En marzo, el presidente Bolsonaro sancionó la ley que regula la compra de vacunas por parte de los estados, los municipios y las empresas. Después de un año de su renuencia a apoyar las medidas preventivas de contagio, de su negación de la gravedad de la pandemia, y de su omisión, sigue adoptando un discurso ambiguo en el que, por un lado, parece asegurar el carácter innecesario de la compra de vacunas, pero por el otro lado, se ve presionado para permitir que otras entidades las compren.
En virtud del texto aprobado, durante el periodo de vacunación de los grupos prioritarios, el sector privado debe transferir todas las dosis adquiridas al sistema sanitario público. Y tras este periodo, el sector privado puede quedarse con la mitad de las dosis, siempre que esta mitad se aplique de forma gratuita.
La legislación aprobada deja dudas sobre su capacidad para abordar el grave problema del retraso en la inmunización. En particular, no puede perderse de vista que existe un problema de suministro global. Este escenario genera efectos reforzados en Brasil, si se tiene presente que el presidente se ha negado a negociar la compra de vacunas en tiempo y forma. Sin duda, en relación con las posibilidades de adquisición de vacunas, nos hemos quedado atrás. En el presente artículo, abordamos los puntos más álgidos sobre la ‘privatización’ de las vacunas en Brasil.
El Plan Nacional de Operacionalización de la Vacunación contra el Coronavirus fue finalmente anunciado el 16 de diciembre de 2020. En éste, se garantizaba el suministro de 354 millones de dosis de la vacuna. Pero, un poco más de dos meses después del anuncio, se han vacunado tan solo alrededor de seis millones de personas, o sea, casi el 3% de la población de Brasil.
A pesar del Plan, la vacunación se interrumpió en varias ciudades por falta de dosis. Así, se inició un debate sobre la posibilidad de que el sector privado adquiriera e inoculara las vacunas. El Presidente afirmó que no se impediría al sector privado ofrecer la vacuna, bajo la justificación de que la red privada ayudaría a descargar el sistema público. Esta postura no es la más adecuada y viola las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos, especialmente a la igualdad y a los derechos sanitarios.
La eficacia del plan de vacunación depende de que se encuentre bajo el control de un gobierno federal, pues es el que puede garantizar una distribución equitativa de las vacunas, asegurando que lleguen a los lugares más remotos, donde la infraestructura requiere estrategias más elaboradas. Por lo tanto, incluso en los países en los que no hay cobertura sanitaria estatal, es el gobierno central el que ha organizado y asumido la responsabilidad de aplicar un plan de inmunización. Este es el procedimiento que garantiza que las personas que se encuentran en grupos de riesgo sean las primeras en recibir la vacuna, y no los que pueden pagar por ella. Además de eso, en un país en el que solo el 60% de los hogares están inscritos en una Unidad de Salud Familiar y menos del 30% de la población tiene un plan de salud, el impacto generado por la disponibilidad de la inmunización en el sistema privado sería muy pequeño.
La escasez mundial de insumos para la producción e inoculación de vacunas lleva al dilema de desviar las vacunas al sistema privado y abrir la posibilidad real de que las personas del grupo de riesgo que no puedan pagar la vacuna no reciban la inmunización, en contra de los protocolos acordados internacionalmente. Este es el escenario perfecto para la profundización de las desigualdades ya existentes en el país.
Es cierto que el desarrollo de una vacuna es un negocio muy costoso y que estas cantidades de dinero son más fáciles de conseguir por el sector privado que financia la investigación con la esperanza de beneficiarse de su venta y, por lo tanto, sin ningún vínculo sobre el destinatario de la vacuna. Ahora bien, la ley de la oferta y la demanda establecerá quién comprará y pondrá a disposición la vacuna, abriendo la posibilidad de que las personas que puedan pagarla se vacunen primero. De ello se desprende la pertinencia de la acción del Estado para regular la situación.
La omisión del Estado brasileño y la negación de la importancia de las medidas de prevención del contagio y de la vacuna representa el incumplimiento de una obligación internacional de protección del derecho humano a la salud. Además de la obligación del Estado de proteger, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU reconoce la responsabilidad de las empresas de respetar los mismos derechos, por medio de los Principios Rectores para Empresas y Derechos Humanos (PR).
