18 de Marzo de 2026
Entrevista
¿Crisis del Estado de derecho en América Latina? Parte 2
Fuente - STF

¿Está en crisis el Estado de derecho en América Latina? Constitucionalistas de Brasil y Guatemala analizan los desafíos institucionales, la independencia judicial y los riesgos para la democracia.

Con motivo del lanzamiento del libro “¿Crisis del Estado de derecho en América Latina?”, volumen 12 de la serie Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales, Agenda reúne en este especial una serie de conversaciones regionales sobre los desafíos que hoy enfrenta el constitucionalismo latinoamericano. En diálogo con la publicación, este especial presenta cuatro entrevistas con autores del libro provenientes de Chile, Brasil, Bolivia y Guatemala.

En estas conversaciones, los autores reflexionan, desde sus contextos nacionales, sobre las formas en que se manifiesta la crisis del Estado de derecho en sus países, los principales riesgos para la democracia constitucional y el papel que pueden desempeñar los tribunales constitucionales y los sistemas de protección de derechos.

Contenido Brasil

Contenido Brasil

ACERCA DE LAS EXPERTAS (ENTREVISTADAS)
Mônia Hennig Leal – Brasil

Mônia Clarissa Hennig Leal (Brasil), doctora en Derecho y profesora de Derecho Constitucional en la Universidade de Santa Cruz do Sul (UNISC). Es investigadora en justicia constitucional y derechos fundamentales en América Latina, coordinadora académica de la publicación y miembro del Grupo de Estudios sobre Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.

Aylín Ordóñez Reyna – Guatemala

Aylín Ordóñez Reyna (Guatemala), abogada asesora de magistratura en la Corte de Constitucionalidad. Es licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, abogada y notaria por la Universidad Rafael Landívar y cuenta con una maestría en Derechos Humanos, así como estudios de posgrado en Derecho Constitucional y Derecho Comunitario en la Universidad de Salamanca y en la Universitat Autònoma de Barcelona. Es miembro del Grupo de Estudios sobre Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.

Entrevista Brasil

AED. En contextos de polarización extrema, ¿cómo puede un tribunal constitucional ejercer su función contramayoritaria sin ser percibido como actor político o “villano” de la democracia? ¿Existe un límite institucional a la judicialización de la política?

En contextos de polarización extrema y de erosión democrática, los tribunales constitucionales tienden a ser objeto de críticas y de ataques, independientemente de la forma como actúan; precisamente por su condición contramayoritaria y de guardianes de los derechos fundamentales y de la democracia, razón por la cual son percibidos como amenazas por determinados grupos. Porque los populismos se valen precisamente del argumento de la legitimidad de la mayoría y de la representación para justificar la implementación de su proyecto político.

De cualquier forma, es siempre relevante que los tribunales busquen reforzar la fundamentación de sus decisiones, además de implementar herramientas de participación (tales como las figuras del amicus curiae y de las audiencias públicas), a fin de reforzar la “republicanización” (noción de res publica) de la jurisdicción constitucional. En esta perspectiva, también es relevante una postura dialógica (lo que no significa “deferente”) en relación con los demás poderes, pues, existe un deber compartido entre ellos de garantizar la concreción de los derechos fundamentales, lo que presupone una cooperación institucional. Si estos elementos son observados, el tema de los límites a la judicialización pierde relevancia, porque no se plantea como la cuestión central.

AED. ¿Cree que la arquitectura algorítmica de las redes sociales es compatible con la lógica deliberativa de la democracia constitucional o estamos frente a una transformación estructural que exige repensar el modelo democrático mismo?

Como lo menciono en el texto, la arquitectura algorítmica, por medio del uso del profiling, de un amplio espectro de captación de datos (big data), alimentación de los bots, direccionamiento de los mensajes –con especial uso de fake news– a un público específico y la generación de las “burbujas digitales” (bubbles), refuerza la polarización, por medio del refuerzo de las convicciones políticas. Esto afecta directamente la tolerancia a los argumentos contrarios, el pluralismo y la diversidad que son pilares fundamentales de la democracia. Es necesario, por lo tanto, buscar herramientas –dentro de lo posible en términos técnicos y jurídicos– para regular estos mecanismos.

De otra parte, me parece que la democracia también necesita adecuarse a esta nueva realidad y desarrollar elementos institucionales que le permitan defenderse de forma más intensa y consistente en estos escenarios de inestabilidad. Pero en ningún momento la relativización de la democracia –por más problemática y compleja que se – se presenta como una opción.

AED. ¿Considera que las decisiones del Supremo Tribunal Federal en materia de combate a las fake news han fortalecido la democracia brasileña o, por el contrario, han contribuido a intensificar la percepción de que el Tribunal actúa como un actor político?

