11 de Septiembre de 2023

Discursos negacionistas y derechos humanos en Latinoamérica: ¿nunca más?

Discursos negacionistas y derechos humanos en Latinoamérica: ¿nunca más?
Foto. Sputnik Mundo.

El Equipo Editorial de Agenda Estado de Derecho conversó con destacadas expertas para analizar sobre qué se debe entender por discursos negacionistas, cómo debemos enfrentarlos y la manera en que estos afectan los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho.

Para el portal Agenda Estado de Derecho es esencial reflexionar y servir de tribuna de voces expertas para que tanto critica, como propositivamente reflexionen sobre las últimas tendencias que afectan a los derechos humanos en la región, concretamente el negacionismo de violaciones de derechos humanos.

En América Latina y el Caribe, las graves violaciones a los derechos humanos y los ataques a la institucionalidad democrática y a los postulados al Estado Social y Democrático de Derecho, a través de la instauración de sistemas dictatoriales y autoritarios de las décadas recientes, han afectado a diversos países del continente, con un impacto diferenciado en aquellos grupos que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad. En este contexto, es necesario reflexionar sobre estos asuntos y cómo han sido abordados en la actualidad, con miras a una mayor protección, garantía y efectividad de los derechos humanos de cada uno de los habitantes de la región.

Voces expertas

Para comprender los discursos negacionistas que actualmente afronta la región, entrevistamos a tres especialistas. Aquí sus perfiles en orden alfabético:

¿Qué es el “negacionismo de violaciones de derechos humanos”?

Antonia Urrejola

El concepto de negacionismo surgió y está ligado a la Segunda Guerra Mundial, tras el Holocausto, en donde los propios perpetradores empezaron a negar, incluso, la existencia de los campos de concentración. Este concepto nació concretamente con un historiador francés, Paul Rassinier, que estableció que no existió un plan de extinción sistemática hacia el pueblo judío. A partir de eso se empezó a hablar de negacionismo. Hay un libro de Donatella Di Cesare, filósofa italiana, llamado Si Auschwitz no es nada: contra el negacionismo, donde analiza el concepto de negacionismo a partir de lo que ocurrió en el Holocausto.

Sin embargo, ella también reflexiona sobre las raíces del negacionismo y cómo este concepto ha ido evolucionando a lo largo de la historia. En este contexto, Di Cesare indica que lo que pretenden los negacionistas no es solo negar la existencia de una historia oficial, sino que también cambiar lo que es la propia memoria democrática. En tal sentido, el negacionismo tiene efectos en la democracia a través de actos que buscan desacreditar la existencia de graves crímenes cometidos y, además, hacer una historia paralela o alternativa. Teniendo en cuenta esta perspectiva, y más allá del Holocausto, en la literatura se señala que el negacionismo comprende manifestaciones que niegan, banalizan o justifican el genocidio u otros crímenes graves, constituyendo, sin lugar a duda, un tipo de discurso de odio.

Lieta Vivaldi

El negacionismo incluye una serie de acciones que implican la negación total o parcial, la justificación, la relativización, la banalización o la minimización de las graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura cívico militar en Chile, incluyendo además el ensalzar a quienes cometieron dichas violaciones. La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Comisión Rettig); la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación; Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (Comisión Valech); y la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, a través de sus informes constataron que en Chile existieron crímenes de lesa humanidad que incluyeron desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y prisión política y tortura, por lo que en Chile vemos expresado el negacionismo en la relativización de estos hechos, su negación o justificación. Estos hechos no constituyen exclusivamente violaciones individuales a la vida o integridad física, sino a la propia humanidad de las personas que los sufrieron. Pero, además, trasciende lo individual hacia lo colectivo.

Yanira Zúñiga

Me parece que hay una zona de consenso respecto de que el negacionismo involucra dichos o discursos que niegan ciertos hechos, habitualmente definidos en algunas legislaciones de manera más o menos acotada, que se refieren a violaciones sistemáticas de derechos humanos (por ejemplo, el genocidio judío o el genocidio armenio). En este contexto, la negación puede ser una conducta más precisa, en el sentido de cuestionar o simplemente desmentir la existencia histórica de esos hechos. Sin embargo, con el transcurso del tiempo y dado que los discursos han ido cambiando, se han introducido algunas discusiones sobre hipótesis que no son derechamente negaciones en el sentido de revisionismo, sino que relativizaciones o formas que intentan valorizar desde otros ángulos esos hechos, sin derechamente negarlos.

