8 de Marzo del 2024

La Corte IDH contribuye a la desnormalización de la violencia obstétrica

La Corte IDH contribuye a la desnormalización de la violencia obstétrica
Foto. Daily Maverick

¿Cuáles son los avances más recientes en materia de violencia obstétrica en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?

En 2022 y 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) adoptó dos decisiones fundamentales para la salud sexual y reproductiva de las mujeres: los casos Brítez Arce y otros vs. Argentina y Rodríguez Pacheco y otra vs. Venezuela. En estos casos, sumados a una opinión consultiva reciente, la Corte incorporó la noción de violencia obstétrica como categoría jurídica relevante para analizar ciertos actos de violencia y discriminación contra las mujeres en el ámbito del embarazo, parto y postparto, a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). En este texto comentamos este importante desarrollo del sistema interamericano.

La jurisprudencia previa sobre salud sexual y reproductiva

En 2012 la Corte IDH resolvió el caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica, en el que analizó una prohibición de la fecundación in vitro y estableció que de la CADH se desprende un derecho a la autonomía reproductiva. También determinó el alcance de la protección de la vida desde el momento de la concepción como no absoluta e incremental. Varios años después, la Corte IDH conoció el caso I.V vs. Bolivia relacionado con una esterilización no consentida. En este asunto, la Corte IDH abordó el tema del consentimiento informado en materia de salud y calificó los hechos como actos de violencia contra la mujer. Luego, en el caso Manuela y otros vs. El Salvador, la Corte IDH se pronunció sobre la criminalización de una mujer como consecuencia de una emergencia obstétrica. La Corte IDH analizó la cuestión del secreto y la confidencialidad y consideró que la violación del mismo también constituyó un acto de violencia contra la mujer.

La importancia de los avances en materia de violencia obstétrica

El caso Brítez Arce y otros vs. Argentina es sobre una mujer con un embarazo de riesgo a lo largo del cual no recibió indicaciones sobre el cuidado necesario. Luego fue atendida en un hospital público que recibe la noticia de que el feto estaba muerto por lo que fue internada para inducir el parto. Durante el procedimiento, tuvo que esperar dos horas sentada en una silla con el trabajo de parto activo y algunas horas más tarde, falleció a causa de un paro cardiorrespiratorio.

El caso González Pacheco y otra vs. Venezuela trata de una mujer con un embarazo de alto riesgo sometida a una cesárea programada en una clínica privada. Durante la intervención, solicitó una histerectomía, que le fue negada. A raíz de complicaciones por la cirugía tuvo que someterse a varias más que derivaron en una pérdida de movilidad y autonomía física, y le generaron severas discapacidades de carácter permanente.

Como primer punto, la Corte IDH tomó la oportunidad para profundizar sobre las características que debe tener la atención en salud durante el embarazo, el parto y el postparto, incluyendo aspectos de autonomía en la toma de decisiones, de acceso a la información sobre todas las alternativas disponibles, y de calidad y aceptabilidad de los tratamientos; todo tomando en cuenta la particular vulnerabilidad de las mujeres embarazadas.

Además, la Corte IDH se refirió a la morbilidad y mortalidad maternas. Usando distintas fuentes, en particular de la Organización Mundial de la Salud, la Corte IDH trascendió el enfoque individual de los casos, haciendo un vínculo entre la atención en salud sexual y reproductiva de las mujeres y la mortalidad y morbilidad maternas como un tema de salud pública. Estas sentencias dejan claro que los Estados tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para prevenirlas, lo cual es determinante en los debates futuros en materia de aborto, debido a que su criminalización es una de las principales fuentes de la mortalidad y la morbilidad maternas. La Corte IDH está pendiente de adoptar su primera sentencia sobre aborto en el caso Beatriz vs. El Salvador.

 Por otra parte, los dos casos son complementarios en materia de atribución de responsabilidad internacional. Dado que el caso Brítez Arce se relaciona con un hospital público, mientras que el caso González Pacheco se relaciona con un hospital privado, las sentencias abordan las distintas formas de dicha atribución por situaciones de violencia obstétrica, incluyendo participación directa, deberes de regulación, supervisión y fiscalización, falta de investigación y sanción de los responsables.

