Diseño: Paulo Cañón
En la historia latinoamericana ha quedado el registro de la atrocidad de la guerra, pero también de la incesante lucha por la construcción de la paz en los territorios, la promoción de escenarios de reconciliación y la superación de los horrores del pasado, sin que esto suponga una condena de las sociedades al olvido.
En este especial, Agenda Estado de Derecho, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Paz, realiza una remembranza de los procesos de construcción de paz en Latinoamérica y la garantía de los derechos de las víctimas de los conflictos armados padecidos en los Estados de Colombia, El Salvador, Guatemala y Perú. Tal recorrido inicia desde el surgimiento de las hostilidades hasta la implementación de mecanismos de justicia transicional.
1. En el nuevo modelo de justicia transicional, es un hecho la tríada ampliada de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Así, se ha superado la tradición jurídica, presente en otros procesos de paz en el país, articulados en función exclusiva de los actores y no de las víctimas.
2. Hay una búsqueda genuina del modelo, por colocar a las víctimas en el centro del mismo. Pero ello no puede ser una retórica, no puede tener solo un efecto simbólico, tiene que ser real y esta realidad se concreta con su real dignificación, con el reconocimiento a su dolor, a su dignidad y a los hechos que le acontecieron. La víctima es, ante todo, un sujeto de derechos.
3. Se trata de pedir perdón auténticamente, sin obligación y con presencia real de los victimarios, de los responsables, tanto por acción como por omisión, en procesos dialógicos con la presencia de las víctimas. Se trata de una dinámica permanente, de una forma de ser del modelo y de una visión anclada en su propia estructura.
1. Posibilitar el descubrimiento de la verdad, con la creación de la Comisión de la Verdad, integrada por tres personalidades extranjeras, con el apoyo de las Naciones Unidas, que investigó algunos de los casos más impactantes de violaciones a derechos humanos durante el conflicto armado. Su informe es prácticamente una adenda al pacto de paz y por ende sus recomendaciones eran vinculantes;
2. El reconocimiento público de la responsabilidad del Estado en algunos de los crímenes atroces y el pedido de perdón a las víctimas, como lo hizo el expresidente Funes con respecto a la masacre de “El Mozote”, en dicho lugar, el 16 de enero de 2012;
3. La creación de la Comisión Nacional de Búsqueda de Niños y Niñas Desaparecidos Durante el Conflicto Armado Interno, en el 2010, y la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el Contexto del Conflicto Armado de El Salvador, en el 2017.
1. La conformación de una Comisión de la Verdad y Reconciliación, de composición multisectorial, con la intervención de las organizaciones civiles, y su Informe Final en 2003, con múltiples conclusiones y recomendaciones que, en términos generales, han marcado la hoja de ruta desde entonces.
2. Se han culminado casi en su totalidad los procesos penales por violaciones a los Derechos Humanos cometidos por los diferentes actores del Estado y los grupos terroristas, con un mismo estándar procesal para vencedores y vencidos, acorde con el debido proceso y que ha terminado, cuando ha correspondido, en condenas acordes con la prevención general.
3. La política de promoción de una cultura de pleno respeto a los Derechos Humanos que viene impulsando el Estado de modo constante y uniforme que, en la actualidad, se traduce en la prevención de toda forma de conflictividad social.
1. Se requiere de voluntad política; ante todo, de acompañar el proceso y de creer en él.
2. Es necesaria una verdadera articulación e impulso del ejecutivo a la implementación de los diversos puntos contemplados en el Acuerdo y que guardan una relación entre sí: el tema agrario, la política renovada que trae el acuerdo respecto de las drogas ilícitas y la protección del modelo de justicia transicional.
3. Urge la protección de la vida de los desmovilizados. Según se ha denunciado, más de doscientos excombatientes de la guerrilla han sido asesinados. Es una condición esencial: cada persona muerta no solo es una pérdida de una vida, sino que, frente al proceso, es la decepción y el pésimo mensaje a otros combatientes, del cierre al camino de la paz y la invitación a continuar haciendo parte de otros aparatos criminales. Es un gran desafío que se une al de proteger a los líderes sociales, a los líderes de tierras, en general, a los líderes, hombres y mujeres que luchan por el reconocimiento de derechos. La historia de Colombia, que parece cíclica en muchos aspectos, ha demostrado que la muerte o el engaño a actores que han dejado las armas se convierte en una multiplicación de acciones de violencia, de acciones armadas, de nacimiento de nuevos y más desafiantes aparatos criminales. Evitar ello, es un desafío mayor.