Foto de Karsten Winegeart en Unsplash.

El origen del concepto de negacionismo se remonta a los crímenes realizados por el régimen de la Alemania nazi contra los judíos de Europa durante el transcurso de la Segunda Guerra Mundial.

¿Cómo afecta el negacionismo a la democracia, el Estado de Derecho y la protección de los derechos humanos?

Antonia Urrejola

De muchas formas. Retomando lo que dice Di Cesare en su libro, ella indica que el negacionismo es una forma de propaganda política que, en sí misma, concierne lo que es el espacio público y democrático. En tal sentido, tiene efectos directos en el debate público y en la democracia, a través del rechazo de una verdad que ha sido considerada oficial y sobre la cual se ha trabajado, por parte de distintos agentes del Estado, de las víctimas y de sus familiares. En consecuencia, lo que se pretende es cambiar el rol de las víctimas y victimarios, convirtiendo a las víctimas en verdugos. Esto, sin lugar a duda, tiene un efecto en la democracia y en el Estado de Derecho.

Además, los negacionistas, según Di Cesare, operan como dos hermanos del pensamiento porque no preguntan inocentemente por una cifra o por alguna interrogante sobre qué es lo que pasó o qué es lo que existió. Así, no existe un real interés sobre entender los hechos del pasado. Lo que pretenden es instalar la duda, precisamente para negar la historia oficial y cambiar esa narrativa, destruyendo la memoria, el debate de la comunidad democrática y la institucionalidad nacional.

Lamentablemente, el negacionismo lo vemos actualmente no solo respecto a las violaciones sistemáticas a los derechos humanos que ocurrieron en diversos países de la región, sino que también se puede proyectar en otras aristas, como por ejemplo en quienes niegan el cambio climático y la ciencia, tal como ocurrió en el marco de la pandemia de la COVID-19, a propósito de los discursos de Trump y Bolsonaro.

En definitiva, el negacionismo afecta la calidad del debate público y, asimismo, permite la construcción de liderazgos populistas que reniegan la historia, dando respuestas fáciles a fenómenos complejos y, obviamente, esto genera consecuencias en el futuro de los países.

Lieta Vivaldi

El negacionismo atenta contra los principios básicos de convivencia y democracia, ya que no reconoce lo experimentado por las víctimas y los familiares, además de negar la historia. Una de las bases del Estado de Derecho, en particular desde la segunda mitad del siglo XX, luego de los crímenes contra la humanidad que ocurrieron en la Segunda Guerra Mundial, fueron los derechos humanos como marco ético y mínimos civilizatorios que deben ser respetados, justamente para evitar la repetición de crímenes contra la humanidad. Los dichos o actos negacionistas niegan este acuerdo, con lo cual no sólo se están afectando los derechos de las personas que lo vivieron, sino las bases mismas de la democracia, al señalar que todo puede ser justificable y que no hay límites.

Además de atentar contra las bases de la convivencia, el Estado tiene la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales ratificados y que se encuentran vigentes en Chile, y de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. En virtud de ellas, las violaciones a los derechos humanos generan obligaciones particulares, tales como el deber de investigar en forma seria, imparcial y de oficio, sancionar adecuadamente a quienes resulten responsables, reparar en forma integral a las víctimas y establecer garantías de no repetición que apuntan a la prevención de estas violaciones en el futuro. Al no cumplir estas obligaciones particulares, se está permitiendo que los actos que dieron lugar a las violaciones a los derechos humanos sean repetidos. Los hechos que constituyen negacionismo vulneran estos deberes, creando un clima de impunidad en la sociedad.

Asimismo, se ha reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos la existencia del derecho a la verdad, que se refiere al derecho no sólo individual de los familiares o las víctimas de violaciones a los derechos humanos a saber qué ocurrió, las condiciones en las que ocurrieron los hechos y quiénes fueron los responsables, sino a un derecho colectivo que posee la sociedad en su conjunto. Los actos o dichos negacionistas atentan directamente contra este.

