La jurisdicción de la Corte Interamericana sobre Venezuela
3 de Septiembre de 2025

¿Qué significa que la Corte IDH haya reafirmado su jurisdicción sobre Venezuela? El autor analiza la ratificación retroactiva de la Convención y sus efectos en un contexto de erosión democrática.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en su Sentencia de 21 de agosto de 2025, en el caso Chirinos Salamanca y otros, desechó las excepciones preliminares presentadas por el Estado venezolano y confirmó su competencia para conocer de las violaciones imputables a Venezuela con fundamento en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (la Convención).
La sentencia es mucho más que una decisión interlocutoria sobre excepciones preliminares, pues analiza las condiciones únicas sobre las cuales Venezuela ratificó la Convención en 2019, con efectos retroactivos, luego de que el Gobierno de Chávez, en medio de un retroceso democrático, denunciara inconstitucionalmente la Convención, en 2012.
Con lo cual, estamos ante una sentencia inédita, que analiza aspectos tradicionales del Derecho internacional público —como la ratificación de tratados y el servicio de depósito— desde el prisma de los derechos humanos, en especial, en el marco de retrocesos democráticos.
El 10 de septiembre de 2012, el Gobierno de Hugo Chávez denunció la Convención. A pesar de la inconstitucionalidad de esa denuncia, realizada en medio de graves violaciones a derechos humanos, ella entró en vigor el 10 de septiembre de 2023, como por lo demás reconoció la Corte IDH.
Como hemos explicado en otro lugar, en enero de 2019 diversos países de la región reconocieron al presidente de la Asamblea Nacional como presidente encargado, con fundamento en el artículo 233 de la Constitución de Venezuela. Como resultado, el Consejo Permanente y la Asamblea General de la OEA reconocieron como representante del Gobierno de Venezuela a quien fuera designado por el presidente encargado.
En consecuencia, el 1 de julio el presidente encargado ratificó, ante la Secretaría General, la Convención con efectos retroactivos, esto es, incluso desde el 10 de septiembre de 2013. La Secretaría depositó la ratificación el 31 de julio, cumpliéndose con ello todos los requisitos desde el Derecho internacional público para que Venezuela fuese considerada —de nuevo— Estado parte de la Convención.
Como explicamos aquí, la Comisión Interamericana también reconoció como representante de Venezuela a quien fuera designado por el presidente encargado, aceptado la ratificación y depósito de 2019. Pero la Corte IDH, por el contrario, siguió considerando —incluso hasta 2024— que Venezuela no era Estado parte de la Convención, en virtud de la denuncia realizada en 2012. Ello respondía a que la Corte no había conocido de ningún caso planteado por la Comisión, por violaciones a la Convención luego del 10 de enero de 2013. Hasta el caso Chirinos Salamanca y otros,
El 16 de febrero de 2022, la Comisión Interamericana sometió a la jurisdicción de la Corte el caso Chirinos Salamanca y otros, basado en violaciones a derechos humanos cometidas luego del 10 de septiembre de 2013. El Estado venezolano —representado por el Gobierno de Maduro— planteó excepciones preliminares, basadas principalmente en el desconocimiento del depósito de la Convención realizada en 2019, pues el presidente de la Asamblea Nacional, según esta posición, no podía ejercer las facultades de la Presidencia. Indirectamente, estas defensas llevaron el tema del reconocimiento del Gobierno de Venezuela a la Corte Interamericana, como ya había sucedido en distintas controversias en tribunales del Reino Unido y Estados Unidos.
Estas fueron, precisamente, las excepciones consideradas y rechazadas en la sentencia de la Corte IDH de 22 de agosto. En tal sentido, la sentencia puede resumirse en tres principios que marcan un precedente importante en materia de ratificación de la Convención.
El primer principio que la Corte aceptó es que la determinación de cuáles son los Estados parte de la Convención debe efectuarse tomando en cuenta el servicio de depósito de la Secretaría, tal y como explicamos en el amicus que presentamos en este caso (párrafos 49 y 50).
