18 de Abril de 2024

SIMPOSIO ESPECIAL DE AGENDA ESTADO DE DERECHO Y CIL DIALOGUES

¿Qué significó el golpe en Chile para la idea interamericana de derechos humanos?

¿Qué significó el golpe en Chile para la idea interamericana de derechos humanos?
Foto. Frank H. Nowell.

¿De qué manera se relacionaron el poder, la política y la promesa de los derechos humanos en Latinoamérica en el contexto del golpe de Estado en Chile?

El presente artículo es parte del especial titulado “Recordar para reimaginar: perspectivas histórico-jurídicas a 50 años del golpe de Estado en Chile” en alianza con Centre for International Law (CIL) Dialogues. Véase la versión en inglés aquí.

Noticias desagradables y un parche de la OEA

El 20 de septiembre de 1973, el consejero de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, Henry Kissinger, recibió una llamada telefónica de Frank Mankiewicz, un experto en América Latina del ala progresista del Partido Demócrata. Mankiewicz intentó asesorar a Kissinger, que pronto se convertiría en Secretario de Estado, sobre la respuesta estadounidense al golpe de Estado en Chile. Pocos días antes, el 11 de septiembre, el general Augusto Pinochet había liderado un golpe militar para derrocar al gobierno socialista, democráticamente elegido, del presidente Salvador Allende.

Mankiewicz subrayó que no se trataba “en absoluto de tu típico golpe latinoamericano”. Advirtió a Kissinger que comenzaría a recibir “una buena cantidad de informes bastante desagradables” porque los militares chilenos “eran gente poco agradable y muy inseguros” y había “probablemente mucha más gente muerta” y “torturas y gente retenida en los estadios”. Consciente de la diversidad de intereses estadounidenses afectados por el golpe, Mankiewicz sugirió que “independientemente del tipo de postura que Estados Unidos vaya a adoptar frente a esto, como mínimo podríamos estar hablando de derechos humanos”. Ofreció una propuesta concreta: existía una “comisión de derechos humanos de la OEA que, a diferencia de todo lo relacionado con la OEA, ha hecho un buen trabajo en el pasado […] casi a pesar de sí misma y goza de cierto respeto allí”. Destacó, además, “sería muy difícil para estas personas negarse a permitir su ingreso”.

Esta conversación no solo recuerda la violencia excepcional del golpe; también plantea preguntas sobre la respuesta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la trayectoria más larga del derecho y la organización regional interamericana. La referencia de Mankiewicz a la Comisión, aunque no acertó exactamente en su nombre, resalta la relevancia institucional y el respeto que ya había ganado dentro de la diplomacia interamericana para el momento del golpe. Esto resulta intrigante, dado que las historias de los derechos humanos y América Latina tienden a retratar el ascenso de la relevancia de la CIDH, y de los derechos humanos interamericanos en general, en la década de 1970. Si la Comisión ya se había convertido en un actor importante antes del auge del autoritarismo que define la historia generalmente aceptada de los derechos humanos en América Latina, uno podría preguntarse: ¿qué ideales e intereses guiaban a la Comisión? ¿Qué podían esperar personas como Mankiewicz (o Kissinger) de la Comisión, y se ajustó su trabajo posterior con dichas expectativas?

Entrada en acción

Un mes después del golpe, el Secretario Ejecutivo de la CIDH, Luis Reque, llegó a Santiago. Durante un intenso viaje de cinco días, Reque visitó centros de detención y se reunió con diversas autoridades y víctimas de violaciones de derechos humanos. Sus inquietantes hallazgos, que incluían “acosos, abusos, maltratos y, en algunos casos, torturas”, lo llevaron a recomendar que la CIDH considerara la realización de una investigación completa in situ. Actuando según esta evaluación, la Comisión solicitó información sobre cuarenta y dos personas que supuestamente habían desaparecido, sido ejecutadas, torturadas o detenidas sin explicación. Ante las respuestas evasivas del gobierno chileno, la CIDH solicitó formalmente autorización para una “observación in situ”. Tras una tensa y prolongada correspondencia, las autoridades chilenas finalmente otorgaron la solicitud de la CIDH.

