El artículo reflexiona sobre el enfoque de género en las reparaciones ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como las resistencias que muchas veces enfrentan estas sentencias transformadoras para su cumplimiento.
Dentro de los organismos internacionales de protección de derechos humanos, la Corte Interamericana (Corte IDH) presenta el desarrollo más exhaustivo sobre reparaciones. Por otra parte, en los últimos años, el organismo ha ido ampliando su intervención en temáticas de género, a propósito de numerosos casos vinculados con la discriminación y la violencia que afecta a las mujeres y los colectivos LGBTI en nuestras sociedades. El objetivo de esta nota es presentar el cruce entre ambas líneas jurisprudenciales: el enfoque en reparaciones y el enfoque de género.
La Corte IDH tiene una amplia jurisprudencia sobre reparaciones. Dedica al tema un apartado específico en sus sentencias y es un asunto que forma parte del contradictorio entre las partes. Es decir, la Comisión Interamericana, el Estado y las víctimas no sólo debaten ante la Corte IDH los hechos y las violaciones de derechos humanos, sino también las maneras en las que deben remediarse.
La Corte IDH organiza las reparaciones en diferentes categorías:
i. Medidas de restitución: se dirigen a restituir las cosas, en la medida de lo posible, al estado en el que se encontraban antes de la violación de derechos humanos. La Corte IDH incluye aquí medidas de muy distinto tenor, como dejar sin efecto sentencias judiciales adoptadas en procesos que violaron derechos, reincorporar a trabajadores o funcionarios removidos de sus empleos, restituir tierras a poblaciones desplazadas o posibilitar su regreso a ellas, restituir el goce de ciertos bienes materiales e inmateriales, entre otras.
ii. Medidas de satisfacción: se dirigen a reconocer a las víctimas en el plano subjetivo y a crear conciencia social sobre la violación de derechos. Pueden mencionarse la publicación de las sentencias de la Corte IDH, los pedidos de disculpas a las víctimas y a sus familiares, los actos de reconocimiento de responsabilidad internacional, el diseño de distintos tipos de homenajes (memoriales, placas recordatorias), la provisión de subsidios, becas laborales o de estudio, entre otras.
iii. Medidas de rehabilitación: exigen a los Estados proveer servicios de atención médica, psicológica o psiquiátrica a las víctimas y familiares. Es fácil advertir que las violaciones de derechos humanos generan daños importantes en esa dimensión y por ello la Corte Interamericana contempla esta medida cuando existe voluntad de los beneficiarios.
iv. Medidas de indemnización: exigen a los Estados compensar el daño “material” e “inmaterial” ocasionado a las víctimas. Las sumas de dinero de las indemnizaciones dependen de cada caso, según las violaciones de derechos declaradas y su impacto en los damnificados. La Corte utiliza con frecuencia un criterio de compensación “en equidad” y no se rige por los mecanismos de cuantificación de los sistemas locales.
v. Medidas de investigación y de sanción: se disponen frente a violaciones a los deberes de debida diligencia estatal (art. 8 y 25, CADH). Exigen a los Estados la investigación adecuada de sucesos impunes en el ámbito interno y la eventual sanción de sus responsables.
vi. Garantías de no repetición: exigen a los Estados implementar una amplia gama de medidas para que los hechos juzgados no vuelvan a repetirse. Tienen como objetivo abordar dimensiones estructurales y pueden involucrar modificaciones legislativas o reglamentarias, el diseño y la ejecución de políticas públicas, la capacitación de funcionarios y agentes del Estado, el diseño de protocolos de actuación, la creación de registros estadísticos o la elaboración de planes de acción y de actividades de difusión, entre otras. Aspiran a revertir las condiciones subyacentes que permitieron la violación de derechos humanos.
Todas las medidas reseñadas tienen incidencia en los casos relativos a temáticas de género, con excepción de aquellas de restitución en sentido estricto, generalmente imposibles en función de la naturaleza de los hechos juzgados.