1. Completar la reparación integral a las víctimas, incluyendo las medidas de carácter económico, a las víctimas directas, en los casos que haya sobrevivido, y a sus familiares, parientes o allegados que también son víctimas, con relación a los juicios en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha condenado al Estado (Hermanas Serrano Cruz, Contreras y otros, El Mozote, entre otros);
2. Impartir justicia interna para miles de víctimas por cientos de crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado, por ambas partes, a partir de que, el 13 de julio de 2016, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Amnistía de 1993, que impedía tal juzgamiento; esto demanda como conditio sine qua non, que el Ejecutivo ordene el libre acceso de los jueces, fiscales y demás organismos competentes, a los archivos de la Fuerza Armada de la época del conflicto, pues esta institución niega ese acceso incumpliendo órdenes judiciales.
3. Fortalecer, profundizar y ampliar las medidas de no repetición, especialmente las relativas a la formación, profesionalización y democratización de la Fuerza Armada, la Policía Nacional Civil, la Fiscalía General y el Órgano Judicial; sin descuidar la conservación de la memoria histórica actualmente en riesgo, pues en enero de este año, no hubo un acto oficial conmemorativo de los Acuerdos de Paz y existe un discurso oficial que banaliza y demerita los logros de ese pacto de paz.
1. Ahondamiento de esa política de promoción de los Derechos Humanos, que ahora debe concentrarse en la vigencia de derechos fundamentales como el medio ambiente, la salud, la no discriminación o los derechos laborales.
2. El Covid-19 ha revelado el prácticamente abandono de la inversión en salud, no es posible hablar de paz sin esta prestación pública esencial.
3. No es posible hablar del largo plazo sin un fortalecimiento del sistema educativo, la herramienta más potente para el desarrollo de las libertades civiles y la paz, es la educación.
En relación con el modelo transicional en su componente del sistema especial de justicia:
1. Colombia es un país que tiene una amplia tradición de implementación de modelos especiales de incorporación de actores armados a la vida civil. Categorías como el delito político, especialmente en su componente de delito de rebelión, han sido fundamentales.
2. El proceso de Justicia y Paz, aun cuando se adelantó con actores que no habían sido concebidos como delincuentes políticos y que cometieron miles de atrocidades, ha sido un referente hoy fundamental para el camino emprendido por la JEP. Especialmente, por el ámbito general de imputación de las conductas que –fue o ha sido el de los crímenes internacionales y no, por ejemplo, el terrorismo supeditado al mero ámbito del crimen organizado–; el impulso a la estrategia de priorización, a partir del 2012, por parte de la Fiscalía y la instauración de la lógica de investigación, de la macrocriminalidad.
3. El país y su sistema penal está hoy levantado sobre un nuevo lenguaje, una nueva manera de investigar y sancionar crímenes de sistema, con la visibilización de crímenes internacionales. Categorías como la responsabilidad del superior jerárquico, nociones como autoría mediata en aparatos organizados de poder, la noción de doble imputación y el “hecho total”, constituyen hoy categorías dogmáticas fundamentales para el proceso de imputación de responsabilidad penal de aparatos criminales y la JEP está haciendo uso de estas categorías y deberá aprovechar su impacto, tanto dogmático como político-criminal.
1. Descuidos o incumplimiento del proceso de desarme, desmovilización y reinserción, especialmente en la fase de reincorporación a la vida social, económica y política del país, de grupos de desmovilizados de la Fuerza Armada y de la ex guerrilla, quienes al considerar insatisfactorias las medidas implementadas y a falta o debilidad de otros programas como de salud mental o formación profesional, derivaron en actividades delincuenciales y potenciaron fenómenos como el de bandas de crimen organizado y las maras.
2. Incumplimiento de un proceso de desarme nacional, que fue recomendado por la Comisión Científica para la Creación de la Policía Nacional Civil, entre cuyos integrantes estaba el Dr. Raúl Zaffaroni.
3. Ausencia de una política permanente de reparación integral a las víctimas con su respectiva asignación presupuestaria anual, en particular para cubrir las reparaciones de carácter económico. Debilidad de las medidas de no repetición puesto que la formación de la Fuerza Armada en el respeto a los Derechos Humanos y sometimiento a las autoridades judiciales brilla por su ausencia y falta profundizar la cultura de paz y la memoria histórica en el currículo del sistema educativo nacional.