La CIDH comenzó su misión de doce días en Chile el 22 de julio de 1974, inaugurando una era de supervisión de la situación de derechos humanos en el Chile de Pinochet. Anclada en el derecho y el precedente, su enfoque se basó en tres mecanismos clave. En primer lugar, las dos misiones de investigación in situ establecieron el tono. Sin embargo, no se llevaron a cabo misiones posteriores debido a las fricciones crecientes con el gobierno. En segundo lugar, la Comisión produjo cuatro informes detallados sobre la situación de los derechos humanos en Chile, publicados en los años 1974, 1976, 1977 y 1985. Por último, a lo largo de este período, la CIDH ofreció recomendaciones al gobierno chileno, a menudo integradas en los informes.

Esta respuesta integral estuvo lejos de ser una improvisación ad hoc ante la urgencia; fue una manifestación adicional del ethos de la Comisión como un “órgano de acción”, un término acuñado por el diplomático estadounidense y abogado especialista en derecho internacional Durward Sandifer, uno de sus miembros fundadores. Originalmente establecida en 1959 con la discreta tarea de promover los derechos humanos, la CIDH se transformó progresivamente en un cuerpo mucho más ambicioso para su protección. Durante la década de 1960, la Comisión amplió sus poderes en dos pasos decisivos: primero, interpretando sus instrumentos fundacionales de manera expansiva, reclamando poderes como considerar peticiones individuales y realizar investigaciones in situ; y segundo, desplegando estos poderes autoatribuidos en zonas calientes de la Guerra Fría como Cuba y la República Dominicana. Reconociendo el rol de la Comisión en el mantenimiento de la estabilidad geopolítica, los Estados americanos eventualmente reconocieron formalmente estos nuevos poderes a través de enmiendas a la Carta de la OEA y la adopción de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ya en 1967, un comentarista estadounidense describió el emergente programa interamericano de derechos humanos como especialmente adecuado para una región atrasada, enfocándose en mitigar “violaciones más flagrantes de los derechos humanos” en contextos de conflictos internos y no en adjudicar reclamos individuales. Aunque la CIDH mostró una ambición expansiva para abordar los problemas de derechos humanos a gran escala, su enfoque permaneció modesto en lo sustantivo: se centraba en los derechos civiles y políticos, y en gran medida eludía las preocupaciones económicas materiales.

Apuntes sobre economía política y derechos humano

Es probable que el chileno Orlando Letelier tuviera en mente tanto a la CIDH como a Amnistía Internacional cuando escribió su ensayo de 1976 que ha influenciado a destacados pensadores de los derechos humanos, entre ellos Naomi Klein, Susan Marks, Samuel Moyn y Jessica Whyte. Ex embajador en los Estados Unidos durante el gobierno de Allende, con la defensa de la nacionalización del cobre como su principal asignación, Letelier argumentó que “la represión para las mayorías y la ‘libertad económica’ para pequeños grupos privilegiados son en Chile dos caras de la misma moneda”. Criticó el “concepto conveniente de un sistema social en el que ‘libertad económica’ y terror político coexisten sin tocarse”, lo que permitía a “portavoces financieros apoyar su concepto de ‘libertad’ mientras ejercitaban sus músculos verbales en defensa de los derechos humanos”. Meses más tarde, Letelier fue asesinado por agentes del gobierno chileno en Washington D.C.

Los informes de la CIDH sobre Chile presentaban imágenes desgarradoras de crímenes estatales, pero no ofrecían mucha información sobre el golpe o el contexto político, económico o histórica de la violencia. En su primer informe sobre Chile, la CIDH se esforzó por evitar cualquier acusación de actuar “políticamente”. “No corresponde a la Comisión”, decía la introducción, “decidir si el régimen político actual es más o menos deseable que el régimen anterior”. La conclusión fue aún más lejos, explicando que:    

[La Comisión no consideró] como atentados contra derechos humanos las pérdidas de vidas que se produjeron en uno y otro bando en las jornadas iniciales de este proceso, para evitar toda consideración que, de otro modo, se volvería indispensable, acerca de la legalidad o ilegalidad y de la justicia o injusticia, de la gestión del régimen anterior, tema que es extraño a su competencia.

