La Educación Sexual Integral como herramienta de prevención de la violencia y discriminación: el caso chileno

12 de Junio de 2024
La Educación Sexual Integral como herramienta de prevención de la violencia y discriminación: el caso chileno
Foto de Alexander Grey en Unsplash.

Incorporar en cuadernos educativos distribuidos por el Estado información sobre el acrónimo LGBTIQA+, ¿va en contra del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos?

La Corte Suprema de Chile, en causa Rol 231157-2023, confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago (Rol 9558-23) que rechazó un recurso de protección en contra de la Junta Nacional Estudio Escolar y Beca (JUNAEB), por la incorporación de un cuaderno alusivo a “comunidades no sexistas que incluyen información sobre el acrónimo LGBTIQA+”. Este material escolar presentaba una serie de acciones dirigidas a la promoción de espacios seguros y libres de discriminación, y definía una serie de orientaciones sexuales e identidades de género que forman parte del acrónimo. La recurrente manifiesta que la implementación de este material atenta contra su derecho preferente de educar a su hija, de acuerdo con sus propias convicciones morales y religiosas.

La Corte Suprema se pronunció señalando que “(…) las escuelas, liceos y colegios deben ser lugares justos donde todas y todos puedan aprender, sentirse protegidos, felices y jamás discriminados por quienes son y cuya implementación cabe en todos los ámbitos de la educación”. Asimismo, expresó que la lámina controvertida y las definiciones del acrónimo tienen una finalidad meramente descriptiva, las que no pretenden alterar las dimensiones sexuales y afectivas de los niños, niñas y adolescentes (NNA), sino solo dar cuenta de una sigla mundialmente conocida que representa identidades y expresiones de género, desde un punto de vista general e impersonal.

Este reciente fallo de la Corte Suprema plantea una situación profundamente discutida, a propósito del derecho preferente de los padres de educar a sus hijos/as, reconocido en el artículo 19 N.°10 de la Constitución chilena, y el derecho a la Educación Sexual Integral (ESI) como un derecho humano esencial, un asunto público que justificaría una intervención estatal. Lo anterior, en conexión con el extendido debate parlamentario que ha suscitado el proyecto de ley dirigido a la implementación de la ESI en Chile.

Dicho proyecto no solo contempla acciones referidas a la posibilidad de NNA de administrar su sexualidad con libertad, responsabilidad y autonomía, sino que además viene a hacer frente a la violencia sistemática que sufren mujeres y personas de la comunidad LGBTIQA+ desde la primera infancia, a través de medidas de prevención con un enfoque orientador.

En esta línea, la legislación chilena avanza con un enfoque preventivo, así da cuenta la Ley 20.418 que fija normas sobre información, orientación, prestaciones de regulación de la fertilidad y la Ley 21.430 sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia. Asimismo, la Circular 707 que asegura la inclusión y no discriminación en el contexto educativo y la 812 que garantiza el derecho a la identidad de género en niñas, niños y estudiantes en el ámbito de educacional, ambas del Ministerio de Educación.

La incorporación de estas medidas elaboradas por el Estado resultan afines con el principal argumento de la Corte Suprema para confirmar la sentencia en alzada. Su objetivo orientador de prevención de la violencia es coherente a la luz de los estándares internacionales que incentivan a los Estados a implementar políticas públicas de ESI y, en especial, a establecer directrices a los establecimientos educacionales sobre el respeto y la inclusión.

La ESI como derecho humano a la luz de los estándares internacionales

Para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, existe una indubitable conexión entre educación, autonomía progresiva y derechos sexuales y reproductivos de NNA. La ESI es una herramienta indiscutida de prevención, siendo su principal objetivo la erradicación de las desigualdades entre NNA y la generación de espacios educativos inclusivos y respetuosos de la diversidad.

 

El carácter integral de la educación implica dar reconocimiento a los NNA como sujetos de derechos, con capacidad de decisión y autonomía en los más diversos aspectos de su sexualidad. Así se pronuncia la Corte IDH en el caso Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador, al señalar que: “Una educación que se imparta vulnerando derechos humanos no permite cumplir sus cometidos, resulta frontalmente contraria a los mismos y, por ende, violatoria del derecho a la educación” (párr. 118).

 

Organismos internacionales como la UNESCO y las agencias del Sistema de Naciones Unidas, manifiestan una profunda preocupación por los niveles de violencia escolar a la cual se ven expuestos NNA LGBTIQA+. Señalan que el bullying escolar constituye “un ultraje moral y una seria violación a los derechos humanos”, e implica una grave afectación del derecho a la educación consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Los Principios de Yogyakarta, a su vez, establecen el deber de ejercer la debida diligencia de los Estados para prevenir, investigar y sancionar actos de violencia, así también manifiestan la importancia del derecho a la educación sin discriminación basada en la orientación sexual, identidad o expresión de género.

 

La Corte IDH ha expresado que este tipo de violencia escolar vulnera, irremediablemente, no solo el derecho a la educación, sino que además aumenta la tasa de deserción escolar, afecta el desempeño académico, genera trastornos de salud mental como ansiedad y/o depresión en edad temprana, trastornos alimenticios, ideación y actos suicidas. Señala, además, que las actitudes que tiene la sociedad en contra de las infancias LGBTIQA+ no pueden ser utilizadas como justificación para promover leyes o tratos discriminatorios.

¿Es absoluto el derecho preferente de los padres y madres a educar a sus hijos/as?

Desde una perspectiva del control de convencionalidad, el fallo de la Corte Suprema se ajusta al reconocimiento e integración de las normas internacionales. Así, da cuenta del carácter preventivo y orientador que tiene el material proporcionado por JUNAEB. En este mismo sentido, afirma que la ESI no restringe ni limita el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos/as, sino más bien provee de mínimos al modelo educativo orientado a la erradicación de la violencia y la discriminación.

El desarrollo de estas políticas públicas, y la implementación de la ESI, tienen un fin superior de protección a la vida y la dignidad humana. En esta misma línea, cabe mencionar el caso de José Matías, adolescente trans chileno víctima del acoso escolar, que decidió quitarse la vida en el año 2019, cuya historia dio lugar al proyecto de ley que tiene por objeto reforzar, precisamente, las normas sobre convivencia escolar.

Casos como el de José Matías, refuerzan que el derecho preferente de los padres y madres no puede oponerse a la enseñanza de contenidos mínimos sobre el respeto y la dignidad. Asimismo, no es posible ignorar ciertos factores que pueden influir de manera sustantiva en la enseñanza sobre la ESI, especialmente los que dicen relación con la brecha educacional y el desconocimiento de padres y madres en torno a la sexualidad. Así como tampoco la violencia y abuso al que NNA LGBTIQA+ se ven expuestos dentro de sus propias familias.

La discusión en torno a la ESI no solo se reduce a una cuestión de salud pública, sino que también sobre protección de la vida de NNA. Resulta fundamental la colaboración entre el Estado y las familias, ya que afirmar que todas las infancias reciben una ESI adecuada en sus contextos familiares, implica desconocer la realidad y las desigualdades en la que nos situamos.

Citación académica sugerida: Seguel, Fernanda. La Educación Sexual Integral como herramienta de prevención de la violencia y discriminación: el caso chileno, Agenda Estado de Derecho. 2024/06/11. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-educacion-sexual-integral-como-herramienta-de-prevencion-de-la-violencia-y-discriminacion/

Palabras clave: Educación sexual integral, Chile, derechos de las personas LGBT.

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ACERCA DE LA AUTORA
Fernanda Seguel

Directora de Fundación Visibles Chile, Egresada de Derecho Universidad Austral de Chile.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.