En conmemoración del Día Mundial de la Salud Mental, este artículo destaca la salud mental como un derecho humano, enfatizando el desafío de superar la discriminación y el estigma asociados a la discapacidad.
El pasado 10 de octubre se celebró el día mundial de la salud mental, cuyo lema fue que la salud mental es un derecho humano universal, el cual puede ser ejercido por todas las personas, sin discriminación. Pese a esto, sigue siendo un gesto valiente, en un contexto en que se considera a la discapacidad como una tragedia, estar bien, sentir –mostrar– que se habita cómodamente un cuerpo, una identidad. Podríamos incluso hablar que constituye una práctica de resistencia acceder a un estado de bienestar integral si se tiene un problema de salud mental o una discapacidad, porque resulta contraintuitivo, dada la comprensión del fenómeno de la discapacidad y la falta de eficacia e implementación de la salud mental como un derecho.
Sobre la comprensión de la discapacidad, esta se ha entendido como un fenómeno caracterizado por el defecto, la diferencia o la deficiencia, y ha conllevado a la generación de estigmas y de medidas para su ocultamiento o curación. Desde un enfoque radical, está el modelo de la prescindencia en el que la discapacidad es un castigo o una maldición, que hace del sujeto un objeto que se debe ocultar, eliminar o aislar de la sociedad. Desde un enfoque biomédico, en cambio, la discapacidad es un fenómeno biológico que puede tratarse a través de prácticas de normalización mediante la rehabilitación u ocultamiento de la diferencia. Asimismo, este último enfoque, aunque reconoce humanidad en las personas con discapacidad, no reconoce el estatus de sujeto de derecho, principalmente porque la deficiencia opera como una restricción de derechos. Pese a las distinciones de ambos modelos, hay un aspecto común y es que la discapacidad es un problema del individuo y no de la sociedad.
Sin embargo, desde el enfoque de derecho, y particularmente desde la adopción de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)–en cuya redacción por primera vez participaron tantas personas activistas–, la discapacidad dejó de observarse como un defecto o un fenómeno puramente biológico e individual, para considerarse como un fenómeno especialmente social. El problema de la discapacidad, en este sentido, no es la deficiencia de la persona, sino que es de la sociedad que no soporta ese desajuste, en el cuerpo, en la forma de hablar, en la comunicación, en el reconocimiento de la humanidad de las personas con discapacidad como un igual. La discapacidad, entonces, para un modelo social y con enfoque de derechos deja de ser una tragedia, porque, por el contrario, la tragedia está en el mito de la normalidad, que trasciende a la discapacidad.
Lamentablemente, la persistencia de la medicalización en nuestras prácticas cotidianas dificulta la apertura a un modelo social de la discapacidad, porque estamos acostumbrados a ver que los problemas son individuales, cuando estamos llenos de determinantes sociales y dispositivos que modelan nuestras conductas. Por lo mismo, existir con discapacidad ya es un acto de coraje, sobre todo cuando el estigma, como un dispositivo social, se internaliza en las personas incentivándolas a esa extenuante carrera moral que explica Goffman en su libro “Estigma. La identidad deteriorada” (1963).
En cuanto a la comprensión de la salud mental como un derecho humano universal, también se observan múltiples complejidades. Ello porque el estatus de derecho no solo implica el goce de un derecho, sino que también su ejercicio, por ejemplo, a través de la exigencia de cobertura en prestaciones de salud mental que se equipare a las de salud física, del acceso a atención de calidad y oportuna, de la promoción de espacios de trabajo no discriminatorios y amenos para el bienestar de los trabajadores, etc. Sin embargo, la garantía de promoción, prevención, protección y recuperación en el área de la salud mental como derecho humano universal aún dista mucho de ser efectiva. Algunas de las razones que se pueden aducir son, precisamente, la persistencia de la medicalización y la fragilidad del enfoque de derechos en estos temas.
Por un lado, existe una fuerte creencia que la salud mental es el pariente pobre de los asuntos de salud, cuando la finalidad es equiparar el trato e incluso más, pues los problemas de salud mental no solo son de salud, sino que también del intersector (vivienda, educación, trabajo, desarrollo social, etc.). Esa creencia ha provocado que se diseñen pocas políticas públicas y de destine menos presupuesto público en el ámbito de la salud mental. Por otro lado, se cree que los problemas de salud mental son relevantes solo en la medida que se tornan incontrolables y requieren de una intervención coercitiva, a través de prácticas todavía recurrentes en la región latinoamericana, como la sujeción a terapias electroconvulsivas involuntarias u hospitalizaciones psiquiátricas forzadas. De este modo, se descuida la prevención y promoción de la salud mental y solo se le da relevancia cuando se requiere de intervenciones complejas.