Un comentarista estadounidense contemporáneo elogió esta decisión como “un curso sabio a seguir” que “refuerza las conclusiones de la Comisión”, descartando “de antemano cualquier argumento de que la Comisión estuviera motivada por consideraciones ‘políticas’”.

Décadas más tarde, Naomi Klein presentó una perspectiva diferente sobre la postura apolítica de los actores de derechos humanos. Concentrándose en Amnistía Internacional, Klein argumentó que el Cono Sur de los años 70 sirvió como laboratorio tanto para el neoliberalismo de la Escuela de Chicago como para el movimiento de derechos humanos de base. Si bien reconoció que este último desempeñó un papel decisivo en poner fin a los peores abusos, Klein sostuvo que “al concentrarse únicamente en los crímenes y no en las razones detrás de ellos, el movimiento de derechos humanos también ayudó a la ideología de la Escuela de Chicago a salir virtualmente ilesa de su primer laboratorio sangriento”. Samuel Moyn calificó a la narración de Klein de “exagerada e implausible”, ya que no hay “razón para pensar que unos derechos humanos que estigmatizan abusos ‘superficiales’ no pudieran coexistir con una política más ‘estructural’”. Según Moyn, los derechos humanos no ayudaron a producir sino que simplemente han sido “un compañero impotente del fundamentalismo de mercado” y la desigualdad.

Aunque Moyn advierte acertadamente sobre las suposiciones simplistas de causalidad, es importante no subestimar los peligros de la falsa contingencia al examinar la arquitectura del regionalismo interamericano. Surgido en los años 60, y fuertemente influenciado por la CIDH, el marco de los derechos humanos interamericanos se desarrolló con prioridades distintivas. Dejó de lado, en gran medida, las cuestiones de la cooperación económica interestatal y la igualdad; priorizó a los derechos civiles y políticos sobre los sociales y económicos; adoptó una concepción estrecha de la democracia; se centró en las violaciones flagrantes en contextos de agitación política; y se alineó con proyectos de desarrollo institucional liberal en cuestiones de Estado de derecho, elecciones y seguridad. Como desarrollaré en mi futuro libro, el ascenso de este marco fue posible gracias a modos de argumentación y práctica jurídica internacional que favorecían el pragmatismo, la política y el expertise técnico por encima de la forma jurídica, en nombre de la prevención de la violencia, la preservación de la estabilidad y la promoción del cambio ordenado. Esta instrumentalización explícita limitó las posibilidades de contestación política a través del derecho y, por tanto, obstaculizó al mismo tiempo visiones regionales más estructurales (para argumentos afines en contextos bastante diferentes, véanse, por ejemplo, Koskenniemi y Rodiles).

Los eventos en Chile resaltan la conexión entre el surgimiento de los derechos humanos interamericanos y la caída de proyectos regionalistas más ambiciosos. La caída de Allende se desarrolló contra el telón de esfuerzos infructuosos por transformar las relaciones económicas regionales a través del derecho, desde el fracaso del Convenio Económico de Bogotá (1948), pasando por una conferencia económica internacional que se posponía continuamente, hasta el programa de desarrollo supuestamente  multilateral de la Alianza para el Progreso. El mismo Allende había sido un crítico acérrimo de la Alianza para el Progreso, argumentando que no abordaba la “dependencia” de América Latina. La nacionalización del cobre por parte de Chile, y el posterior “boicot económico internacional” que siguió, formaron parte de la antesala del golpe, en el contexto de un Sistema Interamericano que se había mostrado incapaz (y poco dispuesto) a abordar el problema recurrente de los precios de las materias primas y el papel de la inversión privada extranjera. A medida que las aspiraciones económicas regionales más amplias se desplomaban, un estrecho marco regional de derechos humanos surgía. El enfoque en un puñado de derechos civiles y políticos, y la despolitización deliberada, no fueron simplemente respuestas tácticas a la dictadura de Pinochet: eran aspectos integrales del enfoque de la CIDH desde sus comienzos. Las condiciones (jurídicas) de posibilidad para el desarrollo de este marco regional de derechos humanos que finalmente sirvió para denunciar y resistir la violencia autoritaria también tuvieron impactos negativos más amplios en el avance de la política estructural.