El problema de la polarización política intensa es que toda y cualquier acción del Tribunal es siempre percibida con connotación política. Pero me parece que la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal, en la que ha regulado el uso de la inteligencia artificial y especialmente el uso de fake news, especialmente en los contextos electorales, ha sido muy relevante y, dentro de los límites fácticos, operacionales y jurídicos que se presentan, ha traído buenos resultados. Así, aunque, en el contexto de polarización, determinados grupos vean tal actuación como motivo de críticas, la actuación del Tribunal ha contribuido a la estabilización de la democracia y la estabilidad de las instituciones y del proceso electoral.

Fuente: Pexels

AED. Desde la teoría del control de constitucionalidad, ¿considera que la intervención del Supremo Tribunal Federal en materia de desinformación digital encuentra un fundamento claro en la protección del orden constitucional y de los derechos fundamentales, o se trata de una expansión interpretativa de sus competencias que tensiona el principio de separación de poderes?

La protección de la democracia y de los derechos fundamentales hace parte de las competencias del control de constitucionalidad y es el espacio por excelencia de su naturaleza contramayoritaria. La desinformación digital tiene relación directa con la libertad de expresión, pero también con el derecho fundamental de acceso a la información y de protección de la democracia, de manera que se plantea, en este contexto, un conflicto entre derechos y entre principios constitucionales que tiene en la jurisdicción constitucional el espacio para su resolución.

El elemento de equilibrio siempre residirá en la observancia del debido proceso legal y de las reglas del Estado de derecho. Naturalmente, la persecución penal de representantes que ocupan altos cargos electivos suele tener repercusiones políticas. Sin embargo, si se observan las reglas procedimentales y las competencias fijadas por la propia Constitución (legitimidad de la proposición de la demanda, respeto de las competencias, conducción adecuada del proceso y recolección de pruebas, entre otras), es posible compatibilizar esta jurisdicción penal con la democracia. Es siempre relevante tener presente que, en un Estado constitucional de derecho, los fines jamás pueden justificar los medios y que, incluso cuando se utilizan los medios jurídicos disponibles como estrategia política para determinados fines, su uso está sujeto a límites y procedimientos, que no pueden ser vulnerados.

Fuente: CELAG
Entrevista Guatemala

AED. La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 nació tras décadas de rupturas del orden constitucional. ¿Qué características del proceso constituyente y del diseño institucional de esa Constitución buscaban fortalecer el Estado de derecho en el país?

Guatemala en ese momento se encontraba en los primeros años de una nueva etapa, a ocho años del inicio de la vigencia de la Constitución promulgada en 1985. La Constitución provino de una Asamblea Nacional Constituyente electa libremente, conformada por diputados de distintas corrientes ideológicas y distintos partidos políticos, adoptada con una serie de disposiciones dirigidas a la protección de la persona humana y el mantenimiento de la separación de poderes, incluyéndose en su texto, la creación de instituciones protectoras de su supremacía.

AED. En 1993, durante el intento de ruptura institucional conocido como el “Serranazo”, la Constitución enfrentó una prueba decisiva. ¿Qué reveló ese episodio sobre la fortaleza y los límites del Estado de derecho en Guatemala?

En ese contexto, cuando el entonces Presidente de la República pretendió dejar en suspenso más de 40 artículos de la Constitución, disolver el Congreso de la República y dejar sin efecto la integración de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad, se produjo una reacción, en defensa de su vigencia y el respeto de las instituciones conformadas según su contenido.

Fuente: Nomada, Portada del Diario de Centroamérica el 26 de mayo de 1993

Como resultado, se emitió la famosa sentencia de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala de 25 de mayo de 1993. En ella se declararon inconstitucionales las normas dictadas por el Presidente que pretendían suspender su normativa. Se produjo un profundo respaldo de la población que reclamaba el respeto de la normativa constitucional. Su texto mantuvo vigencia en aplicación del artículo 21 transitorio el cual establece que “…no pierde su validez y vigencia pese a cualquier interrupción temporal derivada de situaciones de fuerza…”.

Lo anterior evidencia, que el texto constitucional reconoce instituciones y garantías que posibilitan su protección efectiva y que toda autoridad debe someter su actuación a sus mandatos, ya que el actuar de todo funcionario puede ser sometida a los procedimientos establecidos en su texto. Denotó la fortaleza del texto constitucional y la importancia de la efectividad de las instituciones de control como lo es, en el caso de Guatemala, la Corte de Constitucionalidad.

AED. Las elecciones generales de 2023 estuvieron acompañadas de controversias institucionales y decisiones judiciales relevantes, ¿podría desarrollar algunos de los desafíos presentados?

Las elecciones generales, para Presidente y Vicepresidente, Diputados y autoridades municipales, realizadas en Guatemala en el año 2023 presentaron distintos momentos de tensión. Así, en la primera etapa del proceso electoral en la cual se produjo la inscripción de candidaturas y rechazos de otras, se cuestionó la falta de claridad en lo referente a los criterios de admisión de las candidaturas. De esa cuenta, resulta relevante la importancia del rol de las autoridades electorales en la definición y precisión de esos criterios para su aplicación general a los candidatos.