El segundo principio que la Corte IDH sostuvo es que, en caso de disputas sobre la organización que puede representar a Venezuela ante el Sistema, debe prevalecer la decisión de los órganos políticos de la OEA, en especial, el Consejo Permanente y la Asamblea General. Para la Corte, las decisiones de estos órganos aceptando al representante designado por el presidente encargado fueron el resultado de un proceso deliberativo inherente a la institucionalidad de la OEA, cuyo propósito final fue hacer valer la garantía colectiva para garantizar la permanencia en el sistema interamericano, en sintonía con la Opinión Consultiva 26/20, sobre los efectos de la denuncia de la Convención (párrafos 47 y 55).
El tercer principio, y el más relevante, versa sobre la interpretación de la ratificación y depósito, que no solo debe guiarse por el Derecho internacional de los tratados, sino además por el principio pro persona, pilar de la Convención (párrafo 50). Como los profesores Ayala, Goldman, Grossman, Méndez, Martín y Ortiz de American University concluyeron en un extenso amicus, la interpretación sobre la ratificación con efectos retroactivos realizada en 2019 debía tomar en cuenta que la denuncia efectuada en 2012 fue resultado de un contexto de violaciones graves, masivas y sistemáticas de derechos humanos.
Así, y reiterando la citada Opinión Consultiva 26/20, la Corte recordó que la denuncia de la Convención, de acuerdo con el principio de buena fe, no puede realizarse en circunstancias en las cuales la denuncia pueda repercutir, adversamente, en los derechos humanos (párrafo 59). En concreto, cuando la denuncia se realiza en un “contexto de erosión o ruptura del orden democrático o de graves afectaciones al principio de separación de poderes conforme a la Carta Democrática Interamericana y a los estándares desarrollados por esta Corte en su jurisprudencia”, la legitimidad de la denuncia queda comprometida (párrafo 61). La democracia representativa es un principio rector para alcanzar los derechos reconocidos en el Sistema Interamericano, no solo con fundamento en la Convención sino, en general, en la propia Carta de la OEA (párrafo 63).
Precisamente, la denuncia de la Convención por Venezuela, para la Corte, se efectuó en condiciones que reflejaban el “deterioro sostenido de las condiciones institucionales propias de un Estado Democrático de Derecho” (párrafo 66). Citando la sentencia de 10 de octubre de 2024 en el caso Capriles vs. Venezuela, la Corte recordó las condiciones de grave deterioro democrático bajo las cuales la denuncia surtió efectos en 2013 (párrafo 67), todo lo cual reforzó la interpretación que respalda los plenos efectos jurídicos de la ratificación y depósito de la Convención realizada en 2019 por el presidente encargado, con efectos retroactivos (párrafo 68).
La principal lección de la sentencia de la Corte IDH es que la soberanía estatal no puede ser ejercida como un escudo abusivo para eludir las responsabilidades internacionales derivadas del Sistema Interamericano, en contextos de graves retrocesos democráticos impulsados por el constitucionalismo abusivo, en lo que hemos calificado como el Derecho constitucional autoritario-populista. Tal y como la sentencia concluyó, “la denuncia de un tratado de derechos humanos por parte de un Estado que ha suprimido los controles internos y garantías democráticas mínimas contribuye a consolidar la arbitrariedad institucionalizada” (párrafo 65).
De acuerdo con la sentencia, no solo la ratificación y depósito de la Convención, en 2019, cumplió con todas las condiciones derivadas del Derecho internacional público, en concordancia con las decisiones de la Secretaría, el Consejo Permanente y la Asamblea General. Además, esta ratificación fue una medida necesaria para restablecer la plena vigencia de la Convención, frente a la ilegítima denuncia que, en 2012, quiso evadir abusivamente la responsabilidad internacional de Venezuela frente a las sistemáticas violaciones de derechos humanos.
Citación académica sugerida: Hernández, José Ignacio. La jurisdicción de la Corte Interamericana sobre Venezuela. Agenda Estado de Derecho. 2025/09/03. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-jurisdiccion-de-la-corte-interamericana-sobre-venezuela/
Palabras clave: Venezuela, Corte Interamericana de Derechos Humanos, ratificación retroactiva
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Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello y la Universidad Central de Venezuela. Investigador Visitante, Boston College Law School.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.