No es hora de callar: reflexiones tras la sentencia de la Corte IDH en el caso Bedoya Lima vs. Colombia

29 de Noviembre de 2021
No es hora de callar: reflexiones tras la sentencia de la Corte IDH en el caso Bedoya Lima vs. Colombia
Crédito foto: Colprensa

¿Qué representa la sentencia de la Corte IDH en el Caso Bedoya Lima para Colombia y la región latinoamericana?

El caso Bedoya Lima y otra Vs Colombia, recién fallado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, Corte IDH), representa un gran avance en relación con la jurisprudencia sobre violencia sexual y ataques a periodistas en Colombia, con un enfoque particular sobre las violencias basadas en género contra mujeres que ejercen esta profesión.

Violencias cometidas contra Jineth Bedoya

Jineth Bedoya, periodista colombiana, fue secuestrada por paramilitares frente a una cárcel de Bogotá, Colombia, el 25 de mayo del año 2000. Como fue señalado en la sentencia de la Corte IDH, Bedoya venía trabajando con personas que se encontraban privadas de su libertad en dicha cárcel, con la finalidad de visibilizar su situación social y denunciar sus condiciones de vida insalubres e inseguras. Algunas de estas personas, vinculadas a grupos armados, se convirtieron también en sus fuentes para notas periodísticas. El día de los hechos estaba citada para hablar con uno de los reclusos sobre un motín ocurrido en días anteriores, que dejó más de 30 personas fallecidas.

Antes de entrar al penal, Bedoya fue secuestrada, sacada de la ciudad y llevada a un sitio en donde enfrentó actos de  tortura y violencia sexual contra ella, hasta dejarla abandonada en la vía. Sus agresores le dejaron claro que esta era una retaliación por sus investigaciones sobre lo ocurrido en la cárcel y, en particular, el accionar del paramilitarismo en Colombia. Además de estas graves violaciones a sus derechos, Bedoya vivió un proceso re victimizante desde ese momento en sus trámites para acceder a la justicia.

Demoras de hasta 10 años en la recolección de pruebas, expedientes perdidos, verse obligada a contar 12 veces su historia ante entidades públicas, recibir la exigencia de adelantar ella misma la investigación y proveer información al respecto, son algunas de las situaciones re victimizantes que vivió Bedoya y que agravaron el impacto de los hechos en su vida. Si bien Jineth Bedoya decidió continuar con su carrera periodística, y siempre ha estado vinculada a medios de comunicación del país, como lo reconoció la Corte IDH, los impactos de los hechos  han sido profundos en su vida personal y en el acceso a justicia.

La sentencia de la Corte

Unos meses después de cumplirse 21 años de los hechos, y después de dos décadas de investigaciones internas  y diez años de proceso en el Sistema Interamericano, la Corte IDH declaró responsable al Estado colombiano por la violencia ejercida contra la periodista Bedoya, en una sentencia que deja un precedente clave en relación con el estándar de la protección a periodistas que ejercen su labor en contextos de riesgo y la atención a víctimas de violencia sexual.

Algunos elementos clave de la decisión de la Corte son:

1) Reconoce que el conflicto armado colombiano genera una situación de riesgo para quienes ejercen el periodismo en el país. La decisión de la Corte señala que, conforme a antecedentes reportados en casos como Carvajal Carvajal vs. Colombia, y los peritajes allegados al caso, es posible declarar probado un contexto de violencia sistemática contra periodistas, con formas particulares de violencia contra las mujeres que ejercen esta profesión, tales como la violencia sexual, con impactos específicos en su desarrollo profesional. De hecho, el Tribunal cita a la experta Catalina Botero Mariño, cuando señala: al silenciar a las mujeres periodistas se silencian también aquellas historias que usualmente solo cuentan las mujeres” (párr. 113).

2) Reitera el reconocimiento de la violencia sexual como una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible contra las mujeres en el contexto del conflicto armado colombiano; identificando que algunas de sus formas afectan los derechos reproductivos (párr. 46). En ese mismo sentido, reconoce que la impunidad es uno de los problemas centrales que enfrentan las víctimas de violencias sexuales en Colombia. Al respecto, la Corte señala que: “A lo anterior se suma el hecho de que la violencia dirigida contra las mujeres ha sido afectada por un “triple proceso de invisibilidad oficial y extraoficial, silencio por parte de las víctimas, e impunidad de los perpetradores” (párr. 47).

