¿Por qué es urgente prevenir y castigar la violencia política contra las mujeres en contextos electorales en América Latina?

30 de Septiembre de 2024
¿Por qué es urgente prevenir y castigar la violencia política contra las mujeres en contextos electorales en América Latina?
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Esta violencia no solo socava los derechos humanos fundamentales de las mujeres, sino también debilita la democracia y la integridad de los procesos electorales. Sigue siendo necesario garantizar que estos actos sean sancionados de manera que se reconozca su impacto directo en la validez de los procesos electorales.

Disponer de un sistema de justicia electoral eficaz es clave para el Estado de derecho y es una garantía fundamental para asegurar que las elecciones sean libres, justas y auténticas, conforme al principio democrático. La justicia electoral en Latinoamérica enfrenta desafíos complejos y multifacéticos en un contexto caracterizado por la diversidad sociopolítica y una alta polarización. Pero, ¿qué pasa cuando las mujeres sufren de manera diferenciada las afectaciones de la violencia política? ¿Qué sucede cuando esas agresiones las saca de la arena pública y las reduce a estereotipos de género?

El aumento de la violencia política en los procesos electorales de la región es cada vez más evidente, manifestándose en intimidaciones, agresiones físicas y simbólicas, e incluso asesinatos de candidatas y candidatos. Las elecciones en México 2023-2024 han sido las más violentas en su historia y se ha visto violencia electoral en otros países de la región como Colombia, Ecuador y Brasil. Es fundamental implementar medidas de seguridad adicionales para prevenir la violencia política, proteger a las candidatas y los candidatos y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos.

La perspectiva de género saca a la superficie la gravedad de esta violencia política para las sociedades democráticas. Aunque se puede notar un aumento de la representación de las mujeres en la política, se han evidenciado más casos de violencia contra ellas.

La violencia política de género en contextos electorales se manifiesta de diferentes maneras, entre las que se incluyen la alteración o el retraso del proceso de votación, la intimidación coercitiva y las amenazas de daño físico, psicológico o sexual. Esta violencia se emplea con el objetivo de lograr fines políticos específicos y puede ocurrir en cualquier fase del ciclo electoral, desde el registro de votantes, la campaña política, la jornada electoral, hasta el anuncio de los resultados y la formación del gobierno.

La violencia política de género es cualquier acción que busca obstaculizar o anular la participación política de las mujeres por su condición de género. Se diferencia de la violencia que enfrentan los hombres porque está basada en prejuicios de género que buscan perpetuar las desigualdades.

Mujeres que participan en la política muchas veces son víctimas de discriminación, por medio de comentarios sexistas y ridiculización de sus propuestas. Muchos partidos en Latinoamérica aún se resisten a proponer mujeres como candidatas presidenciales, relegándolas a roles de apoyo. Esto agrava las desigualdades sociales perjudicando a la democracia, porque afecta el derecho de igualdad de las mujeres y previene que ellas y otros grupos históricamente discriminados se sientan representados.

Es importante analizar la violencia política contra mujeres desde la perspectiva de las violaciones a los derechos humanos. En muchos casos, faltan mecanismos o instancias de protección, investigación y sanción de las agresiones que ellas pueden enfrentar en la política, lo que invisibiliza el problema que existe a gran escala. Esta violencia no solo socava los derechos humanos fundamentales de las mujeres, sino también debilita la democracia y la integridad de los procesos electorales.

Aunque existen varios instrumentos internacionales y en los países de la región se ha logrado un avance considerable en la creación de marcos normativos que definen y sancionan la violencia política de género desde un enfoque administrativo, sigue siendo necesario garantizar que estos actos sean sancionados de manera que se reconozca su impacto directo en la validez de los procesos electorales.

Por ejemplo, un fallo reciente del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) anuló la validez de la elección en la alcaldía de Cuauhtémoc. La candidata de la alianza Va X la CDMX (PAN, PRI y PRD), Alessandra Rojo de la Vega, ganó la votación el pasado 2 de junio. Pero, en su sentencia del 31 de agosto de 2024, el pleno de la instancia electoral acreditó actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, cometidos por Rojo de la Vega contra la candidata del partido Morena, Catalina Monreal.