Al respecto, cabe recordar que la mayor parte de la jurisprudencia sobre el tema está anclada en casos de homicidios, violencia sexual y otras graves formas de violencia hacia mujeres y colectivos LGBTI. En lo que se refiere a la satisfacción, la publicación de las sentencias se dispone en todos los casos porque es un criterio general de la Corte IDH. También es recurrente ordenar actos de reconocimiento y de disculpas públicas, que son de enorme valor para las personas afectadas.
En ocasiones, esos actos incluso trascienden las víctimas particulares y tienen condiciones específicas de diseño ancladas en la participación social (ej. “Campo Algodonero”, párr. 472). En cuanto a la rehabilitación, se disponen con suma frecuencia, lo que no resulta sorprendente dada la gravedad de las violaciones de derechos tratadas y el daño que generan. Asimismo, todos los casos en los que se declaran violaciones de derechos humanos se indemnizan, aunque el enfoque de género no ha permeado de modo muy explícito en el razonamiento y cuantificación propios de la medida.
La jurisprudencia sobre temáticas de género incorpora con sumo detalle las medidas de investigación y sanción dentro del acervo reparatorio. La ausencia de debida diligencia estatal para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres ha sido una de las grandes “puertas de entrada” a las temáticas de género en la jurisprudencia interamericana, catalizada por deberes específicos (Convención Belém do Pará, art. 7).
Suelen ser medidas de ejecución compleja, dado el tiempo transcurrido desde los hechos. También se ven dificultades relacionadas con las deficiencias de las investigaciones originales, como ser: demoras en su inicio, pérdida o falta de conservación de las pruebas, ausencia de exhaustividad en las líneas de investigación, sesgos y prejuicios sobre la materia o los involucrados, carencia de independencia e imparcialidad, etc. Finalmente, son medidas que enfrentan en el ámbito interno una posible colisión con garantías de los imputados, como la prescripción, el plazo razonable o el ne bis in idem.
Lo mismo cabe señalar sobre las garantías de no repetición. Constituyen una de las estrategias centrales en casos de afectaciones generalizadas o estructurales, como son aquellas que produce la discriminación y la violencia por razones de género. De hecho, en estos casos la Corte IDH fue más allá y señaló la necesidad de que las reparaciones tengan “una vocación transformadora” de las condiciones que dieron lugar a las afectaciones de derechos (ej. “Campo Algodonero”, párr. 450 y “Atala Riffo”, párr. 267). Es una apuesta ambiciosa, que se enmarca dentro de una intención explícita por fortalecer la democracia y el Estado de derecho, en especial respecto de grupos excluidos.
La Corte IDH ha construido una sólida jurisprudencia sobre reparaciones, que progresivamente se ha nutrido a través de un enfoque de género. Dentro de los casos relativos a la temática, las medidas de investigación y sanción, así como las relativas a medidas de no repetición, se presentan como estrategias remediales con fuerte incidencia.
Este abordaje no está exento de dificultades. Según sus propios registros, la Corte sólo ha archivado 53 casos por cumplimiento y, dentro de ellos, sólo “Artavia Murillo” tiene relación directa con el tema abordado aquí.
Así, los amplios programas de reparaciones ordenados por la Corte IDH, junto con su complejidad, extienden los procesos de supervisión de sentencias, extremo que se verifica no sólo respecto a los casos de género sino que es marca distintiva. Asimismo, los incumplimientos y demoras podrían erosionar la autoridad del tribunal.
Sin embargo, de otro lado, si las medidas de reparación estuvieran condicionadas por lo que los Estados están o no dispuestos a cumplir, o por los ritmos que ellos impongan, su “integralidad” quedaría seriamente comprometida. En otras palabras, dejar de disponer medidas de reparación sólo porque se presume que no van a ser cumplidas o se van a demorar es resignar atribuciones en desmedro de los derechos humanos. Este, en definitiva, es el delicado dilema en el que la Corte IDH debe hacer equilibrio.
Citación académica sugerida: Fernández Valle, Mariano. El enfoque de género en las reparaciones de la Corte Interamericana. Agenda Estado de Derecho. 2024/12/10. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-enfoque-de-genero-en-las-reparaciones-de-la-corte-interamericana/
Palabras clave: Corte Interamericana, enfoque de género, medidas de reparación.
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Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho – ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.