María Corina Machado: ¿legítimamente inhabilitada o arbitrariamente neutralizada?

4 de Abril de 2024
María Corina Machado: ¿legítimamente inhabilitada o arbitrariamente neutralizada?
Foto. Flickr

¿La inhabilitación de María Corina Machado es convencional? La autora analiza las decisiones proferidas en Venezuela y su impacto en los derechos políticos

Desde hace décadas, el gobierno de Venezuela ha dirigido esfuerzos constantes para reducir cada vez más el espacio democrático. Las personas opositoras o los grupos calificados como disidentes han sido el blanco de una política de represión, criminalización, detenciones arbitrarias e incluso de la imposición inconstitucional e inconvencional de inhabilitaciones políticas por vía administrativa. El objetivo es claro: neutralizar a la disidencia política –especialmente la que cuenta con apoyo popular- para allanar el camino a la perpetuación en el poder de quienes lo detentan desde hace más de dos décadas.

En ese sentido, las inhabilitaciones políticas han sido instrumentalizadas y se han convertido en una herramienta para “sacar del camino” a dirigentes opositores que tengan alguna aspiración política y que a su vez, puedan resultar una amenaza a los intereses de quienes conforman el gobierno venezolano. Por ello, de cara a las elecciones presidenciales pautadas para el año 2024, las inhabilitaciones políticas –especialmente la que pesa sobre María Corina Machado- han tenido un rol tan protagonista como alarmante. (Recomendado: Inhabilitaciones políticas por vía administrativa: otro atentado a la democracia de Venezuela)    

Antecedentes de la inhabilitación en contra de María Corina Machado

En 2014, la señora Machado fue arbitrariamente destituida de su cargo de Diputada a la Asamblea Nacional bajo el argumento de haber “traicionado a la patria”, por haber expuesto la situación de los derechos humanos en Venezuela durante una sesión del Consejo Permanente de la OEA. Pocos meses después, también fue objeto de, lo que considero, una inconstitucional e inconvencional inhabilitación política emitida por la Contraloría General de la República.

Así, fue inhabilitada para el ejercicio de cualquier cargo público durante un año, impidiéndole postularse y ser electa nuevamente como diputada a la Asamblea Nacional en las elecciones que se celebraron a finales del año 2015. Esta inhabilitación, emitida en el marco de un procedimiento administrativo irregular, venció en julio de 2016 y no fue hasta el año pasado (2023), que en el marco del fortalecimiento de su candidatura a la elección presidencial, empezaron a emitirse amenazas de una nueva inhabilitación política en su contra.

¿De dónde salió la “nueva inhabilitación” en contra de María Corina Machado?

Los procesos electorales en Venezuela durante las últimas dos décadas se han caracterizado por ser irregulares, no contar con las garantías mínimas previstas e incluso, por la declaración de ilegalidad de determinados partidos políticos así como la inhabilitación de decenas de candidatos opositores. En otras palabras, los derechos políticos de los venezolanos como electores y como personas susceptibles a ser electas han sido sistemáticamente menoscabados.

Como bien es sabido, la celebración de las elecciones presidenciales para el período 2025-2031 está prevista para este año. Frente a este escenario y debido al alcance de la candidatura de María Corina Machado, en junio de 2023, la Contraloría General de la República –un órgano dependiente y parcializado– amenazó sobre la existencia de una nueva inhabilitación en su contra.

Sí, una amenaza.  En esta ocasión, siquiera se trató de una decisión emitida en el marco de un procedimiento sancionatorio de naturaleza administrativa. Esto, aunque resultase abiertamente inconstitucional e inconvencional, habría sido, mínimamente una fachada que respondiese a la práctica reiterada del gobierno venezolano para neutralizar a cualquier figura política que le resulte incómoda o inconveniente.

En esta ocasión, esta presunta inhabilitación se conoció mediante una solicitud de información realizada por un diputado oficialista de la Asamblea Nacional a la Contraloría General sobre si sobre María Corina Machado pesaba o no alguna sanción de esta naturaleza. Como respuesta, fue emitido un documento firmado por el Director General de Procedimientos Especiales de este órgano, el cual informaba al diputado sobre la existencia de una supuesta inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por 15 años en contra de la señora Machado.