Yanira Zúñiga

Lo afecta en varios sentidos, ya que la protección de ciertos derechos humanos con carácter nuclear y la prohibición de violación sobre todas las modalidades de violaciones sistemáticas de derechos humanos, que constituyen los hechos que son concernidos por las prohibiciones de negacionismo, son una especie de coto vedado en el modelo de Estado de Derecho y, desde el punto de vista democrático, constituyen también un consenso social. Tal consenso implica que toda democracia, para mantenerse, debe proteger sus propios supuestos, entre los que se encuentran, por ejemplo, una protección robusta de la libertad de expresión.

Sin embargo, hay ciertos discursos que son contrarios, incluso, a las bases democráticas, como es el caso de los discursos de odio y aquellos que llaman a utilizar fórmulas violentas para destruir la misma base democrática o justificar tales hechos. Este es un claro supuesto en el que la misma democracia genera mecanismos para proteger sus bases. Yo diría que esto está dentro del consenso mínimo o sustantivo porque, en términos de libertad de expresión, la democracia para ser tal requiere tener una tolerancia muy fuerte con distintos tipos de discursos, incluso aquellos que podrían ser dañinos. En este sentido, las prohibiciones de negacionismo tienden a tensionar esa tendencia propia de los sistemas democráticos, relativo al compromiso por el pluralismo, mediante la imposición de límites que se encuentran justificados ante la búsqueda de protección del mismo cimiento del Estado de Derecho.

Ahora bien, ¿cómo afecta esto a los derechos humanos? El negacionismo afecta núcleos básicos de los derechos humanos, ya que normalmente estamos hablando de hechos que tienen las características de crímenes de derecho internacional, es decir, están en el área de violación más intensa por la escala que adoptan esas violaciones y por la forma en que comprometen derechos (por ejemplo, a través de la relativización de la tortura u otros actos prohibitivos). Asimismo, el negacionismo tiene componentes vinculados al ataque a ciertos grupos, por lo que subyacen elementos discriminatorios hacia ciertos colectivos.

Foto. Radio Universidad de Chile.

El Museo de la Memoria y los Derechos Humanos de Chile representa un claro de ejemplo de conservación de la memoria colectiva y de conmemoración a las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar de Augusto Pinochet (1973-1990).

¿El negacionismo tiene un impacto real o solo se trata de casos aislados con impacto mediático?

Antonia Urrejola

Considero que es relativo. Cuando hay hechos aislados de negacionismo no me parece que exista un impacto real, pero yo creo que siempre hay que estar atentos, incluso ante hechos de estas características. Lamentablemente, vemos como en los últimos años el negacionismo ha ido en alza en distintos países de la región y del mundo. Tenemos el negacionismo del Holocausto, en países del Cono Sur, en el marco de los conflictos armados en El Salvador y Guatemala, entre otros. En este sentido, en términos generales el negacionismo sí tiene un impacto real y, sobre todo, en el caso de las víctimas. Basta recordar al Ministro de Cultura de Chile, Mauricio Rojas, que duró cuatro días en su cargo al señalar que el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos era un montaje.

También en los últimos años hemos visto, tanto en Chile como en otros países de la región, ataques y destrucción a sitios de memoria, que representan una forma de recordar las graves violaciones a los derechos humanos. Lamentablemente esto también lleva a reivindicar a quienes violaron los derechos humanos y a los regímenes autoritarios, convirtiendo en “estadistas” a quienes lideraron estos oscuros hechos en el pasado. Sin ir más lejos, el recientemente elegido consejero constitucional Luis Silva, calificó a Pinochet como un estadista. ¿Cómo podemos decir que una persona que cometió violaciones sistemáticas a los derechos humanos es un estadista? Esto lo que genera es una negación a la existencia de violaciones a los derechos humanos y justificar aquellas. Otro ejemplo lo vimos en Brasil con Bolsonaro. Yo recuerdo, al ser relatora por dicho país, cómo éste señaló que sabía cómo murió un desaparecido durante la dictadura brasilera. Vuelvo a reiterar, estos actos generan el surgimiento de una verdad paralela que niega la verdad histórica, generando que toda esta información quede en la mente de personas que no conocen la historia y que no tienen interés en indagar en ella. Entonces, pese a que estemos ante casos aislados, debemos estar atentos porque tales hechos son luces que funcionan como alertas tempranas, y que nos ayudarán a reaccionar de manera preventiva ante este tipo de actos negacionistas.

