Adiós a la presunción de inocencia en Venezuela

4 de Julio de 2023
Adiós a la presunción de inocencia en Venezuela
Crédito foto: DPLF

El autor analiza posibles vulneraciones al principio de presunción de inocencia derivada de la actuación de la Fiscalía venezolana.

El principio de presunción de inocencia en casos penales es fundamental para el Estado de Derecho. Es también un principio general del derecho universalmente reconocido, incorporado a los tratados internacionales generales de derechos humanos, a la Constitución venezolana y en su derecho interno como parte del Código Procesal Penal. Sin embargo, las altas autoridades venezolanas, incluido el Fiscal General, lo estarían incumpliendo reiteradamente en los últimos años, violando los derechos de los acusados.

Interferencia de actores políticos en los procesos penales

De acuerdo con la legislación nacional, el enjuiciamiento penal está a cargo de los fiscales del Ministerio Público. La Constitución venezolana (artículo 285) establece que el Ministerio Público debe “ordenar y dirigir la investigación de los delitos dentro del territorio nacional”. La acción penal puede ser iniciada de oficio, sin la aprobación del Fiscal General y debería ser independiente y sin motivaciones políticas. Los fiscales deben investigar con “la diligencia requerida” estableciendo los hechos del delito, identificando a los posibles autores y recogiendo todas las pruebas. Esto, según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, incluye tanto las pruebas que apoyen una acusación contra un individuo como pruebas que sugieran su inocencia. Del mismo modo, según las normas internacionales, “(l)os fiscales, de conformidad con la ley, deberán cumplir sus funciones con imparcialidad, firmeza y prontitud, respetar y proteger la dignidad humana y defender los derechos humanos, contribuyendo de esa manera a asegurar el debido proceso y el buen funcionamiento del sistema de justicia penal”.

A pesar de estas obligaciones legales, la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela (MII) establecida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha documentado la implicación de actores políticos externos en procesos penales contra opositores políticos reales o presuntos. Estos funcionarios públicos de alto nivel, que incluyen autoridades ejecutivas de alto rango y legisladores, han emitido declaraciones sobre los casos incluso antes de que se emitan las acusaciones. Las declaraciones se han hecho en los medios de comunicación, incluidos programas de televisión, redes sociales (Twitter), ruedas de prensa o ante el Parlamento.

En ellas se han presentado “teorías” sobre la presunta participación de personas u organizaciones de la sociedad civil en actos delictivos, especialmente relacionados con delitos de terrorismo o traición. Como señaló la MII, “las declaraciones expresan de forma rutinaria conclusiones sobre la culpabilidad o la inocencia, el carácter o la reputación de las personas sujetas a la investigación, perjudicando potencialmente sus derechos”.

A menudo, esas autoridades han mencionado públicamente información que debería estar restringida a fiscales y abogados defensores. En algunos casos se trataba de “confesiones” realizadas o de información facilitada en circunstancias coercitivas, incluso sin la presencia de un abogado o durante detenciones en régimen de incomunicación. Además, hay motivos razonables para creer que esas detenciones fueron arbitrarias y que las confesiones se obtuvieron bajo tortura. Por ejemplo, la MII documentó que en el caso del periodista Roland Carreño, cuando ninguno de sus abogados o familiares tenía noticias sobre su paradero, el Ministro de Comunicaciones tuiteó que “estaba detenido, que había sido detenido en flagrancia y que había confesado “acciones contra la paz de la nación”.

