Sin presupuesto no hay derechos: la educación sexual integral en Argentina

21 de Mayo de 2026
Créditos foto: Fuente https://revistalamarea.com.ar/el-porque-de-la-esi-una-lucha-de-mas-de-100-anos-por-su-implementacion-en-las-aulas/

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El pasado febrero, el Comité de la CEDAW, órgano de Naciones Unidas que supervisa el cumplimiento por parte de los Estados de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, emitió sus Observaciones Finales sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres en Argentina. El documento se divide en distintas secciones en las que se analizan los avances y/o retrocesos en la protección efectiva de los derechos humanos. En este artículo me interesa destacar las observaciones del órgano sobre la cuestión educativa, particularmente lo referido a la Educación Sexual Integral (ESI).

El informe se divide en distintos puntos: en los puntos B, C y D el Comité destaca avances positivos que llevó adelante el Estado, sobre todo en referencia a la aprobación de diversas normativas internas que recogen los principios contemplados en la Convención CEDAW. Por su parte, en el punto E el Comité destaca motivos de preocupación y brinda recomendaciones a diversas problemáticas que divide en títulos, uno de ellos denominado Educación, éste último desarrollados en los párrafos 30 y 31. A lo largo de esos párrafos el Comité fue categórico: para la efectiva garantía de los derechos relativos a la Educación Sexual Integral (ESI) y a los derechos sexuales y (no) reproductivos, el Estado debe intervenir activamente, lo que incluye la asignación de partidas presupuestarias. Por ello, si bien son necesarios la sanción de leyes y la implementación de programas, ello no resulta suficiente.

Es conocido el retroceso que se encuentra atravesando Argentina en materia de Derechos Humanos con un gobierno que, desde su asunción en el año 2023, se ha retirado casi por completo de muchas de sus obligaciones asumidas en el ámbito internacional, como la garantización de los Derechos Humanos de niñas y adolescentes, específicamente a la ESI. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, particularmente el sistema interamericano, ha avanzado muchísimo en relación con los estándares que deben cumplirse en materia de derecho a la educación y género. En este sentido se ha afirmado que la Educación Sexual Integral es un Derecho Humano e integra el contenido del derecho a la educación (sentencia de la CIDH Guzmán Albarracín c. Ecuador), por lo que el acceso a una educación sexual informada, científica, acorde a la edad de niños, niñas y adolescentes es un derecho que los Estados deben garantizar. Esto se vuelve especialmente complejo y urgente de abordar en un contexto regional donde, si bien hubieron avances legislativos, distintos condicionantes político-económicos y la influencia negativa de grupos anti ESI no permiten su garantización efectiva perpetuando los abusos a infancias y adolescencias.

El Estado argentino llevó adelante grandes avances ajustando su normativa interna, particularmente en el lapso de los años 2002-2023, que robustecieron la legislación en materia de acceso a derechos en la infancia y adolescencia, sobre todo para la ESI. Algunas de estas normas están referidas a Derechos Sexuales y (no) Reproductivos (como la Ley N° 25.673 del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable -2002- y el Plan Nacional de Prevención y Reducción del embarazo no intencional en la adolescencia (Plan ENIA) -2017-); a la Protección Integral de las infancias y adolescencias (como la Ley N° 26.061 Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes -2005-, la Ley N° 26.206 Educación Nacional -2006-, y la Ley N° 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral -2006-), y a la Prevención de las violencias (como la Ley N° 26.485 Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales -2009-, la Ley N° 27.234 Violencia de Género. “Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género” -2015-, y la Ley N° 27.610 Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo -2020-).

La sanción de todo este corpus normativo ajustando la normativa doméstica a los estándares internacionales trae aparejado algo que parece obvio pero que, sobre todo en esta época, no lo es tanto: la necesidad de financiamiento para garantizar todos esos derechos. En relación con esto, durante los últimos dos años se evidenció un vaciamiento sostenido de la función que hace a toda política de gobierno, como lo es la creación, promoción y financiamiento (no solo en materia educativa y de ESI, por cierto).

Sobre esto dieron cuenta diversas organizaciones de la sociedad civil a través de informes que fueron presentados en las sesiones del Comité de CEDAW. Entre ellas se encuentran los elaborados por ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género), por Amnistía Internacional, por CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres), entre otras. Todos esos informes fueron similares en sus conclusiones: en Argentina hay desmantelamiento institucional y presupuestario en materia de género. Ya en septiembre del 2025 en un informe de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) se evidenció una disminución del 24,6% del presupuesto destinado a derechos sociales en la ley de presupuesto 2026.

Podemos afirmar, entonces, que todas estas acciones llevadas adelante se constituyen como un retroceso deliberado en materia de Derechos Humanos por un desmantelamiento presupuestario e institucional en materia de ESI. Esto se evidencia con el no destino de fondos pero también por las sostenidas amenazas de vaciamiento de espacios de formación docente en ESI y el desmantelamiento de programas como el Plan ENIA que había sido pilar en la prevención de embarazos adolescentes no intencionales, por mencionar sólo dos ejemplos sucedidos durante estos últimos dos años. Esto produce, en la práctica, que se tornen inválidas leyes que sin financiamiento no pueden implementarse.

Tomando las observaciones realizadas al informe oficial del Estado así como los informes elaborados por la sociedad civil, el Comité fue bien claro, para casi todos los retrocesos que se evidenciaron, la recomendación es la de financiar las áreas estatales respectivas para poder dar así cumplimiento. Por ejemplo:

  • Asignar partidas presupuestarias para capacitaciones docentes en materia de ESI, 

  • Reactivar el financiamiento de programas de prevención que tuvieron un impacto positivo en materia de garantía de los derechos de niñas y adolescentes, como el Plan Educar Igualdad y el Plan ENIA de prevención de embarazo adolescente,

  • Adoptar medidas específicas para que niñas embarazadas y las madres adolescentes puedan continuar y completar su educación.

  • Promover el acceso de niñas y adolescentes a carreras STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), así como derribar las barreras de acceso a derechos que las niñas y adolescentes migrantes vienen sufriendo durante los últimos años.

Con lo dicho hasta aquí podemos afirmar que las obligaciones de los Estados en materia de garantía de los Derechos Humanos son tanto positivas como negativas. Son negativas porque son un límite al poder del Estado, y positivas porque permiten fijar marcos para definir, implementar, fiscalizar y evaluar políticas públicas. Durante los veinte años del 2002 al 2023 el estado argentino avanzó en ambos sentidos. Sin embargo, la situación actual de falta de promoción y financiamiento de las políticas puede vaciar de contenido derechos que llevaron décadas conquistar como la ESI.

Citación académica sugerida: Espiñeira, Brenda D. Sin presupuesto no hay derechos: la educación sexual integral en Argentina. Agenda Estado de Derecho. 2026/05/21. Disponible en:  https://agendaestadodederecho.com/sin-presupuesto-no-hay-derechos-la-educacion-sexualen-argentina/

Palabras clave sugeridas: Argentina, Educación Sexual Integral; Política social.

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ACERCA DE LA AUTORA
Brenda Daiana Espiñeira

Abogada y Prof. en Cs. Jurídicas (UBA). Máster en Gobernanza y Derechos Humanos (UAM). Doctoranda en Derecho (UBA). Docente, consultora e investigadora en temáticas de Derechos Humanos, Género y Educación.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.