Foto. Nueva Sociedad.

En el contexto chileno, la mayoría de discursos negacionistas están vinculados al régimen dictatorial militar establecido por Augusto Pinochet entre 1973 y 1990.

Lieta Vivaldi

Los actos o discursos negacionistas tienen un impacto real pues, generalmente son figuras públicas y reconocidas, que con sus dichos validan ciertos discursos. Esto se ha visto no sólo en Chile, sino cuando existen ciertos discursos que atentan contra estos mínimos civilizatorios, las personas comienzan a pensar que esos discursos son aceptables en la sociedad, con la consecuencia que se diluye el consenso social que establece que las violaciones a los derechos humanos no pueden ser permitidas en sociedades democráticas y, sobre todo, se crea el clima propicio para su repetición. Además, los discursos negacionistas generan un sentimiento de impunidad, contribuyendo a que se normalice un relato que atenta contra los derechos de las víctimas, y que contraviene las garantías de no repetición.

Yanira Zúñiga

Esto depende de cada sociedad. Hay una tendencia, bastante clara en el último tiempo, vinculada a la emergencia de fenómenos que erosionan la democracia y lo hacen dentro de las propias bases democráticas, es decir, no suponen ataques a esta por vía de autoritarismos u otras formas análogas, sino que ataques sustantivos provenientes de ciertas propuestas u ofertas políticas que se sirven del pluralismo político, utilizándolo en contra de estos cimientos relativos a los derechos humanos. Dentro de esta lógica que puede incluir fenómenos de distinto tipo (autoritarismos, populismos, antifeminismo, etc.), se destaca la existencia de aquellos que se relacionan al negacionismo, los que pueden ser más o menos fuertes, según su frecuencia, influencia, virulencia y la forma en que se proyectan. Debido a esto, el impacto se debe medir caso a caso, no siendo posible adoptar una posición que estime su impacto de entrada. También es verdad que muchos de estos discursos se mantienen, por mucho tiempo, relativamente subterráneos y emergen en ciertos momentos, tal como ha ocurrido en el caso de Chile. Por ejemplo, me parece que hace una década existía un consenso mucho más fuerte sobre la valoración histórica del golpe de Estado, lo que se ha ido fragilizando con el tiempo, desde distintas perspectivas.

Recientemente, en el Parlamento de Chile presentaron un proyecto de ley que tipifica y sanciona como delito el negacionismo de violaciones a los derechos humanos, ¿qué opina respecto de este tipo de iniciativas? ¿Es el derecho penal la vía apropiada para estas medidas?

Antonia Urrejola

Es bien complejo este debate. El proyecto tiene como base lo que ha pasado en Europa, a propósito del negacionismo del Holocausto y en algunas normas que existen en Alemania, Francia, Bélgica, entre otros. Creo que esta discusión tiene dos temas que están en juego. Por un lado, la libertad de expresión y los estándares que existen respecto a esta y, por otro lado, estos discursos de odio y su afectación a la calidad de la democracia. En países como Chile donde existe, al igual que en Alemania, una verdad histórica con documentos oficiales (por ejemplo, la Comisión Rettig o la Comisión Valech), los discursos negacionistas afectan la dignidad de las víctimas y sus familias. Surge así la pregunta de si estos discursos que niegan esta verdad histórica están o no protegidos por la libertad de expresión.

Los estándares internacionales, tanto de Naciones Unidas como del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, son bastante claros respecto de los límites que tiene la libertad de expresión. Desde esta perspectiva, me parece que, si se va a regular el negacionismo por la vía del derecho penal, tiene que hacerse con una tipificación muy clara de la conducta que se está criminalizando. Si es un tipo penal en blanco o es una norma que admite demasiadas interpretaciones, me parece que sí se estaría dañando la libertad de expresión. Por lo tanto, el equilibrio que debe darse es bastante complejo. En tal sentido, creo que debemos medir el impacto real que puede tener este tipo de medidas, para evitar prácticas que terminen victimizando a quienes hacen uso de discursos negacionistas. Sin perjuicio de lo anterior, me parece que la tipificación de los discursos negacionistas, por sí sola, no basta. En tal sentido, es fundamental tomar otras medidas como es el tema de la educación en derechos humanos, la inclusión de estos temas en los programas escolares, el debate en los medios de comunicación, entre otros.