3) Establece la responsabilidad directa del Estado colombiano por la persecución y castigo a periodistas que investigan crímenes de Estado en Colombia y deja sentada la necesidad de investigar las acciones desarrolladas directamente por agentes del Estado para facilitar el secuestro y agresión sexual a Jineth Bedoya Lima. En este punto, la Corte afirma: “tras analizar los alegatos esgrimidos por las partes y la Comisión, así como la prueba allegada al Tribunal, la Corte advierte la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000” (párr. 98).

4) Ordena reparaciones de carácter colectivo con miras a una política pública de prevención y atención a víctimas de violencias sexuales en Colombia, y la creación de un espacio físico que les pertenezca, les permita reunirse y generar acciones que faciliten la memoria sobre su experiencia. También ordena la creación de un sistema de información ordenado que dé cuenta de las cifras unificadas de violencias sexuales y violencias contra periodistas (párr. 163 y ss).

El impacto de la sentencia para Colombia y la región

Sin duda alguna, esta decisión de la Corte IDH se traduce en jurisprudencia que debe ser un punto de partida “mínimo” para los Estados parte de la Convención Americana en relación con la protección a periodistas, acciones a desarrollar en casos de violencias sexuales, estándares de prueba especiales que aplican en estas situaciones, y las reparaciones individuales y colectivas a ejecutar.

La sentencia Bedoya Lima vs. Colombia reafirma la dicho en la decisión de Carvajal Carvajal vs. Colombia en 2018, en relación con el contexto de violencia contra periodistas en Colombia, la falta de un sistema adecuado para la atención de ataques a personas que ejercen esa profesión, y las irregularidades en los procesos jurídicos por estos hechos.

Justamente esta decisión va un paso más allá en la jurisprudencia de la Corte Interamericana  sobre protección a periodistas, cuando resalta de forma clara la necesidad de contemplar medidas de reparación que impliquen también la prevención de violencias sexuales contra mujeres en la profesión, analiza las dimensiones de género de los ataques a periodistas en Colombia, y establece la necesidad de construir estadísticas claras al respecto.

También es posible ver avances en esta sentencia cuando se ordena la implementación de políticas para atender a las víctimas de estos delitos, y crear espacios físicos para la memoria de hechos de violencia sexual. Podría incluso decirse que esta decisión añade al estándar interamericano de protección a periodistas  la perspectiva de género, el análisis de riesgos especiales para mujeres en este oficio, y la necesidad de la participación de las víctimas en la construcción de espacios de memoria sobre los hechos que vivieron.

La implementación de este fallo y todas sus medidas de reparación, son una oportunidad para el Estado colombiano para saldar la deuda con las víctimas de violencias sexuales en el país, y crear una política de prevención y atención digna para ellas, de forma que se sientan respaldadas por quien tiene la obligación de protegerlas.

La persistencia y profunda valentía de Jineth Bedoya, quien creó la campaña “No es hora de callar”, ha puesto sobre la mesa la necesidad de hablar de la experiencia de quienes son víctimas de violencias sexuales y ha llevado a que los Tribunales Internacionales como la Corte Interamericana insten a los Estados parte a tomarse en serio la prevención y atención de las violencias sexuales –que han terminado por normalizarse en contextos como el latinoamericano–. También ha dejado en evidencia los impactos específicos enfrentados por las mujeres que ejercen el periodismo y ha permitido que la voz de muchas mujeres pueda ser escuchada.

Que esta decisión continúe el camino de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para proteger a las mujeres vivir en entornos menos violentos, y ejercer su profesión o actividad sin que esto implique un riesgo de vivir violencias basadas en género.

Citación académica sugerida: Alejandra Coll Agudelo & Cristina Rosero Arteaga. No es hora de callar: reflexiones tras la sentencia de la Corte IDH en el caso Bedoya Lima vs. Colombia. Agenda Estado de Derecho. 2021/11/29. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/sentencia-de-la-corte-idh-en-el-caso-bedoya/

Palabras clave: Corte IDH, Bedoya, Lima, Colombia.

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ACERCA DE LAS AUTORAS
Alejandra Coll Agudelo

Abogada, Magistra en Estudios de Género, investigadora en derechos de las mujeres. Actualmente es asesora de incidencia en el Centro de Derechos Reproductivos.

Cristina Rosero Arteaga

Abogada, Máster en Derechos Humanos, Democracia y Globalización. Actualmente es asesora legal en el Centro de Derechos Reproductivos.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.