Posteriormente, una vez realizados los comicios y dado a conocer el resultado, se produjo una etapa de promoción de acciones judiciales incluso penales, contra candidatos ganadores, e incluso por orden de un juez penal se suspendía la personalidad jurídica del partido político que postuló al candidato ganador a la Presidencia y con ello, incertidumbre de las consecuencias que ello generaba. Las impugnaciones de los resultados electorales trascendieron el uso de procedimientos electorales. El uso de procesos penales dirigidos a candidatos ganadores no contribuye a garantizar la participación plural porque esa persecución disuade a futuros candidatos ante el riesgo del acaecimiento de situaciones similares.

AED. ¿Qué implicaciones tuvieron estos acontecimientos para el Estado de derecho en Guatemala?

Dentro de las implicaciones que esto produjo puede resaltarse la participación de la población en defensa de los resultados electorales, toda vez que se realizaron manifestaciones en todo el país y de diferentes sectores, pudiéndose resaltar la participación de la población indígena. La participación de los ciudadanos que conformaron juntas receptoras de votos, juntas electorales municipales y departamentales fue fundamental en la validación de los resultados de las mesas, centros, municipios y departamentos de la República.

También se contó con un elevado número de observadores electorales nacionales e internacionales. Finalmente, derivado de acciones de amparo promovidas por ciudadanos ante la amenaza de que no se realizara la oportuna toma de posesión de las autoridades electas, la Corte de Constitucionalidad dictó resoluciones provisional y definitiva, en la que ordenó a todos los funcionarios contra quienes se reclamó garantizar la toma de posesión de los funcionarios electos en el proceso 2023.

AED. Más allá de la dimensión institucional, ¿cómo se refleja el Estado de derecho en la garantía efectiva de los derechos humanos y en las condiciones de desarrollo humano en Guatemala?

La garantía efectiva de los derechos humanos y las condiciones de desarrollo humano en Guatemala representan un desafío para la consolidación del Estado de derecho. Según el Índice de Desarrollo Humano (IDH) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), puede apreciarse que la ubicación de Guatemala entre los Estados evaluados ha disminuido: en 1994 ocupaba el lugar 108; en 2004 y 2014, el lugar 127; y en 2022, el lugar 136 de 193 Estados medidos. Esto evidencia un deterioro en las condiciones de vida digna, saludable y en la esperanza de vida al nacer, así como renta en la per cápita, entre otros aspectos.

Ahora bien, en 2024 y 2025 se han advertido algunos avances. Así, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reconocido el compromiso del Presidente y de la Vicepresidenta de combatir la impunidad y la corrupción, aumentar la rendición de cuentas y promover una agenda de derechos humanos.

De acuerdo con el Índice de Estado de Derecho de 2025 del World Justice Project, que evalúa a 143 Estados, Guatemala se ubica en el puesto 72 en lo referente al respeto de derechos fundamentales, entre ellos la libertad de expresión, de manifestación y de asociación, indispensables para que la ciudadanía pueda supervisar y participar en la toma de decisiones públicas.

Fuente: Rule of Law Index 2025 (World Justice Project)

Finalmente, podría concluirse que el fortalecimiento del Estado de derecho también implicará una mayor eficacia de las instituciones públicas encargadas de respetar, garantizar y proteger los derechos humanos.

AED. A inicios de 2026 se declaró un estado de sitio conforme a la Constitución y a la Ley de Orden Público. Desde una perspectiva constitucional, ¿qué implicaciones tiene este mecanismo excepcional para el equilibrio entre seguridad, separación de poderes y garantía de derechos fundamentales en Guatemala?

Fuente: Prensa Libre

La vigencia de un estado de sitio, permitido según lo previsto en la Constitución y en la Ley de Orden Público, provoca la suspensión de distintos derechos, según el alcance de la norma, el territorio en el que se establezca y el lapso previsto, lo que determinará que la restricción sea mayor o menor. La limitación de los derechos fundamentales mediante la aplicación de la Ley de Orden Público, debe ser “excepcional”, por el menor tiempo posible y restringiendo el menor número de derechos, siempre que sea estrictamente necesario para el restablecimiento de la seguridad y vigencia de derechos humanos de los habitantes del Estado.

En este caso, la medida se adoptó derivado de una serie de ataques y actos de violencia producidos en las cárceles, así como contra agentes policiales. El Presidente de la República realizó la declaratoria del estado de sitio, la cual fue posteriormente ratificada por el Congreso de la República. Una vez finalizado se han presentado avances de la estabilización de la situación de seguridad, manteniéndose un estado de prevención en dos ocasiones, cada una de ellas por un plazo de 15 días. Puede señalarse, además, que durante los últimos dos años no ha sido frecuente la vigencia de estados de excepción.

Citación académica sugerida: ¿Crisis del Estado de derecho en América Latina? Parte 2. Agenda Estado de Derecho. 2026/03/18. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/crisis-del-estado-parte-2/

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.