Lieta Vivaldi

El Derecho penal está concebido siempre como última ratio, y a nivel comparado encontramos varias experiencias en que se penaliza el negacionismo, como en Alemania o España, por ejemplo. A 50 años del golpe de Estado en Chile, se torna necesario enviar un mensaje a la sociedad que establezca con claridad que hechos como los que ocurrieron durante la dictadura no pueden volver a ocurrir. Aquí cabe señalar, además, que la libertad de expresión, tal como se la ha reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, puede tener restricciones en tanto se cumplan los requisitos de legalidad, necesidad, proporcionalidad y sean necesarios en una sociedad democrática, y no exista censura previa. En ese sentido, el proyecto presentado es claro en sancionar a quienes nieguen, aprueben o justifiquen los hechos ocurridos y reconocidos en las Comisiones estatales de verdad que se han realizado desde el retorno a la democracia, y que tengan como consecuencia la afectación de derechos o alteración del orden público, lo que está ajustado a los estándares internacionales en la materia.

Ahora bien, de todas maneras, el establecer leyes que sancionen el negacionismo no soluciona el problema de fondo, que es que existen personas que efectivamente niegan o justifican las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Para ello, es necesario avanzar más allá en garantías de no repetición, robustecer la memoria histórica, los discursos públicos, los sitios de memoria y la educación en derechos humanos en todos los niveles, incorporando la historia de la dictadura y la violación a los derechos humanos, además de fortalecer la matriz cultural de los derechos humanos en la sociedad.

Yanira Zúñiga

En este punto hay discusión, ya que una cosa es sostener que el discurso negacionista pueda ser lesivo para la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos; y otra, es llegar a la conclusión de que necesariamente la forma adecuada de prevenir estos discursos, o incluso de emitir mensajes sobre su gravedad, sea la herramienta penal. Yo diría que se puede justificar la intervención penal desde el punto de vista de la gravedad de la conducta.

Creo que hay problemas en la idoneidad de la norma penal para prevenir actos negacionistas, ya que considero que hay desafíos vinculados a la aplicabilidad de esta. Por ejemplo, aquello relativo a la dificultad para establecer una tipificación clara sobre lo que se entiende por negacionismo, pudiendo haber problemas en términos de la satisfacción del principio de ley cierta. Por otro lado, me parece que, en términos de la construcción de una verdad, es discutible que la herramienta penal sirva completamente a esos efectos. Creo que hay herramientas alternativas más adecuadas que tienen que ver con el establecimiento de una educación y de una formación de la memoria, las que pueden contribuir de mejor manera que una norma penal para lograr los mismos objetivos preventivos.

Foto. El Desconcierto.

A fines de mayo de 2023, diputadas y diputados de Chile presentaron un proyecto de ley que tipifica y sanciona el negacionismo de violaciones a los derechos humanos, incluso con penas de prisión de hasta 61 días.

Este 11 de septiembre se cumplen 50 años del Golpe de Estado en Chile. Ante situaciones que afectan actualmente al país suramericano (actos negacionistas, discursos de odio en contra de víctimas de la dictadura, etc.) y que erosionan las graves violaciones de derechos humanos que ocurrieron durante esa época. ¿Qué rol le corresponde al Estado, la academia y la sociedad civil para fortalecer la memoria democrática?

Antonia Urrejola

Creo sumamente relevante un trabajo que hicimos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cuando fui Relatora de Memoria, Verdad y Justicia. En ese entonces, trabajamos alrededor de dos años en la Resolución 3/2019 denominada Principios sobre políticas públicas de memoria en las Américas. Creo que ahí están las herramientas de lo que Chile tiene que hacer en el marco de los 50 años del Golpe de Estado. Estos principios establecen que las políticas públicas de memoria, ante todo, están inscritas en las obligaciones estatales de provisión de la verdad, esto es, el derecho a la verdad individual y colectiva; y en el deber de justicia, reparación y garantías de no repetición. Este trabajo lo hicimos desde la Relatoría, precisamente porque vimos que estos discursos negacionistas estaban en alza. Estas directrices que nosotros elaboramos no son solo para los Estados, ya que constituyen una herramienta valiosa para la academia y las organizaciones de la sociedad civil, actores que deben utilizar estos principios desde un punto de vista integral, de género e interdisciplinario.

