahora ex participante de 23 años, Lucas Crespo, solicitó la palabra para referirse al origen de los conflictos entre los jugadores.
Lucas, estudiante de psicología, se refirió a una de las participantes que se encontraba en placa de eliminación, Jennifer Galvarini -más conocida como “Pincoya sin Glamour”-como “un guarén”, haciendo énfasis que ella representaba a ese animal por no ser querida y destruir el hogar. Pero los dichos del competidor no se quedaron ahí, agregó que Galvarini no tenía un temple de acero, sino que más bien era una mujer o una niña asustada, cobarde e insegura, que se dedicaba a manipular y mentir a los demás concursantes.
El participante continuó expresándose hasta que, pasado ya cinco minutos, fue interrumpido por uno de los conductores del programa, quien le indicó a Crespo que era pertinente su intervención y que se le respetaba. Posteriormente, los presentadores se retiraron unos minutos para “espiar” lo que seguía ocurriendo en la casa, mientras se mantenía la discusión entre Crespo y Galvarini, donde el primero le reiteraba que no era querida por los demás jugadores y la amenazó de que le haría imposible su estadía en la casa estudio si es que ella se quedaba en el programa. Finalmente, la discusión pasó de ser meramente verbal a una situación más física, donde el jugador ocupó un desodorante para rociar su contenido a Jennifer.
Esta situación nos invita a preguntarnos, ¿cuál es el rol de los medios de comunicación ante situaciones de violencia verbal y/o física? ¿tienen alguna responsabilidad por no intervenir en este tipo de conflictos?
Las mujeres formamos parte de lo que se conoce como “grupos en situación de vulnerabilidad”. Ello, porque estamos expuestas contantemente al riesgo de sufrir diversas situaciones de violencia o discriminación. Por ejemplo, uno de los ámbitos en que ello ocurre frecuentemente es en los medios de comunicación, ya que a través de estos se propagan estereotipos acerca de las mujeres que en nada ayudan en la lucha por la igualdad de género y por una vida libre de violencia.
Las Naciones Unidas ha entendido por estereotipos de géneros a las visiones generalizadas o ideas preconcebidas sobre los atributos o las características, o los papeles que poseen o deberían poseer o desempeñar las mujeres y los hombres. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado en el marco del caso Campo González y otras vs. México que “la creación y uso de estereotipos se convierte en una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer”.
Es en virtud de lo anterior que la comunidad internacional ha buscado formas de asegurarnos una vida sin violencia ni discriminación a través de distintos instrumentos, dentro de los que destacamos la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), la Convención de Belém do Para y la Declaración de Beijing. En el primer tratado se define la discriminación hacia la mujer, buscando condenar la violencia y estableciendo obligaciones para los Estados en esta materia.
Por su parte, a nivel regional, tenemos a “Belém do Pará”, un instrumento que define la violencia contra la mujer como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (art. 1), idea reafirmada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Rosendo Cantú y otra vs. México”, en que se indica que “la violencia contra la mujer no solo constituye una violación de los derechos humanos, sino que es una ofensa a la dignidad humana”.
Finalmente, tenemos la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, resolución adoptada por Naciones Unidas en el año 1995 en la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer. En ella se establecen objetivos y medidas en diversas esferas, incluyendo sobre mujeres y medios de comunicación.
La Declaración de Beijing contiene no solo objetivos y medidas aplicables a los Estados, sino que también a los medios de difusión nacional e internacional. Dentro de ellas se encuentran, por ejemplo, “establecer directrices profesionales y códigos de conducta respecto de los materiales de contenido violento, degradante o pornográfico”.
En este sentido, Naciones Unidas se ha encargado de regular la relación entre las empresas y derechos humanos a través de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Empresas. Estos principios se sustentan en las premisas que tanto los Estados como las empresas se ven obligados a respetar los derechos humanos, entendiéndose por ellos los internacionalmente reconocidos.
Dentro de los principios fundacionales en la materia, el número 13 establece como obligaciones para las empresas el evitar que sus actividades provoquen consecuencias negativas sobre los derechos, y prevenir o mitigar consecuencias con ocasión de sus servicios. Dentro de los principios operativos se establece que, para identificar y evaluar tales consecuencias, deben recurrir a expertos en la materia e incluir consultas sustantivas con los grupos potencialmente afectados y otras partes interesadas.
En el caso de lo ocurrido en Gran Hermano de Chile, podemos advertir que no existía un protocolo para abordar casos de violencia verbal o física en vivo, ya que no hubo un actuar inmediato por parte de producción ni de los conductores, quienes consideraron que el participante Crespo solo exponía su punto de vista. Es más, al día siguiente, obligaron a la participante afectada a reconciliarse con su agresor ofreciéndole una serie de premios para ella y sus compañeros.
Pese a lo anterior, cabe señalar que, cuando ocurrió una situación de mayor gravedad, como fue el abuso sexual de un participante a otra mientras dormían, sí hubo una respuesta por parte del programa y se activaron protocolos. Lo que resulta preocupante es que todo ello surgió luego de la denuncia de la afectada y no hubo una reacción en el momento en el que ocurría el acto delictivo.
En definitiva, el rol y la responsabilidad de los medios de difusión se basa en el deber de evitar la propagación de estereotipos en contra de la mujer y tomar acción en el momento en que ocurran situaciones de violencia. El problema concreto es que pareciera que, la industria televisiva no ha cambiado nada con el paso del tiempo y prefieren mostrar situaciones que generen más rating, antes que prevenir hechos de violencia en vivo. Nos queda mucho por avanzar, pero es valorable advertir que los televidentes no se quedan inmóviles y ocupan los recursos existentes hoy en día —como las redes sociales—para manifestarse y alzar la voz ante situaciones de violencia en contra de las mujeres.
Citación académica sugerida: Carsalade, Javiera. Gran Hermano Chile y la violencia contra la mujer en la televisión. 2023/10/24. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/gran-hermano-chile-y-la-violencia-contra-la-mujer-en-la-television/
Palabras clave: Violencia de género, empresas televisivas, estereotipos de género, discriminación en contra de la mujer.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.