1. La confirmación histórica de que las principales fuentes de conflictividad social son la desigualdad y la debilidad del Estado para la satisfacción de las prestaciones públicas más esenciales.
2. No es posible hablar de pacificación ni de transición con el sólo enjuiciamiento y condena de los autores de hechos violentos. Ese puede ser apenas el primer paso hacia un proceso de reconciliación nacional. Es necesario reducir la brecha de desigualdad y potenciar los servicios públicos: una tarea en la que el Estado peruano ha venido avanzando con relativo éxito en las dos últimas décadas.
3. La pacificación no es sólo tarea del Estado, las ONG o la cooperación internacional, se necesita el involucramiento de toda la sociedad civil, incluyendo actores que tradicionalmente no se han visto como promotores de los Derechos Humanos, por ejemplo, los empresarios, quienes no sólo son fuente del crecimiento del PIB del país y la contribución con impuestos, sino los principales llamados a actuar con debida diligencia para hacer viable el respeto del medio ambiente o los derechos laborales.
La sociedad civil tiene un rol de control y de verificación permanente al cumplimiento de los acuerdos. Es un rol de exigencia, tanto a los sujetos que hacen parte del modelo de justicia, los miembros de la ex guerrilla, como a los agentes del Estado implicados en la comisión de crímenes internacionales, para que expresen realmente la verdad de lo ocurrido. El modelo en Colombia no está edificado sobre la venganza, ni sobre la expansión ilimitada del derecho penal en su función sancionatoria o intimidatoria; el modelo privilegia la verdad, el arrepentimiento genuino, la verdadera expresión de perdón, la reparación y la generación de contextos reales de no repetición. Destaco, además, el rol de la academia: sus aportes deben ser siempre fundamentales; en escenarios de fragmentación social e institucional, de tensión política, los esfuerzos ilustrados, ponderados de la academia, son esenciales.
Previo a los acuerdos de paz y durante la fase de negociación, la sociedad civil debe tener un rol de interlocutor válido y representativo de los intereses de toda o parte de la sociedad. Para esto, debe realizar un enorme esfuerzo de organización, movilización e incidencia política, ante las partes en conflicto y ante la comunidad internacional. La unión de fuerzas es fundamental. No pueden dispersarse en esfuerzos individuales o corporativos porque los adversarios de la paz también se organizan y suelen tener más poder político y económico. Una experiencia valiosa en El Salvador fue el CPDN, Comité Permanente del Debate Nacional, que logró aglutinar un amplio número de organizaciones de la sociedad civil. Se convirtió en un referente social, antes, durante y después de las negociaciones que condujeron a la firma de los Acuerdos de Paz en enero de 1992. En la fase de ejecución de los acuerdos y de implementación de las medidas de justicia de transición, la sociedad civil debe desempeñar un rol de contraloría al Estado, acompañamiento a las víctimas y de formación e información hacia la población y la comunidad internacional.
El rol de la sociedad civil ha sido y es fundamental en dos ámbitos. Por un lado, por su ya conocida participación para reforzar y, en algunos casos suplir, las prestaciones públicas, por ejemplo, en la defensa de los Derechos Humanos en procesos judiciales, penales y constitucionales, para la persecución nacional de crímenes graves o de lesa humanidad, así como en procesos supranacionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este rol promotor de los Derechos Humanos se extiende más allá de la actividad judicial; implica la atención y auxilio a las víctimas, para mitigar los efectos de la violencia. De otro lado, como la paz no se consigue en los tribunales, el Estado necesita contar con el involucramiento de las diferentes organizaciones de la sociedad civil, desde las ONG, gremios sindicales y empresariales, universidades, medios de comunicación, etc. La promoción de una cultura de paz es transversal a cualquier sociedad organizada.
Diseño: Paulo Cañón
Citación académica sugerida: Espitia Murcia, Cindy: ¿Paz o derechos de las víctimas?: replanteando el falso dilema desde las experiencias de Colombia, El Salvador, Guatemala y Perú, 2020/09/21, https://agendaestadodederecho.com/paz-o-derechos-de-las-victimas-experiencia-colombia-el-salvador-guatemala-y-peru/
Abogada y Comunicadora Social y Periodista. Estudiante becaria de la Maestría en Derecho Internacional de la Universidad de La Sabana. Profesora de cátedra de los programas de Comunicación y Derecho y coordinadora de la Línea de Paz y Justicia Transicional de la Clínica Jurídica de la Universidad de La Sabana. Experiencia en litigio ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Consultora e investigadora en derechos humanos y justicia transicional.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.