A pesar de la ausencia de normas vinculantes que obliguen a las empresas a ser responsables cuando su conducta esté relacionada con el derecho a la salud, es legítimo preguntarse si la pandemia no es motivo suficiente para exigir —y no sólo esperar— que las empresas adopten una conducta que no profundice las desigualdades. Puede parecer loable la intención de algunas empresas de adquirir vacunas para, por ejemplo, garantizar la inmunización de sus empleados. Pero esta situación implica una violación del derecho a la igualdad que exige que las personas diferentes reciban un trato diferente. Existe un orden de prioridad para la inmunización que no se formula en función de la situación económica de las personas. Además, al permitir que el sector privado compre la vacuna, el Estado se verá perjudicado al tener menos capacidad financiera, quedándose con un menor número de dosis.
Los Principios Rectores (PR) están lejos de ser la solución a todos los problemas relacionados con las empresas y los derechos humanos. Sin embargo, en este caso, parece que pueden indicar un buen camino. En primer lugar, reiteran que el deber del Estado de proteger los derechos humanos es una regla de conducta. En una pandemia, este deber implica tomar todas las medidas legales y/o administrativas y/o de otro tipo que puedan asegurar la inmunización de toda la población, con especial atención a los grupos prioritarios. Pues bien, el Estado cumple con este deber cuando crea oportunamente un plan de vacunación con claridad sobre el orden de inmunización, actuando para firmar los contratos necesarios para la adquisición de vacunas e insumos necesarios para la inoculación, y asegurando la infraestructura necesaria para la ejecución del plan.
Las empresas, tienen la responsabilidad de no violar los derechos humanos, por lo tanto deben abstenerse de comprar vacunas y suministros de inoculación porque distorsiona el plan de suministro de vacunas a quienes pueden pagarlas, en detrimento de quienes sólo pueden ser atendidos por el Estado. En general, faltan insumos para el desarrollo y la aplicación de vacunas, y la participación del sector privado en la distribución de vacunas reduce las dosis disponibles para el Estado. Al hablar del contexto en el que operan las empresas, los comentarios al PR 23 establecen que, si el Estado no adopta medidas para conducir la conducta de las empresas al respeto de los derechos humanos, éstas siguen manteniendo su responsabilidad.
La aprobación de una legislación que simplemente permita la intervención del sector privado en la adquisición y distribución de vacunas implicaría una violación de las responsabilidades del Estado y de las empresas. La ley aprobada se enfrenta a la inercia del gobierno federal al permitir a los gobiernos locales negociar la compra de las vacunas. Además, parece sortear el riesgo de un trato desigual a los que tienen prioridad de trato frente a los que tienen condiciones económicas para pagar. Sin embargo, cuando la legislación condiciona la posibilidad de adquisición de dosis por parte del sector privado a su entrega al sistema público, se reduce el compromiso del sector privado. Ante la falta de planificación del gobierno federal para garantizar la salud de la población, los brasileños sólo pueden esperar que la nueva legislación pueda dar los frutos, en forma de vacuna, tan necesarios para el mantenimiento de la vida.
Citación académica sugerida: Pamplona, Danielle ; de Queiroz Barboza, Estefânia Maria: Compra de vacunas por el sector privado en Brasil: falta de planificación y dilema ético, 2021/03/19, https://agendaestadodederecho.com/compra-de-vacunas-por-el-sector-privado-en-brasil-falta-de-planificacion-y-dilema-etico
Profesora de Derecho Constitucional y Derechos Humanos en la Pontificia Universidad Católica do Paraná – PUCPR, programas de grado y posgrado en Derecho. Es Pos-doctora en la American University (Washington, DC). Investigadora visitante en el Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law, Heildelberg. Coordinadora de la Clínica de Derechos Humanos de PUCPR. Sub-directora de la Academia Latinoamericana de Derechos Humanos y Empresas.
Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad Federal de Paraná y Centro Universitario Internacional, programas de grado y posgrado en Derecho. Tiene una Maestría y un doctorado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Paraná. Investigadora visitante en el Osgoode Hall Law School, Canada, 2008-2009. Profesora visitante en la Universidad de Toronto (2016), en la Universidad de Palermo e Messina, Italia (2019). Copresidenta de la Asociación Italiano-Brasileña de Profesores de Derecho Administrativo y Constitucional (AIBDAC). Copresidenta del ICON-S Brasil.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.