Asimismo, la incorporación de la noción de violencia obstétrica como categoría jurídica para el análisis de los casos es esencial, dado que se trata de situaciones que, a pesar de su gravedad, siguen estando fuertemente arraigadas en las instituciones y en la práctica médica, caracterizadas por su naturalización y consecuente invisibilización.

Es importante resaltar que la violencia obstétrica, como ocurre en la práctica, no se limita a la dimensión prestacional de los servicios. Por eso, la calificación de ciertas prácticas como violencia obstétrica debe incluir temas como la falta de confidencialidad, la denegación de servicios de aborto, la persecución del aborto, la esterilización no consentida, la episiotomía no selectiva y la escandalosa “puntada del marido”, entre otros. Además, la violencia obstétrica está presente no sólo en la sala de partos, sino que también en los consultorios médicos, los sistemas de salud, la educación médica, las actitudes del personal médico y las «decisiones» familiares basadas en estereotipos de género.

En 2019, la entonces Relatora Especial de la ONU sobre la violencia contra las mujeres y las niñas destacó otro factor que incide en la falta de sensibilidad en el contexto de la atención obstétrica, refiriéndose a que “las malas condiciones de trabajo de muchos profesionales de la salud y la histórica sobrerrepresentación de los hombres en el campo ginecológico y obstétrico contrastan con la obligación de los Estados de garantizar la disponibilidad y calidad de instalaciones, bienes y servicios de atención de salud materna, la capacitación adecuada de proveedores y el equilibrio de género de los profesionales de la salud”.

En suma, el concepto de violencia obstétrica permite englobar ciertas prácticas “aceptadas” como casos de violencia de género, de discriminación, de subordinación y de paternalismo en el ámbito de la salud. Este reconocimiento exige la identificación de las múltiples causas que permiten este tipo de violencia y el diseño de políticas públicas dirigidas a erradicarla. Además, los casos son un paso importante en el reconocimiento de la no neutralidad del derecho y de la necesidad de contar con calificaciones jurídicas capaces de abordar asimetrías y adoptar enfoques diferenciados.

Estas sentencias también son un buen ejemplo del diálogo entre tribunales, órganos y otros mandatos de derechos humanos. Parte significativa de este avance jurisprudencial se basa en desarrollos del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de Relatores especiales. La Corte IDH también tomó en cuenta decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y reconoció que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya se había pronunciado sobre el tema.

A nivel regional, si bien la realidad normativa muestra que la violencia obstétrica carece de regulación en la mayoría de los países, existen debates judiciales, sociales y legislativos en torno a la definición de prácticas nocivas en este espacio de reproducción. Algunos países (como Venezuela, Argentina y tres estados en México) han establecido normas que pretenden enfrentar esta agresión contra mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar como una forma específica de violencia.

Comentario final

Dejamos para el debate futuro dos cuestiones. La primera es que sería ideal que, en próximos casos sobre esta temática, la Corte IDH profundice más en los factores y condiciones que favorecen y refuerzan la violencia obstétrica, además de nombrar en mayor detalle las prácticas y los estereotipos en los que se funda. La segunda es que, si bien ambos casos revestían suficiente gravedad como para tener relevancia penal, la violencia obstétrica debe ser entendida como un espectro de situaciones que pueden tener distintos niveles de gravedad y que, por lo tanto, las respuestas punitivas por la vía penal no necesariamente son las más conducentes a la transformación estructural de muchas de esas prácticas.

Sin perjuicio de estas dos cuestiones, celebramos que el sistema interamericano contribuya a corregir una de las manifestaciones de la consideración de las mujeres como instrumentos de reproducción al servicio de la sociedad.

Citación académica sugerida: Orrego Hoyos, Gloria y Serrano Guzmán, Silvia. De la normalización al reconocimiento: a propósito de la violencia obstétrica en la jurisprudencia de la Corte IDH. Agenda Estado de Derecho 2024/03/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/desnormalizacion-de-la-violencia-obstetrica/

Palabras clave: Derechos de las mujeres, violencia obstétrica, Corte IDH. 

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ACERCA DE LAS AUTORAS
Gloria Orrego Hoyos

Fellow. Iniciativa Salud y Derechos Humanos. O’Neill Institute for National and Global Health Law. Georgetown University.

Silvia Serrano Guzmán

Codirectora. Iniciativa Salud y Derechos Humanos. O’Neill Institute for National and Global Health Law. Georgetown University.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.