El veredicto histórico contra Chiquita Brands

16 de Julio de 2024
El veredicto histórico contra Chiquita Brands
Crédito foto: Generada con IA Canva

La multinacional Chiquita Brands fue declarada responsable en Estados Unidos por financiar paramilitares en Colombia. ¿Qué oportunidades surgen tras esta decisión?

Un jurado de una pequeña ciudad del Estado de la Florida ha marcado un hito en la lucha por la justicia internacional con una decisión histórica para las víctimas del paramilitarismo en Colombia. Después de más de 25 años de los hechos y 17 de litigio, sobrevivientes de la violencia en la zona bananera colombiana han obtenido una victoria en su búsqueda de compensación económica. El veredicto determinó que Chiquita Brands International, multinacional bananera, financió ilegalmente a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), una organización paramilitar designada como terrorista, con aportes de al menos 1,7 millones de dólares entre 1997 y 2004. Esta financiación, realizada deliberadamente y con fines lucrativos, contribuyó a innumerables violaciones de derechos humanos, incluyendo el asesinato de cientos de civiles.

Dado que diversos trabajos periodísticos y legales han cubierto exhaustivamente los hechos y el proceso judicial, esta entrada se enfoca en el significado del fallo para la rendición de cuentas corporativa y los desafíos pendientes.

Implicaciones para Colombia

Esta decisión trasciende el caso individual y marca un punto de inflexión en la historia colombiana. Su importancia radica en responsabilizar a una multinacional implicada en ciclos de violencia durante casi un siglo. Desde la masacre de las bananeras hasta la financiación de las AUC, la United Fruit Company y sus sucesoras han dejado una estela de sufrimiento largamente impune. Este fallo comienza a saldar esa deuda histórica de justicia.

El caso avanza además en un área donde la justicia ordinaria y transicional han fallado: la responsabilidad corporativa en el conflicto armado colombiano. Aunque excombatientes han señalado a cientos de empresas y empresarios como corresponsables, la justicia colombiana ha hecho poco al respecto. En Estados Unidos, sede de varias de estas compañías, la situación es similar. El caso Chiquita es el primero en responsabilizar a una empresa estadounidense por financiar violaciones de derechos humanos en Colombia.

Como detallan brillantemente Tatiana Devia y Daniel Marín, el veredicto se basó en un riguroso proceso probatorio. El jurado evaluó extensos testimonios y peritajes, rechazando la defensa de Chiquita de que los pagos fueron coaccionados o insignificantes. Este precedente establece estándares cruciales sobre la conducta corporativa en zonas de conflicto, reforzando la necesidad de distinguir entre coacción y colaboración, como sugerimos anteriormente con algunos colegas.

Adicionalmente, este precedente podría impulsar los procesos pendientes en Colombia. A pesar de la evidencia, incluyendo la aceptación de ilicitud de la compañía ante autoridades estadounidenses, los juicios en Colombia siguen inconclusos y en riesgo de prescripción. Es urgente que las autoridades colombianas accedan al material probatorio del caso en Florida –si aún no lo han hecho- y avancen decisivamente en sus investigaciones.

Un precedente para la justicia corporativa

Como ha sido afirmado por voces expertas, este fallo renueva la esperanza de que las cortes estadounidenses pueden promover la responsabilidad empresarial en zonas de conflicto. Es el primer veredicto condenatorio en la historia de litigios contra corporaciones por violaciones de derechos humanos en áreas de conflicto, y uno de los pocos que ha llegado a juicio (de hecho, se calcula que menos del 1% de estos litigios alcanzan dicha etapa).

Los litigantes superaron obstáculos significativos en un contexto jurídico incrementalmente adverso. Durante el largo transcurso de litigio, enfrentaron desafíos legales como la aplicabilidad del Alien Tort Statute (ATS) y Torture Victim Protection Act (TVPA). La situación se complicó aún más con decisiones de la Corte Suprema que limitaron el alcance de estas leyes. En Mohamed v. Palestinian Authority, la Corte estableció que la TVPA solo se aplica a individuos, no a corporaciones. Posteriormente, en Kiobel v. Royal Dutch Petroleum Co., la Corte limitó la aplicación extraterritorial del ATS, requiriendo que los agravios “toquen y conciernan” a Estados Unidos. Más recientemente, Nestlé USA, Inc. v. Doe reforzó estas restricciones sobre el uso del ATS en casos de conducta corporativa en el extranjero.