¿Quién va a utilizar a quién?

En un momento de sus famosas conversaciones, el Presidente Allende y el escritor francés Régis Debray discutieron una pregunta existencial para Chile y América Latina: “¿quién va a utilizar a quién?”. ¿Serían los proletarios o la burguesía, los trabajadores o los burócratas, los países latinoamericanos o la OEA? Al reflexionar sobre el 50 aniversario del golpe de Estado contra el gobierno de la Unidad Popular de Allende, podríamos hacernos la misma pregunta en relación con la ambición estructural y la política de derechos humanos estrecha.

Es tentador ver, como muchos otros, la actuación de la CIDH en Chile como un punto final a la selectividad de un organismo que hasta entonces se había concentrado demasiado en combatir el comunismo real o imaginario. La CIDH indudablemente jugó un rol central en denunciar los peores abusos de la brutal dictadura de Pinochet y proteger a sus víctimas. Sin embargo, la crítica de la política de derechos humanos interamericana trasciende la cuestión de la selectividad. La política hizo más que (simplemente) determinar dónde podía intervenir la CIDH; moldéo fundamentalmente los contornos generales y la ideología de este programa de derechos humanos, dando como resultado un marco que, en el mejor de los casos, aparece sumamente limitado para lograr reformas. En otras palabaras: siempre ha habido una política detrás del barniz de la antipolítica.

Es fundamental recordar a las numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos y reconocer a las personas y organizaciones que expusieron estos abusos. Sin embargo, un análisis de derecho internacional del golpe en Chile debe también incluir otras dimensiones. La misma “promesa de los derechos humanos” lleva consigo el peso de la transformación estructural, incluyendo a nivel del derecho económico internacional que preocupaba a Allende (ver, por ejemplo, las contribuciones a este simposio de Cong y Saunders), y muchos otros juristas, economistas y diplomáticos latinoamericanos antes que él (ver, por ejemplo, Perrone & Schneiderman, Thornton y yo mismo). El pensamiento jurídico internacional puede ser instrumental en esta tarea transformadora. Al escrutar los arreglos institucionales de la gobernanza global tal y como se expresan en los detalles jurídicos, los juristas y pensadores jurídicos pueden elucidar su funcionamiento interno, enriqueciendo así las discusiones sobre futuros institucionales alternativos. Sin embargo, alcanzar esta visión exige una ruptura con la idealización tan generalizada de nuestros arreglos institucionales actuales – una idealización que, quizás especialmente en América Latina y quizás especialmente en materia de protección de los derechos humanos, obstruye las posibilidades de cambio genuino. En otras palabras, avanzar hacia un cambio estructural requiere una ampliación de nuestra atención jurídica – y el verdadero cumplimiento de la promesa de los derechos humanos exige su desidealización. Ésta también es una lección de derechos humanos del golpe de Estado en Chile.

Citación académica sugerida: Quintana, Francisco-José. ¿Qué significó el golpe en Chile para la idea interamericana de derechos humanos? Agenda Estado de Derecho. 2024/04/18. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/que-significo-el-golpe-en-chile-para-la-idea-interamericana-de-derechos-humanos/

Palabras clave: Golpe de Estado en Chile; Salvador Allende; Dictadura militar chilena; Derechos humanos en Chile.

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ACERCA DEL AUTOR
Francisco José Quintana

Max Weber Fellow en la European University Institute y Editor asociado en European Journal of International Law (EJIL).

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.