¿De qué se trata el caso Digna Ochoa versus México y cuál es su trascendencia jurídica?
La vida y obra de Digna Ochoa, una histórica y reconocida defensora de derechos humanos en México, ha sido para varias generaciones un símbolo inspirador. Digna representó y asesoró jurídicamente varios casos de violaciones de derechos humanos de gran relevancia nacional, algunos de los cuales llegaron a ser conocidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Asimismo, recibió múltiples reconocimientos a nivel internacional por su labor en la defensa de los derechos humanos.
Digna fue encontrada muerta en su oficina de la Ciudad de México el 19 de octubre de 2001, justo unos meses después de que se levantaran las medidas provisionales de protección otorgadas por la Corte IDH con el fin de salvaguardar su vida y la de las abogadas y abogados del Centro Miguel Agustín Pro Juárez. Su muerte marcó profundamente la práctica del Tribunal en este rubro de forma que, por muchos años, las medidas provisionales tuvieron una larga vigencia con el fin de intentar evitar otro hecho trágico como el sucedido. Igualmente, la muerte de Digna Ochoa ocurrió en un contexto de violencia en contra de personas defensoras de derechos humanos, que se extiende hasta nuestros días.
Inicialmente, las autoridades penales siguieron tres líneas de investigación principales sobre lo sucedido, entre las que se encontraban la posibilidad de autoría militar y la de que su muerte fuera en represalia por sus actividades de defensa de grupos y personas ecologistas en Guerrero. Durante la investigación hubo múltiples fallas en la actuación de los servicios forenses: en la recolección de prueba, la cadena de custodia, la práctica de la prueba testimonial, entre otras. Tras un largo procedimiento, la conclusión a la que arribaron las autoridades mexicanas fue que Digna Ochoa se había suicidado.
Esta conclusión, fruto de una investigación poco diligente, dejó la muerte de la conocida defensora de derechos humanos, así como las violaciones procesales cometidas durante las investigaciones, en la impunidad. Las autoridades no sólo no la protegieron de las personas que la persiguieron, amedrentaron y violentaron, sino que además sembraron la idea de que su muerte no estaba relacionada con su trabajo por los derechos humanos, sino que fue una decisión propia.
Ante ese panorama desolador se inició la lucha por acceder a la justicia y a la verdad ante las instancias internacionales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Ese largo y difícil camino terminó el pasado 19 de enero de 2022 cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo pública la sentencia del Caso Digna Ochoa y Familiares Vs. México del 25 de noviembre de 2021.
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia interamericana es que se determinó que la investigación de su muerte no solo fue deficiente, sino que también fue víctima de un discurso estatal «encaminado a denostar su imagen pública, polarizar a la sociedad mexicana y sustentar ante la opinión pública la versión del suicidio, […]haciendo uso de estereotipos de género [..].” (Párr. 140)
Igualmente, la Corte IDH determinó que la investigación y judicialización de la muerte de Digna Ochoa “no cumplió con lo estándares de debida diligencia, se usaron y aplicaron estereotipos de género que obstaculizaron el procedimiento […] y además, se realizaron declaraciones públicas en el marco de la investigación que dañaron la honra y dignidad de […] Digna Ochoa”.(Párr. 148 de la Sentencia)
En cuanto a las reparaciones, la Corte Interamericana ordenó continuar con las investigaciones para determinar las circunstancias de la muerte de Digna Ochoa; un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; la creación de un reconocimiento en materia de defensa de derechos humanos que llevará su nombre y el diseño e implementación de una campaña para reconocer la labor de las personas defensoras de derechos humanos. Además, entre las medidas de no repetición, destaca la creación e implementación de un “Mecanismo de Protección de Testigos que intervengan en el Procedimiento Penal”.
La sentencia del caso de Digna Ochoa es trascendental en un país en donde las personas defensoras de derechos humanos viven bajo amenazas y hostigamientos de todo tipo, y los asesinatos cometidos contra ellas ocurren ordinariamente, y en completa impunidad. Es un llamado a las autoridades para adoptar medidas que contribuyan a garantizar el derecho de acceso a la justicia para las personas defensoras, y concretamente, actuar con debida diligencia en la investigación y juzgamiento de ataques dirigidos contra estas personas.
En este sentido, resulta peculiar que se haya ordenado que el Ejecutivo Federal “Elabor[e], present[e] e impuls[e] una iniciativa de reforma constitucional para dotar de autonomía e independencia a los Servicios Periciales.” (Párr. 177.6) Lo anterior obliga al Ejecutivo a impulsar un cambio de la Carta Magna en un plazo de dos años.
Han sido pocos los casos en donde la Corte IDH ha ordenado directamente una reforma constitucional y esto, por lo regular, se ha dado cuando existe una clara contradicción con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), tal como sucedió, por ejemplo, en el caso Olmedo Bustos (La última tentación de Cristo) Vs. Chile en materia de libertad de expresión.
En el caso Digna Ochoa, si bien no existe por sí misma una contradicción entre la CADH y la Constitución Mexicana, se ordena promover el cambio constitucional mencionado con el fin de fortalecer a los servicios periciales, lo que representa, sin duda, el incipiente surgimiento de un estándar internacional en esta materia. A su vez, el hecho de que una sentencia internacional ordene una posible reforma constitucional, es algo trascendental a partir del valor casi intocable que en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación le ha otorgado a las restricciones a los derechos presentes en la misma desde la ya célebre Contradicción de Tesis 293/2011.
Igualmente, la sentencia es importante por el hecho de que en dos casos pendientes de resolución en la Corte IDH –Caso García Rodríguez y Reyes Alpizar, y Caso Tzompaxtle Tecpile y otros– se está cuestionando la convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, instituciones presentes en la Constitución Mexicana en sus artículos 19 y 16 respectivamente. Sin duda, lo resuelto en el caso Digna Ochoa es un precedente importante en el eventual debate tanto en el fondo como en las posibles medidas de reparación de ambos asuntos.
En la supervisión de cumplimiento de la sentencia o en una posible solicitud de interpretación, sin duda será objeto de discusión el alcance del verbo “impulsar” en una medida de reparación adoptada en un formato inédito. Una interpretación demasiado amplia bien podría terminar en ningún cambio, mientras que una muy estricta llevaría a que se concluyera el proceso de reforma rápidamente. Igualmente, cabría preguntarse si este deber corresponde exclusivamente al Ejecutivo o al resto del Estado Mexicano considerando que en el punto resolutivo 18 de la sentencia se menciona la participación del Estado y no sólo del Ejecutivo. En el Sistema Interamericano cuando la Corte IDH hace alusión al Estado se refiere a todos los poderes públicos lo que implicaría que la reforma constitucional sería obligatoria.
La sentencia de la Corte IDH es parte de la justicia que los familiares de Digna Ochoa esperaron por más de veinte años. Es justicia, pero no completa: aun falta determinar quien le arrebató la vida. Aun así, este es el primer paso en un proceso que tenemos que completar para honrar el luminoso legado que nos ha dejado la distinguida mexicana como defensora de derechos humanos, no le podemos fallar esta vez.
Citación académica sugerida: Pelayo Moller, Carlos M. El Caso de Digna Ochoa ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Agenda Estado de Derecho. 2022/02/25. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-caso-de-digna-ochoa-ante-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos/
Palabras clave: Digna Ochoa, México, Corte IDH, Sistema Interamericano, reforma constitucional
Comparte tu trabajo o perspectiva con nosotros, sigue las opciones dando clic en el siguiente botón.
Para saber a profundidad lo que pasa con los derechos humanos en América Latina y el Estado de Derecho suscríbete a nuestro boletín digital.
Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.