Frente a este panorama, la estrategia de los abogados de las víctimas de Chiquita tuvo que reinventarse, enfocándose en demandas contra individuos por violaciones de TVPA y reclamaciones basadas en la legislación colombiana contra la empresa. Este enfoque innovador demuestra que el litigio de responsabilidad corporativa en derechos humanos sigue siendo viable, a pesar de los precedentes restrictivos. Además, el caso Chiquita establece un precedente sobre cómo navegar la complejidad de litigar leyes extranjeras en cortes estadounidenses, ofreciendo una hoja de ruta para futuros casos de responsabilidad corporativa global.

El veredicto adquiere un simbolismo adicional al ver a la justicia estadounidense actuar contra una compañía involucrada en diversos episodios de conflicto y ruptura democrática, no solo en Colombia sino también en otros países como Guatemala, donde se le ha vinculado con la promoción de golpes de estado. Este fallo ejemplar es un paso necesario para poner fin a una cultura de prácticas antidemocráticas que han gozado de impunidad durante mucho tiempo.

Además, el caso ha reavivado el debate sobre la ineficacia de las iniciativas voluntarias de responsabilidad social empresarial y la necesidad de mecanismos robustos y vinculantes para corregir abusos de corporaciones que operan en zonas de conflicto. Aunque Chiquita intentó usar su adherencia a guías voluntarias como parte de su defensa ante el tribunal de Florida, el veredicto demuestra la insuficiencia de estas directrices, especialmente en lo que respecta a la reparación de daños causados.

El camino por delante

El veredicto de $38,3 millones contra Chiquita marca solo el comienzo de un largo proceso legal. Aunque este juicio “de referencia” involucraba a nueve familias, más de 7.500 personas que perdieron seres queridos durante la campaña de las AUC han presentado demandas similares. El juez Kenneth A. Marra ha aplazado indefinidamente el segundo juicio, dando a Chiquita tiempo para apelar la decisión.

La apelación podría durar hasta dos años, durante los cuales la empresa buscará anular el veredicto o reducir los daños. Los argumentos de apelación probablemente se centrarán en cuestiones como la combinación de múltiples casos en un solo juicio y la aplicación de leyes colombianas versus leyes estadounidenses. Mientras tanto, los abogados de las víctimas se preparan para defender este veredicto y posiblemente presionar por una resolución global que cubra a todos los demandantes (un acuerdo negociado o settlement). El resultado de esta apelación será crucial para determinar el curso de los miles de casos restantes y podría tener implicaciones significativas para futuros litigios de derechos humanos contra corporaciones multinacionales.

Mientras los procesos continúan en Florida, es imperativo que las autoridades colombianas respondan a las necesidades de las víctimas. El sistema judicial debe acelerar los casos que llevan décadas en investigación, produciendo resultados concretos. Paralelamente, el ejecutivo tiene la responsabilidad ineludible de garantizar la seguridad de víctimas y testigos, quienes ya han enfrentado amenazas en el pasado. Es crucial evitar la difusión de información descontextualizada sobre “víctimas millonarias” en zonas vulnerables de la Colombia rural, pues esto solo incrementa los riesgos de seguridad. El verdadero desafío radica en asegurar que la justicia y la protección lleguen a quienes han sufrido, sin crear nuevos peligros en el proceso. Solo así podremos hablar de una victoria genuina en la lucha por los derechos humanos y la responsabilidad corporativa.

Citación académica sugerida: Sánchez, Nelson Camilo. El veredicto histórico contra Chiquita Brands. Agenda Estado de Derecho. 2024/07/16. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/chiquita-brands/

Palabras clave: Colombia, Chiquita Brands, empresas, conflicto

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Nelson Camilo Sanchez

Profesor Asociado de la Escuela de Derecho de la Universidad de Virginia

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.