No obstante, esta supuesta “inhabilitación” se produjo (i) sin la tramitación de un procedimiento previo conforme al debido proceso; (ii) sin haberle notificado sobre el inicio de una nueva investigación o procedimiento en su contra (art. 8 CADH y art. 49 CRBV); y (iii) en abierto desconocimiento del ordenamiento jurídico (art. 170 LOAP). En otras palabras, la responsabilidad internacional del Estado venezolano no solo se ve comprometida por tratarse de una restricción ilegítima a un derecho político, sino también, por hacerlo en abierta inobservancia al debido proceso y las garantías judiciales mínimas.

Así, no se trató siquiera de una decisión de naturaleza administrativa –muchísimo menos judicial en el marco de un proceso penal-, lo cual, ya sería abiertamente contrario al artículo 42 de la Constitución venezolana y al artículo 23.1b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Fue aún más bochornoso: se trató de un intento desesperado de inhabilitación emitido a través de una comunicación dirigida a un diputado, al margen de cualquier tipo de procedimiento, que se hizo de conocimiento público debido a su difusión en los medios de comunicación. De ahí, que ello fuese catalogado como una vía de hecho –“acto” viciado de nulidad en virtud de haber sido dictado “por autoridades manifiestamente incompetentes, o con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido”-.

¿A qué trascendió la arbitraria “amenaza” de la Contraloría General?

María Corina Machado, en diciembre de 2023, interpuso una demanda ante el Tribunal Supremo de Justicia, alegando -entre otras cosas- la inexistencia de un acto sancionatorio en su contra y solicitando en consecuencia, que se dejase sin efectos el documento emitido por la Contraloría, al tratarse de una vía de hecho. Ello se dio en el marco de las negociaciones para el Acuerdo parcial de Barbados, en donde, el gobierno venezolano se comprometió a revisar las inhabilitaciones políticas a través de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, que decidiría definitivamente sobre el asunto.

Así, pese a la abierta falta de independencia del Poder Judicial, se acudió al máximo tribunal venezolano para dar cumplimiento al acuerdo parcial, el cual ratificó la inhabilitación en su contra. No obstante, este (i) no garantizó su derecho a la defensa, (ii) negó constantemente el acceso al expediente a la señora Machado, por lo que tanto ella, sus abogados ni cualquier persona interesada pudo conocer de las actuaciones ni del contenido de los documentos anexados al expediente por parte de la Contraloría, entre ellos, la supuesta copia certificada de los “actos administrativos” que presuntamente contenían la sanción de inhabilitación por 15 años en su contra; y (iii) hasta la fecha, no se conoce el contenido íntegro de la sentencia, toda vez que no ha sido publicada, ni tampoco ha sido notificada formalmente a María Corina Machado, por lo que se “desconocen” los motivos de la Sala para arribar a su decisión.

¿Cuál es la gravedad de todo esto?

Aunque no se conozca el contenido de la sentencia, considero que la finalidad de mantener una inhabilitación inconstitucional, inconvencional y fabricada al margen del debido proceso en contra de María Corina Machado -aun cuando solo dos personas permanecieron arbitrariamente inhabilitadas luego de este proceso de revisión- es suprimir sus derechos políticos para impedir su participación en cualquier proceso electoral. Así, desde mi perspectiva, lejos de existir elecciones libres y con las debidas garantías, el gobierno venezolano pretende asegurar su perpetuación en el poder eligiendo quién puede o no enfrentarse a él.

En Venezuela, el espacio democrático es casi inexistente, y lo poco que sobrevive es perseguido y criminalizado. Las voces disidentes son neutralizadas. La persecución política y la represión se ha convertido en un patrónEn este escenario, la inhabilitación de una persona es también una amenaza a los derechos de todos los que aspiramos a vivir en una sociedad democrática. Cuando no podemos elegir y solo se nos permite votar, nuestros derechos políticos también se ven arbitrariamente restringidos.

Citación académica sugerida: Díaz De Freitas, Roselis. María Corina Machado: ¿legítimamente inhabilitada o arbitrariamente neutralizada? Agenda Estado de Derecho. 2024/04/04. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/maria-corina-machado/

Palabras clave: inhabilitación política, elecciones, Venezuela.

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ACERCA DE LA AUTORA
Roselis Díaz De Freitas

Abogada egresada de la Universidad Católica Andrés Bello (2023) con Estudios Avanzados en Derechos Humanos y Diplomatura en Derecho Constitucional Latinoamericano. Asistente académica en las cátedras de Derechos Humanos y Derecho Constitucional (UCAB). Abogada en Consultores Jurídicos: Ayala, Dillon, Fernández, Chavero.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.