Monreal afirma que, durante la campaña, Rojo de la Vega la invisibilizó y anuló al centrarse exclusivamente en su padre, Ricardo Monreal, exsenador de Morena, en lugar de hablar de ella como candidata.

El TECMDMX, en voto dividido, determinó que hubo “una violencia simbólica, invisibilización y familismo, ejercida a través de diversas manifestaciones, efectuadas sistemáticamente, con base en un nexo familiar y utilizando estereotipos negativos de género, negó la individualidad de la entonces candidata Catalina Monreal y con ella el reconocimiento de sus derechos político-electorales”. La decisión se refirió al artículo 114, X de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, que establece como una causa de nulidad de una elección cuando hay una existencia de violencia política de género.

La decisión ha sido objeto de críticas, más que por la sustancia de esta, por la posible influencia indebida de actores políticos del entorno de la familia Monreal, que ha sido históricamente influyente en la Ciudad de México. Esto destaca la necesidad de analizar cuidadosamente las dinámicas de poder involucradas.

Rojo de la Vega presentó una impugnación, que será revisada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y, si procede, por la Sala Superior. Si ésta, en última instancia, anula la elección, se convocarán elecciones extraordinarias sin su participación.

Antes del 1 de octubre, debe aclararse este asunto que ha sido uno de los casos de violencia política de género más debatidos en México y podría crear un precedente importante en materia de sanciones en para este tipo de violencia, no solo para México, sino para toda América Latina.

Cabe destacar que no es un caso aislado: Xóchitl Gálvez, ex candidata presidencial de la oposición, alegó que el presidente López Obrador ejerció violencia política de género en su contra, lo que fue confirmado por el TEPJF. Sin embargo, la ley impide que el presidente sea sancionado por infracciones de índole electoral por lo que sólo se reconoció su responsabilidad, sin que afectó los resultados electorales. Además, Rojo de la Vega misma fue víctima de un intento de homicidio semanas antes de la elección, subrayando la gravedad de la violencia en este proceso electoral.

Estos casos resaltan la dificultad de la complejidad de identificar y sancionar adecuadamente la violencia política de género en un ambiente electoral tenso.

De forma reciente, ha habido un aumento en la jurisprudencia sobre paridad de género en la política en países como México y Colombia. A pesar de las cuotas para impulsar la participación de mujeres en la política, la Corte Constitucional de Colombia reconoce que la paridad no se ha logrado por prejuicios persistentes y la desigualdad en el trabajo de cuidado. La Corte está revisando el Código Electoral y un proyecto de ley para prevenir la violencia política de género. En Bolivia, la Ley N° 243 de 2012 es la única en la región que sanciona la violencia política contra las mujeres, pero sigue habiendo impunidad en muchos casos, reflejando la falta de sanciones efectivas.

Aunque hay avances, es evidente que se necesita una mayor producción jurisprudencial por los tribunales electorales y constitucionales latinoamericanos para enfrentar de manera efectiva la violencia política contra mujeres en contextos electorales y asegurar una participación política equitativa y segura para todas las personas, especialmente con un enfoque en las sanciones de estos actos de violencia y en posibles medidas de reparación. Solo así se podrán garantizar los derechos humanos de todos los ciudadanos, especialmente los de las mujeres, porque su nula participación en política trae efectos nocivos para toda la sociedad. Es imprescindible que ellas participen en las tomas de decisiones, para así concebir mejores democracias y democratizar los regímenes políticos, socioeconómicos y culturales.

Citación académica sugerida: Speidel, Jana. ¿Por qué es urgente prevenir y castigar la violencia política contra las mujeres en contextos electorales en América Latina? Agenda Estado de Derecho. 2024/09/30. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/prevenir-y-castigar-la-violencia-politica-contra-las-mujeres/

Palabras claves: violencia política, violencia de género, elecciones México, participación política de mujeres, procesos electorales

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ACERCA DE LA AUTORA
Jana Speidel

Asistente de programa del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer. Maestría en Peace Research and International Relations por la Universidad de Tübingen en Alemania. Investigaciones centradas en el papel de las víctimas en procesos de justicia transicional. 

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.