Igualmente, problemática ha sido la conducta del Fiscal General, Tarek William Saab, quien dirige la Fiscalía, entidad encargada de actuar con independencia, imparcialidad y objetividad. El Fiscal General Saab ha calificado de “delincuentes” a personas investigadas cuando las investigaciones acababan de comenzar, en violación de disposiciones legales específicas del Código Procesal Penal venezolano y los estándares del derecho internacional derivados del principio de presunción de inocencia. Lo ha hecho durante ruedas de prensa, discursos ante el Parlamento y a través de su cuenta de Twitter. Como ha documentado la ONG local Acceso a la Justicia, la Fiscal General se refirió pública y frecuentemente a los acusados con calificativos como “aberrados”, “delincuentes” o “ladrones”, especialmente en casos de personas que percibía como opositores políticos. Así, organizaciones de la sociedad civil venezolana como CECODAP, que defiende los derechos de los niños, ha denunciado a la Fiscal General por divulgar nombres, apellidos, fotografías y vídeos de adolescentes implicados en presuntos actos de violencia y acoso escolar.

Presión e influencia indebidas de las autoridades

En Venezuela, el Estado de Derecho ha colapsado. Por ello, fiscales y jueces carentes de estabilidad y por ende de independencia, pueden interpretar las declaraciones de altos cargos políticos como “instrucciones” para procesar y/o condenar a personas percibidas como opositores políticos o desfavorecidas por otros motivos. Los fiscales o jueces pueden considerar que serán objeto de represalias si no cumplen tales instrucciones. Instrucciones que contravienen el Código Orgánico Procesal Penal (artículo 263) las normas internacionales sobre independencia de jueces y fiscales, así como fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Venezuela en casos de independencia de jueces.

De acuerdo con el derecho venezolano, las autoridades del sistema de justicia deben actuar con independencia e imparcialidad. Sin embargo, el propio Fiscal General incumple estos deberes cuando estigmatiza públicamente a los acusados, ya que su oficina es responsable de la persecución de los delitos, y él es la máxima autoridad de la Fiscalía. En este contexto, también es probable que los fiscales individuales interpreten estas declaraciones como instrucciones para que se logren condenas contra los acusados a toda costa. La Corte IDH, ha considerado que los discursos de altos funcionarios públicos pueden ser interpretados por éstos como instrucciones y concluyó que “el contenido de los referidos pronunciamientos de altos funcionarios públicos colocaron [a las personas] (…) en una posición de mayor vulnerabilidad relativa frente al Estado”.

Estas situaciones son una amenaza constante para la imparcialidad judicial y fiscal en las causas penales, así como para ser investigado y enjuiciado con las debidas garantías. El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha señalado que “[t]odas las autoridades públicas tienen el deber de abstenerse de prejuzgar los resultados de un juicio, por ejemplo, absteniéndose de hacer comentarios públicos en que se declare la culpabilidad del acusado”. En cuanto a Venezuela, el Comité subrayó este deber y concluyó que “no es necesario que las autoridades estén directamente vinculadas al proceso en cuestión para configurar una violación al derecho, así como tampoco lo es que sus comentarios sean presentados como elementos para la imputación del procesado”.

Así, las autoridades venezolanas deben abstenerse de hacer declaraciones que prejuzguen la culpabilidad y que pongan en jaque la independencia judicial y fiscal. Asimismo, los jueces y fiscales deben actuar con independencia y gozar de garantías reales, no sólo en la ley sino también en la práctica, que les permitan actuar con verdadera independencia e imparcialidad en los procesos. Esto incluye la necesidad de que los funcionarios que intervienen en los procesos penales rindan cuentas de su mala conducta.

La presunción de inocencia junto con la garantía de un juicio por autoridades imparciales e independiente son principios básicos del estado democrático de derecho. En contextos autoritarios, estos principios quedan vaciados de contenido conforme se ha venido desdibujando el Estado de Derecho; tal y como ocurre en Venezuela.

Citación académica sugerida: Lusverti, Carlos. Adiós a la presunción de inocencia en Venezuela. Agenda Estado de Derecho. 2023/07/04. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/adios-a-la-presuncion-de-inocencia-en-venezuela/

Palabras clave: Venezuela, presunción de inocencia, fiscalía

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ACERCA DEL AUTOR
Carlos Lusverti

Asesor jurídico para América Latina de la Comisión Internacional de Juristas.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.