También se descuida la recuperación e inclusión de las personas con problemas de salud mental y discapacidad en la sociedad, al mantenerse figuras asilares como los hospitales psiquiátricos y al no asegurar la protección de los derechos de las personas que se encuentran residiendo en dispositivos de salud mental como hogares y residencias protegidas. Esto último porque, entre otras carencias, no existe un organismo de protección especializado, independiente y con facultades sancionadoras que supervise estos dispositivos.
Por todo lo anterior, si ya es difícil afirmar que fácticamente se ejerce el derecho a la salud mental y se operacionaliza en prácticas que permiten su ejercicio, más difícil aún es sostener que el derecho a la salud mental es ejercido por personas con discapacidad cuyo estatus como sujeto de derecho sigue siendo cuestionado.
Sin embargo, si nos tomamos en serio el enfoque de derechos y el modelo social de la discapacidad, hay que considerar que no solo la salud mental es un derecho humano básico para las personas con discapacidad, sino que también lo son los derechos de la capacidad jurídica, del acceso a la justicia, del consentimiento informado, del no ser hospitalizados sin o contra la voluntad, entre muchos otros. Pero también, el modelo social nos explica que el acceso al bienestar integral para ningún ser humano debería estar restringido por barreras sociales, pues los daños que genera pueden ser irreversibles.
La adopción de este enfoque es crucial para el Sistema Internacional de Derechos Humanos, sobre todo el latinoamericano, en el que aún persisten tratados como la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, la cual en su artículo 1 inciso final dispone como no discriminatoria una figura tan cuestionada y restrictiva de derechos como lo es la interdicción. Es de esperar que este enfoque contribuya a las modificaciones normativas pertinentes tanto a nivel internacional, como a nivel local. Lo anterior, a través de legislaciones exclusivas sobre salud mental, aplicables en fallos judiciales y decisiones administrativas que afecten a personas con discapacidad y personas usuarias de salud mental, cuando se vean expuestas a la aplicación de tratamientos involuntarios, a dudas sobre su consentimiento informado y capacidad de consentir, para la determinación de voluntades anticipadas y tantos otros temas que abarca este enfoque.
Como reflexión final, me gustaría acotar lo importante que hubiera sido en mi adolescencia, e incluso ahora en mi adultez, sentir que poder tener un cuerpo gordo no es una catástrofe, sino un problema social que continúa con el estigma. O cuanto me gustaría haber sabido que es difícil llegar al bienestar si trabajas sin descanso, si conservas lazos familiares que te hacen sentir triste, si sientes culpa cada vez que comes, si abandonas espacios de placer dominados por el discurso de que estas mejor vomitando, siendo muy delgada, haciendo siempre cosas. La tragedia no es la discapacidad, no es el cuerpo, sino que son las inagotables prácticas de ajuste exigidas directa o subrepticiamente que impiden algún grado de bienestar. Y el coraje, creo, es resistir a algunas de esas prácticas y exigir el ejercicio de derechos humanos tan importantes como el de la salud mental.
Citación académica sugerida: Purán, Violeta. El bienestar como coraje: la importancia del modelo social de la discapacidad en el ejercicio del derecho a la salud mental. Agenda Estado de Derecho 2024/01/16. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/modelo-social-de-la-discapacidad-en-el-ejercicio-del-derecho-a-la-salud-mental/
Palabras clave: Discapacidad – salud mental– bienestar integral – estigma.
Abogada, Universidad de Chile. Secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Protección de las Personas con Enfermedades Mentales (CONAPREM), del Ministerio de Salud de Chile. Magíster y candidata a doctora por la Universidad Austral de Chile y estudiante asociada al Núcleo Milenio DISCA.
Comparte tu trabajo o perspectiva con nosotros, sigue las opciones dando clic en el siguiente botón.
Para saber a profundidad lo que pasa con los derechos humanos en América Latina y el Estado de Derecho suscríbete a nuestro boletín digital.
Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.