Lieta Vivaldi

Es deber de toda la sociedad fortalecer la memoria democrática y fortalecer una matriz cultural de respeto a los derechos humanos, en donde los discursos negacionistas no tengan cabida. El Estado, en virtud del cumplimiento de sus obligaciones internacionales, tiene el rol primordial de fortalecer la memoria democrática, establecer garantías de no repetición y garantizar el derecho a la verdad y justicia a través de la educación, la recuperación de sitios de memoria y la transversalización del enfoque de derechos humanos en las políticas públicas y en el propio Estado.

No obstante, si bien el Estado es el principal responsable, esto no quiere decir que la academia o la sociedad civil no cumplan un rol fundamental. Es más, sin la presión de la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos y de familiares, difícilmente se habría avanzado en verdad, justicia y reparación. La sociedad civil debe participar de esta construcción de memoria colectiva, pues es en conjunto que el Nunca Más puede ser concretado.

La academia y universidades aún están muy al debe en cuanto a la incorporación de los derechos humanos en las mallas curriculares, por ejemplo (basta ver que el ramo de Derecho Internacional de los Derechos Humanos no es obligatorio en la mayoría de las Facultades de Derecho de Chile). Asimismo, es fundamental que quienes estudian pedagogía, por ejemplo, adquieran las herramientas adecuadas para poder luego entregar esa formación en su trabajo posterior.

Foto. El Mostrador.

El 11 de septiembre de 2023 se cumplen 50 años desde que en Chile se instauró una dictadura militar, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990. Según información oficial, durante este período se registraron alrededor de 29.000 víctimas de prisión política y tortura y más de 1.200 detenidos desaparecidos.

Yanira Zúñiga

El rol del Estado es fundamental, debido a los medios con los que cuenta este, así como la mayor amplitud de sus actuaciones y la capacidad de acceder a la población. En tal sentido, es importante que se produzcan políticas educativas u otras formas de consolidación y construcción de la memoria, que se sirvan de la capacidad que tiene el Estado de dotar de los medios suficientes para que estas se realicen y se sostengan en el tiempo.

Por otro lado, creo que la sociedad también tiene una función esencial, ya que esta constituye un tejido que es mucho más vivo y que se nutre de organizaciones que movilizan ideas políticas y que pueden comprometerse con la construcción de la verdad. De hecho, ha habido históricamente organizaciones de ese tipo en el caso chileno. Si bien puede que en el último tiempo, debido a la emergencia de otro tipo de discusiones políticas, tales organizaciones hayan perdido protagonismo, al menos en el discurso mediático, dichas organizaciones se han sostenido con sus esfuerzos, no solo en el proceso de recuperación de la democracia en Chile, sino también en el proceso de transición. Por ejemplo, las organizaciones con base feminista tuvieron un protagonismo en este contexto, las cuales también tienen un rol esencial en el proceso de construcción de memoria.

Respecto a la academia, el rol es principal porque, más allá de la discusión de la libertad de cátedra, yo creo que las universidades que forman parte del sistema de educación superior tienen una responsabilidad social. Estas entidades no pueden ser concebidas como instituciones al margen de los valores fundacionales de las sociedades democráticas y del Estado de Derecho. Su rol supone que hay cuestiones que no son objeto de cada una de las instituciones, sino que son supuestos de funcionamiento, como la contribución a la formación en aspectos que son fundamentales para la mantención de la ciudadanía, los derechos humanos y el Estado de Derecho.

Citación académica sugerida: Agenda Estado de Derecho. Nunca Más: Discursos negacionistas y derechos humanos. Agenda Estado de Derecho. 2023/09/11. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/discursos-negacionistas-y-derechos-humanos-en-latinoamerica-nunca-mas/

Palabras clave: Derechos humanos, Negacionismo, Discursos negacionistas, Golpe de Estado en Chile, Justicia transicional.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.